Un tribunal tiene en cuenta la cultura etniana para absolver a un hombre de abuso sensual a una niña de 12 años

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https://www.lavanguardia.com/sucesos/20240529/9685204/tribunal-cuenta-cultura-etniana-absolver-hombre-abuso-sensual-nina-12-anos.html Un tribunal tiene en cuenta la cultura etniana para absolver a un hombre de abuso sensual a una niña de 12 años “Relaciones consentidas” La Fiscalía solicitaba 11 años y seis meses de prisión por el abuso continuada a la joven, embarazada de gemelos La Audiencia Provincial de Ciudad Real ha absuelto a un hombre de abuso sensual continuado contra una niña de 12 años a la que dejó embarazada de gemelos porque estima que fueron relaciones consentidas y que no había una diferencia significativa de edad, además de considerar que en la comunidad etniana es una conducta normal. En 2022, un hombre de 20 años inició con una niña de 12 años “una relación similar a la matrimonial con la aquiescencia de las familias de ambos”, según se recoge la sentencia en los hechos probados. La menor se quedó embarazada de gemelos y, al acudir al médico, se activaron los protocolos y el hombre, que desconocía la edad exacta de la menor, fue detenido. Considera que en esa comunidad tener relaciones a edades muy tempranas es una conducta normal La Fiscalía solicitaba 11 años y seis meses de prisión por un delito continuado de abuso sensual con penetración contra una menor de 16 años, pero el tribunal decidió absolverlo aplicando el artículo del Código Penal que indica que un consentimiento por debajo de los 16 puede excluir la responsabilidad penal cuando el autor sea una persona próxima en edad a la persona menor y en grado de desarrollo o madurez física y psicológica. La Audiencia Provincial indica en la sentencia, de febrero de 2024, que “no existe controversia” acerca de que esa “relación se enmarca en el ámbito cultural y social de la comunidad etniana, donde resultan frecuentes los matrimonios de personas muy jóvenes”. Consentimiento libre de la joven por la proximidad de edad con el hombre y de desarrollo o madurez El argumento en el que cimenta la absolución es que las relaciones fueron “siempre consentidas en el marco de una relación sentimental” y defiende que la menor pudiera dar consentimiento libre teniendo menos de 16 años -edad legal para poder prestarlo- con una doble explicación: la proximidad de edad con el hombre y de desarrollo o madurez. Explica el tribunal que el acusado creía que ella era mayor y descubrió que tenía 12 años cuando acudieron al médico por el embarazo, un error que estima “creíble” porque la menor “puede...

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Justicia con perspectiva de género y de etnia, claro que sí... Estamos volviendo a la Edad Media, en la que a cada etnia o cultura se le aplicaba...

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