Un policía nacional, sancionado por trabajar también como actor prono

jalp9000

Madmaxista
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El asegura que no cobró por las actuaciones que hacía ni por los vídeos que grabó, sino que solo iba como «acompañante» de su expareja, de nombre Lucía, que sí cobraba 300 euros por escena.

Un policía no puede ser actor prono
Detrás de este castigo, hay dos motivos sobre los cuales se sustenta la argumentación del magistrado.

Por un lado, se encuentra la Ley de Incompatibilidades. El agente-actor argumenta que «entre falta grave y muy grave, y sus consecuencias sancionadoras, se circunscribe a que la actividad desarrollada por el interesado pudiera ser declarada compatible o no pudiera nunca ser declarada como compatible, por estar inmersa en alguno de los supuestos previstos en la Ley de Incompatibilidades, que se ciñe a los trabajos relacionados con el sector público, la Administración o sus organismos o en su defecto que haya suplantación de horarios que afecte a la función policial o a la percepción de salario». Según el acusado, «de haberla solicitado en su momento, hubiera sido concedida la compatibilidad sin ningún género de dudas».

Esto no es lo que opina el magistrado que ha confirmado la condena. «De haber solicitado el actor autorización de actividad como actor pronográfico, le habría sido desestimada. Sin necesidad de examinar el Código Ético de la Policía Nacional, a que se refiere el expediente, la normativa de incompatibilidades excluye la posibilidad de autorizar actividad privada que pueda suponer un menoscabo para el estricto cumplimiento de los deberes del funcionario, o suponer un deterioro para la imagen y prestigio de la Policía Nacional».

https://www.abc.es/espana/policia-n...=abc-es&vso=tw&vli=cm-general&_tcode=bjE1bTcy
 
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Bueno, el asunto merece un análisis más profundo:

El policía debió de haberlo llevado por el derecho constitucional a la creación artística. Eso está expresamente exceptuado de la ley de incompatibilidades.

Ahora bien, si el actor firmaba contratos profesionalmente con encargos, entonces no tiene mucha defensa.

Un funcionario tiene derecho a crear artísticamente dado que es un derecho constitucional. Así, puede escribir un libro, venderlo y cobrar derechos, o componer canciones o tocar la guitarra. Cosa distinta es si empieza a trabajar de forma salariada para una editorial.

El abogado debió de haber llevado el caso por la cuestión del derecho a la producción artística (es un derecho fundamental)
 
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