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La Alcaldía ordena que se habilite para esta persona un aseo a modo de vestuario para que no comparta instalaciones con otras compañeras femeninas
Ana Lucas
Murcia | 11·08·23 | 18:37
Manifestación en Madrid a favor de la Ley tras*. EFE
Un agente de 56 años de edad, miembro desde hace décadas de la Policía Local de Beniel, en Murcia, ha modificado su sesso registral de hombre a mujer, gracias a la Ley tras*. Se trata del primer caso en la Región de un policía en activo que cambia de género legalmente tras la aprobación de la norma, que entró en vigor en marzo de este año, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La ley permite cambiar el sesso en el Registro Civil sin ningún requisito, más que el deseo expreso de la persona solicitante. No es imprescindible ni hormonación ni cirugía de reasignación de sesso ni cambio de nombre: este integrante del Cuerpo no habría hecho nada de eso, solamente inscribirse como mujer.
El jefe de la Policía Local ha enviado una carta a todos los integrantes de la plantilla para pedir que traten a su compañera con total respeto y educación. «Solicito a cada uno de los miembros de esta Policía que tratemos con normalidad esta nueva situación, con nuestro saber estar y respeto a la nueva condición» de la persona, «que no cambia de nombre, sigue llamándose Manolo (nombre ficticio para preservar la identidad de la persona aludida)».
Y es que esta persona no ha modificado su nombre en el DNI, únicamente su género. Tampoco está en un tratamiento de hormonación. Cabe recordar que la actual normativa, aprobada por el Gobierno central, no exige que la persona tenga que modificar su aspecto físico o su nombre en los documentos de identidad: basta con que manifieste su determinación de declararse mujer.
"Evitar el escarnio"
El inspector jefe continúa su misiva, a la que ha tenido acceso La Opinión, centrándose en la importancia de «no denigrar y respetar todos los derechos como persona y policía que tiene» Manolo, «evitando comentarios que se puedan utilizar como escarnio hacia su persona».
La rectificación de la mención registral del sesso no se produce de forma automática, ni se resuelve con acudir una vez al registro. La norma obliga a que la persona que quiera realizar este trámite acuda dos veces, con un máximo de tres meses entre la primera vez y la segunda, para confirmar su decisión. A continuación, el Registro tendrá un mes más como máximo para dictar la resolución.
La Ley tras* contempla el cambio registral de sesso sin necesidad de aportar ningún documento o testigos. En la plantilla policial del cuerpo en este municipio había tres mujeres, que son cuatro con el cambio realizado por esta persona. Las mismas fuentes explican que el Consistorio decidió habilitar uno de los baños de la planta baja del inmueble para que hiciese las veces de vestuario para la agente tras*, que, según testigos, habría manifestado su deseo de hacer uso del vestuario de mujeres que ya había. El inspector jefe de la Policía Local informó a su plantilla, en el correo que les mandó de que el vestuario de la compañera «se traslada al aseo femenino de la planta baja del Ayuntamiento, por orden de la Alcadía». Este cuarto de baño estaba destinado a todas las mujeres que trabajaban en la parte baja del edificio, las cuales ahora han de subir a la primera planta para hacer uso del servicio, apuntan personas afectadas.
Muchos vecinos del pueblo, un municipio de casi 12.000 habitantes, ya conocen el cambio legal emprendido por esta persona, que, aseguraron numerosos residentes, tiene novia, hija y nieta. Cabe recordar que la identidad de género (en este caso, Manolo es una mujer tras*) no tiene que ver con la orientación de género (Manolo puede ser una mujer tras* que se sienta atraída por mujeres, una mujer lesbiana).
Al tener conocimiento del asunto, este periódico contactó con el Ayuntamiento de Beniel, que prefirió no hacer valoraciones al respecto.
¿Fraude de ley?
Los más críticos con la normativa aprobada en su momento por el Ejecutivo central alertaron de que deja una puerta abierta al fraude de ley, que es una figura jurídica recogida en el artículo 6.4 del Código Civil y que consiste en incumplir una norma al amparo de otra: hacer algo que a priori parece lícito, pero que produce un resultado contrario a la ley.
De esta manera, se produciría un fraude de ley, por ejemplo, en el supuesto de varones que se registren como féminas para competir en deporte femenino, para entrar en vestuarios de mujeres o para optar, por ejemplo, a ayudas públicas creadas exclusivamente para mujeres. El problema estaría en demostrar el fraude, ya que la norma establece que la mera declaración de la persona es suficiente para sentenciar que es mujer, sin necesidad de hormonación, informes psicológicos o quitar el nombre masculino del documento nacional de identidad.
La Ley tras* contempla sanciones económicas de hasta 150.000 euros a quienes practiquen un «acoso discriminatorio por razón de orientación e identidad sensual, expresión de género o características sensuales».
Ana Lucas
Murcia | 11·08·23 | 18:37
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Manifestación en Madrid a favor de la Ley tras*. EFE
Un agente de 56 años de edad, miembro desde hace décadas de la Policía Local de Beniel, en Murcia, ha modificado su sesso registral de hombre a mujer, gracias a la Ley tras*. Se trata del primer caso en la Región de un policía en activo que cambia de género legalmente tras la aprobación de la norma, que entró en vigor en marzo de este año, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
La ley permite cambiar el sesso en el Registro Civil sin ningún requisito, más que el deseo expreso de la persona solicitante. No es imprescindible ni hormonación ni cirugía de reasignación de sesso ni cambio de nombre: este integrante del Cuerpo no habría hecho nada de eso, solamente inscribirse como mujer.
El jefe de la Policía Local ha enviado una carta a todos los integrantes de la plantilla para pedir que traten a su compañera con total respeto y educación. «Solicito a cada uno de los miembros de esta Policía que tratemos con normalidad esta nueva situación, con nuestro saber estar y respeto a la nueva condición» de la persona, «que no cambia de nombre, sigue llamándose Manolo (nombre ficticio para preservar la identidad de la persona aludida)».
Y es que esta persona no ha modificado su nombre en el DNI, únicamente su género. Tampoco está en un tratamiento de hormonación. Cabe recordar que la actual normativa, aprobada por el Gobierno central, no exige que la persona tenga que modificar su aspecto físico o su nombre en los documentos de identidad: basta con que manifieste su determinación de declararse mujer.
"Evitar el escarnio"
El inspector jefe continúa su misiva, a la que ha tenido acceso La Opinión, centrándose en la importancia de «no denigrar y respetar todos los derechos como persona y policía que tiene» Manolo, «evitando comentarios que se puedan utilizar como escarnio hacia su persona».
La rectificación de la mención registral del sesso no se produce de forma automática, ni se resuelve con acudir una vez al registro. La norma obliga a que la persona que quiera realizar este trámite acuda dos veces, con un máximo de tres meses entre la primera vez y la segunda, para confirmar su decisión. A continuación, el Registro tendrá un mes más como máximo para dictar la resolución.
La Ley tras* contempla el cambio registral de sesso sin necesidad de aportar ningún documento o testigos. En la plantilla policial del cuerpo en este municipio había tres mujeres, que son cuatro con el cambio realizado por esta persona. Las mismas fuentes explican que el Consistorio decidió habilitar uno de los baños de la planta baja del inmueble para que hiciese las veces de vestuario para la agente tras*, que, según testigos, habría manifestado su deseo de hacer uso del vestuario de mujeres que ya había. El inspector jefe de la Policía Local informó a su plantilla, en el correo que les mandó de que el vestuario de la compañera «se traslada al aseo femenino de la planta baja del Ayuntamiento, por orden de la Alcadía». Este cuarto de baño estaba destinado a todas las mujeres que trabajaban en la parte baja del edificio, las cuales ahora han de subir a la primera planta para hacer uso del servicio, apuntan personas afectadas.
Muchos vecinos del pueblo, un municipio de casi 12.000 habitantes, ya conocen el cambio legal emprendido por esta persona, que, aseguraron numerosos residentes, tiene novia, hija y nieta. Cabe recordar que la identidad de género (en este caso, Manolo es una mujer tras*) no tiene que ver con la orientación de género (Manolo puede ser una mujer tras* que se sienta atraída por mujeres, una mujer lesbiana).
Al tener conocimiento del asunto, este periódico contactó con el Ayuntamiento de Beniel, que prefirió no hacer valoraciones al respecto.
¿Fraude de ley?
Los más críticos con la normativa aprobada en su momento por el Ejecutivo central alertaron de que deja una puerta abierta al fraude de ley, que es una figura jurídica recogida en el artículo 6.4 del Código Civil y que consiste en incumplir una norma al amparo de otra: hacer algo que a priori parece lícito, pero que produce un resultado contrario a la ley.
De esta manera, se produciría un fraude de ley, por ejemplo, en el supuesto de varones que se registren como féminas para competir en deporte femenino, para entrar en vestuarios de mujeres o para optar, por ejemplo, a ayudas públicas creadas exclusivamente para mujeres. El problema estaría en demostrar el fraude, ya que la norma establece que la mera declaración de la persona es suficiente para sentenciar que es mujer, sin necesidad de hormonación, informes psicológicos o quitar el nombre masculino del documento nacional de identidad.
La Ley tras* contempla sanciones económicas de hasta 150.000 euros a quienes practiquen un «acoso discriminatorio por razón de orientación e identidad sensual, expresión de género o características sensuales».
https://www.levante-emv.com/sociedad/2023/08/11/policia-murcia-cambia-sesso-mujer-90883030.html