Israel Gracia
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España
Un juez da luz verde al cambio de sesso de un menor de ocho años en el Registro Civil
"SITUACIÓN ESTABLE DE tras*EXUALIDAD"
Tras citar al menor y "valorar su grado de madurez", el juez atiende la petición de sus padres y acuerda la "modificación y cambio de género del inscrito en este Registro Civil"
Una bandera del colectivo tras* en la puerta del Congreso de los Diputados. (EFE/Luca Piergiovanni)
Por
Pablo Gabilondo
27/06/2022 - 11:07 Actualizado: 27/06/2022 - 12:27
El juez encargado del Registro Civil de Ourense, Darío Carpio Estévez Pérez, ha dado luz verde a "la rectificación del acta de nacimiento" de un menor de ocho años para que pase a estar inscrito como "varón" y no como "mujer". En un auto fechado el 10 de junio, el juez concluye que el menor presenta un "elevado grado de madurez" y "piensa y actúa como varón desde hace años", por lo que se trata de una "situación estable de tras*exualidad" ante la que cabe atender "el cambio solicitado de sesso".
La resolución sostiene que el menor cuenta con "nueve años de edad en la actualidad", pero la asociación Euforia Familias tras* Aliadas, que ha asesorado a la familia, concreta en su web que tiene ocho. La organización, de hecho, explica que los padres comenzaron a tramitar el cambio de sesso cuando contaba con "cinco años".
Cambio sin informe médico y se prohíben terapias de conversión: el Gobierno aprueba la nueva ley tras*
Agencias
El juez revierte así la decisión que adoptó en septiembre de 2021, cuando rechazó inscribir al menor como varón. La familia recurrió esta resolución ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que el pasado febrero ordenó revisar el expediente "por no haberse escuchado a la persona inscrita". Tras citar al menor y "valorar su grado de madurez" en marzo, el juez da ahora marcha atrás y acuerda la "modificación y cambio de género del inscrito en este Registro Civil".
En octubre 2018, la familia ya consiguió cambiar el nombre del menor en el Registro Civil "por el masculino de Antonio", pero, con esta decisión, el juez va un paso más allá y da luz verde a cambiar su sesso en el acta de nacimiento. Según concreta el auto, la Fiscalía evitó pronunciarse en este caso al considerar que "carece de legitimación".
Apunta a la ley tras*
El juez apoya su decisión en la ley "reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sesso" y en diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, así como en el "anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas tras* y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI".
De esta manera, apunta de forma directa a la bautizada como ley tras*, que todavía no ha entrado en vigor y que el Gobierno prevé aprobar en el Consejo de Ministros de este lunes: según argumenta, el "aumento de solicitudes para cambio de sesso" es un "dato público y notorio" que ha llevado a "la necesidad de establecer (...) una nueva legislación", situación que se traduce en la tramitación de la mencionada ley y que "se ha de tener en cuenta también en el caso que ahora nos ocupa".
El borrador del CGPJ cree que la ley tras* vulnera derechos de mujeres y menores
EFE
"Viene a legitimar a toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años, por sí misma, y a los menores de dieciséis y mayores de catorce, en estos casos asistidas por sus representantes legales, para solicitar el cambio de sesso", explica en su auto. También incide en que la ley tras* establece que "la rectificación [de sesso] en ningún caso puede estar condicionada a la previa exhibición de un informe médico o psicológico ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole", conclusiones que no duda en trasladar al caso concreto del menor de ocho años.
Según sostiene, el menor cumple los requisitos que exige la ley para el cambio de sesso, pues "la citada disonancia se viene manteniendo a lo largo del tiempo" y se remonta al menos a hace cuatro años. Para reforzar esta idea, apunta a su "elevado grado de madurez" y a su "notoria (...) estabilidad emocional y sensitiva".
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Iván Gil Víctor Romero. Valencia
Con este razonamiento, considera que el menor cumple el artículo 4 de la ley reguladora de la rectificación registral, que abre la puerta a un cambio de sesso cuando la persona solicitante haya sido "diagnosticada disforia de género". La propia ley establece que el "cumplimiento de este requisito se realizará mediante informe de médico o psicólogo clínico", pero, llegados a ese punto, el juez apunta una vez más a la mencionada ley tras*, a la "línea y espíritu de la normativa futura" y a un informe de psicología que obra en los autos y habla de manera positiva "del apoyo en su entorno familiar, y asimismo, de su grupo de compañeros en la escuela".
"El derecho a la identidad de género se encuentra íntimamente relacionado con la dignidad de todo ser humano y su derecho a alcanzar el libre desarrollo de la personalidad", concluye el juez en su auto. "Por tanto, se puede decir que para las personas tras*exuales la existencia de disonancia implica que su identidad no se corresponde con su sesso psicológico, con las correspondientes repercusiones negativas que conlleva".
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Un juez da luz verde al cambio de sesso de un menor de ocho años en el Registro Civil
"SITUACIÓN ESTABLE DE tras*EXUALIDAD"
Tras citar al menor y "valorar su grado de madurez", el juez atiende la petición de sus padres y acuerda la "modificación y cambio de género del inscrito en este Registro Civil"
Por
Pablo Gabilondo
27/06/2022 - 11:07 Actualizado: 27/06/2022 - 12:27
El juez encargado del Registro Civil de Ourense, Darío Carpio Estévez Pérez, ha dado luz verde a "la rectificación del acta de nacimiento" de un menor de ocho años para que pase a estar inscrito como "varón" y no como "mujer". En un auto fechado el 10 de junio, el juez concluye que el menor presenta un "elevado grado de madurez" y "piensa y actúa como varón desde hace años", por lo que se trata de una "situación estable de tras*exualidad" ante la que cabe atender "el cambio solicitado de sesso".
La resolución sostiene que el menor cuenta con "nueve años de edad en la actualidad", pero la asociación Euforia Familias tras* Aliadas, que ha asesorado a la familia, concreta en su web que tiene ocho. La organización, de hecho, explica que los padres comenzaron a tramitar el cambio de sesso cuando contaba con "cinco años".
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Agencias
El juez revierte así la decisión que adoptó en septiembre de 2021, cuando rechazó inscribir al menor como varón. La familia recurrió esta resolución ante la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, que el pasado febrero ordenó revisar el expediente "por no haberse escuchado a la persona inscrita". Tras citar al menor y "valorar su grado de madurez" en marzo, el juez da ahora marcha atrás y acuerda la "modificación y cambio de género del inscrito en este Registro Civil".
En octubre 2018, la familia ya consiguió cambiar el nombre del menor en el Registro Civil "por el masculino de Antonio", pero, con esta decisión, el juez va un paso más allá y da luz verde a cambiar su sesso en el acta de nacimiento. Según concreta el auto, la Fiscalía evitó pronunciarse en este caso al considerar que "carece de legitimación".
Apunta a la ley tras*
El juez apoya su decisión en la ley "reguladora de la rectificación registral de la mención relativa al sesso" y en diversa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional, así como en el "anteproyecto de ley para la igualdad real y efectiva de las personas tras* y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI".
De esta manera, apunta de forma directa a la bautizada como ley tras*, que todavía no ha entrado en vigor y que el Gobierno prevé aprobar en el Consejo de Ministros de este lunes: según argumenta, el "aumento de solicitudes para cambio de sesso" es un "dato público y notorio" que ha llevado a "la necesidad de establecer (...) una nueva legislación", situación que se traduce en la tramitación de la mencionada ley y que "se ha de tener en cuenta también en el caso que ahora nos ocupa".
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EFE
"Viene a legitimar a toda persona de nacionalidad española mayor de dieciséis años, por sí misma, y a los menores de dieciséis y mayores de catorce, en estos casos asistidas por sus representantes legales, para solicitar el cambio de sesso", explica en su auto. También incide en que la ley tras* establece que "la rectificación [de sesso] en ningún caso puede estar condicionada a la previa exhibición de un informe médico o psicológico ni a la previa modificación de la apariencia o función corporal de la persona a través de procedimientos médicos, quirúrgicos o de otra índole", conclusiones que no duda en trasladar al caso concreto del menor de ocho años.
Según sostiene, el menor cumple los requisitos que exige la ley para el cambio de sesso, pues "la citada disonancia se viene manteniendo a lo largo del tiempo" y se remonta al menos a hace cuatro años. Para reforzar esta idea, apunta a su "elevado grado de madurez" y a su "notoria (...) estabilidad emocional y sensitiva".
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Iván Gil Víctor Romero. Valencia
Con este razonamiento, considera que el menor cumple el artículo 4 de la ley reguladora de la rectificación registral, que abre la puerta a un cambio de sesso cuando la persona solicitante haya sido "diagnosticada disforia de género". La propia ley establece que el "cumplimiento de este requisito se realizará mediante informe de médico o psicólogo clínico", pero, llegados a ese punto, el juez apunta una vez más a la mencionada ley tras*, a la "línea y espíritu de la normativa futura" y a un informe de psicología que obra en los autos y habla de manera positiva "del apoyo en su entorno familiar, y asimismo, de su grupo de compañeros en la escuela".
"El derecho a la identidad de género se encuentra íntimamente relacionado con la dignidad de todo ser humano y su derecho a alcanzar el libre desarrollo de la personalidad", concluye el juez en su auto. "Por tanto, se puede decir que para las personas tras*exuales la existencia de disonancia implica que su identidad no se corresponde con su sesso psicológico, con las correspondientes repercusiones negativas que conlleva".