Guanotopía
Será en Octubre
- Desde
- 9 Nov 2011
- Mensajes
- 23.512
- Reputación
- 87.534
Tengo una amiga que este año ha perdido a su progenitora, y al verse agobiada por la cantidad y retorcimiento del papeleo, decidió recurrir a una notaría, que por un "módico" precio le están gestionando el asunto. El caso es que los números que le salen a pagar no son asumibles por ella, porque la mayor parte del dinero a heredar está inmovilizado en un producto estructurado hasta el año que viene.
Señora de 90 años que "decide" invertir todos sus ahorros en un producto no anulable hasta los 3 años (cortesía de CaixaCatalunya).
Así que el objetivo es pagar lo menos posible ahora, de forma que se libere el "depósito" el año que viene, pero la amable gestoría/notaría habla siempre de forma poca clara y dando a entender que hay que pagarlo todo ahora.
La situación es la siguiente, piso en Madrid del que la difunta era usufructuaria y la heredera nuda propietaria, y casa en el pueblo donde la situación se invierte, la difunta era propietaria y la heredera usufructuaria. Ella es la heredera única.
Lo que está claro es que antes de los seis primeros meses hay que pagar el impuesto de sucesión (a menos que se pida una prórroga de otros 6 meses), y por lo que me he estado informando la extinción del usufructo del piso. La notaría quiere colar también la plusvalía del piso, pero según he leído, esto no sería así por ser ella ya propietaria y por lo tanto no haber tras*misión de propiedad.
IMPUESTOS Y RECURSOS: LA NO SUJECIÓN A LA PLUSVALÍA MUNICIPAL DE LA CONSOLIDACIÓN PLENO DOMINIO
Así que tengo las siguientes dudas.
¿La extinción del usufructo es necesaria para el impuesto de sucesiones? La idea es posponerlo si es posible, ya que esto parece que sí lo tiene que pagar
Si la plusvalía sólo debe pagarse con tras*misiones y no tiene pensado vender el piso ¿cuándo debería pagarlo? ¿al escriturar? Por lo que entiendo lo de escriturar es algo que se puede hacer cuando a uno le interese.
En la casa del pueblo, al cambiar de propiedad sí debería pagar plusvalías ¿afecta al impuesto de sucesión o podría pagarlas el año que viene?
Espero que me podáis echar una mano, de todas formas iré poniendo lo que vaya viendo por ahí por si le sirve a otros.
Señora de 90 años que "decide" invertir todos sus ahorros en un producto no anulable hasta los 3 años (cortesía de CaixaCatalunya).
Así que el objetivo es pagar lo menos posible ahora, de forma que se libere el "depósito" el año que viene, pero la amable gestoría/notaría habla siempre de forma poca clara y dando a entender que hay que pagarlo todo ahora.
La situación es la siguiente, piso en Madrid del que la difunta era usufructuaria y la heredera nuda propietaria, y casa en el pueblo donde la situación se invierte, la difunta era propietaria y la heredera usufructuaria. Ella es la heredera única.
Lo que está claro es que antes de los seis primeros meses hay que pagar el impuesto de sucesión (a menos que se pida una prórroga de otros 6 meses), y por lo que me he estado informando la extinción del usufructo del piso. La notaría quiere colar también la plusvalía del piso, pero según he leído, esto no sería así por ser ella ya propietaria y por lo tanto no haber tras*misión de propiedad.
IMPUESTOS Y RECURSOS: LA NO SUJECIÓN A LA PLUSVALÍA MUNICIPAL DE LA CONSOLIDACIÓN PLENO DOMINIO
El art. 513.1 CC prevé que a la fin de a la usufructuaria se extinga el usufructo, al no ser tras*misión de propiedad ni de ningún derecho real, por lo tanto: se encontrará NO SUJETA al IIVTNU.
Así que tengo las siguientes dudas.
¿La extinción del usufructo es necesaria para el impuesto de sucesiones? La idea es posponerlo si es posible, ya que esto parece que sí lo tiene que pagar
Si la plusvalía sólo debe pagarse con tras*misiones y no tiene pensado vender el piso ¿cuándo debería pagarlo? ¿al escriturar? Por lo que entiendo lo de escriturar es algo que se puede hacer cuando a uno le interese.
En la casa del pueblo, al cambiar de propiedad sí debería pagar plusvalías ¿afecta al impuesto de sucesión o podría pagarlas el año que viene?
Espero que me podáis echar una mano, de todas formas iré poniendo lo que vaya viendo por ahí por si le sirve a otros.