Torra presiona a Moody’s para salir del ‘bono sarama’ y financiar su Cataluña independiente

Dr Polux

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En el país de las ninfas
Consciente de que su plan separatista no puede triunfar sin autonomía financiera, Quim Torra trabaja en el objetivo de que Cataluña vuelva a los mercados en 2020. La región, cuya deuda está calificada como ‘bono sarama’ por la gran banca de inversión, no puede emitir deuda en el mercado de bonos tradicional desde hace años. El motivo: nadie confía en ellos.

Precisamente por eso, el líder independentista se ha reunido con las grandes agencias de calificación para lograr salir del atolladero financiero en el que está sumergido. Fuentes conocedoras de esos movimientos, relatan a OKDIARIO que Torra se ha reunido, entre otras, con Moody’s. Contactada por este periódico, la agencia de calificación crediticia ha admitido que se han producido tales reuniones.

La deriva independentista, y el hecho de ser la comunidad autónoma más endeudada en términos absolutos y la tercera más apalancada respecto al PIB, no ayudan, en absoluto, a que Cataluña pueda financiarse del modo tradicional. Cataluña debe unos 80.000 millones de euros a las arcas públicas de todos los españoles. Moody’s rebajó en 2016 el rating de Cataluña de Ba1 a Ba3, el nivel de Angola, Bolivia o Montenegro, entre otros países.

De este modo, la prima que tendría que pagar Cataluña al mercado tendría que estar al nivel de estos países: “Si la confianza sobre Cataluña es la misma que la que hay sobre Angola, tendrán que pagar grandes primas para convencer a los inversores de comprar su deuda”, explican fuentes conocedoras de los contactos a OKDIARIO.

Cataluña lleva ya seis años sin la posibilidad de financiarse en los mercados, dado que su deuda está catalogada como ‘bono sarama’, con lo que su principal forma de financiación es a través del Fondo de Liquidez Autonómica (FLA), es decir, a través del bolsillo de todos los españoles.

El FLA es una línea de crédito creada por el Gobierno de Mariano Rajoy en julio de 2012 en plena crisis económica para que el Estado preste dinero a las Comunidades Autónomas que generen más desconfianza y que éstas no tengan que recurrir a financiar su deuda en el mercado. A día de hoy, aproximadamente un 80% de la deuda de la Administración catalana está en manos del Estado.

Torra presiona a Moody's para salir del 'bono sarama' y financiar su Cataluña independiente
 
Para salir del bono sarama, va a tener que absorber muchos.
 
Es divertido ver como mientras dejan al Torrao hacer el iluso nos echamos unas risas, pero espero que en cuanto desalojen a Guapito granudo a este rellenito de cosa con cara de estulto lo manden a recoger jabones a Estremera.
 
Los amenaza con dejar de respirar.

Moodys están acojonados.

También ha dicho que TV3 dirá que son "de derechass", los CDRs les pintarán lacitos amarillos en la sede y el ayuntamiento de Berga los declarará "non gratos"
Efectivamente, deben estar acojnados.

Ahora en serio: conociendo el percal, lo que habrá hecho el Torrao es ofrecerles mucha pasta o "favores" a cambio de una mejora en la calificación crediticia.
 
No se fían de ellos ni su querida progenitora...es lo que tiene ser unos derrochones con el dinero de los demás.
 
Y como hace eso de presionar? Hará un bailecito?, unos lazos aquí y allá?, Llorará?

Les enviará a su hija para casarla con algun directivo imberbe...

o eso o le suben el bono sarama :D

quim-torra-ferraz-psoe.jpg
 
Les enviará a su hija para casarla con algun directivo imberbe...

o eso o le suben el bono sarama :D

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Contenido de las Leyes de Núremberg

Wilhelm Frick, autor intelectual de las Leyes de Nüremberg en su celda en 1945.
El cuerpo legal más importante fue el comprendido por la Ley de ciudadanía del Reich y la Ley para la protección de la sangre y el honor alemanes, ambas del 15 de septiembre de 1935. Dichas leyes de breve redacción, dejaban su desarrollo reglamentario a los decretos que promulgase el Ministerio de Interior y que fuesen necesarios para su ejecución. En adelante y progresivamente se fue implantando en el Reich Alemán una serie de disposiciones de diverso rango que fueron estableciendo un sistema complejo de discriminación racial, con el objetivo fundamental de preservar la aricidad del pueblo alemán y de expulsar a los judíos (y otros grupos raciales considerados peligrosos) de la comunidad del pueblo.

Los efectos más importantes de dichas leyes consistieron: en primer lugar, la determinación y definición de la situación racial de cada individuo residente en Alemania; para lo que se siguió un modelo basado casi exclusivamente en la sangre (es decir, en la ascendencia racial) y no en consideraciones religiosas o culturales. Una vez establecida la situación de cada individuo, la ley desplegaba una serie de efectos para cada cual; que supusieron disposiciones civiles de prohibición de matrimonios, e incluso relaciones sensuales, (fundamentalmente entre judíos y alemanes), disposiciones administrativas como la privación de la ciudadanía alemana de los judíos, y por tanto la posibilidad de que estos pudiesen ocupar cargos o funciones públicas o ejercer libremente ciertas profesiones (como la abogacía o el profesorado); y una serie de medidas que supusieron la expulsión de los judíos de la vida ordinaria: prohibiciones de contratar a alemanes, de tener a su servicio empleadas del hogar alemanas menores de 45 años, de enarbolar la bandera alemana o mostrar signos nacionales; y que con el tiempo acabaron por abarcar el ejercicio de oficios, del comercio o de la posibilidad de adquirir propiedades o enajenarlas justamente.

La misma ley y sus desarrollos, establecían un sistema de control administrativo (autorizaciones para el matrimonio, sistemas de identificación y registro) y penal o sancionador para quienes infringiesen sus prohibiciones: nulidad de los matrimonios prohibidos a instancia de la fiscalía, penas de trabajos forzados, prisión y multas.

Este sistema discriminatorio se basó en el establecimiento de cuatro categorías raciales fundamentales: la de los alemanes de sangre, la de los mixtos de segundo grado, la de los mixtos de primer grado y la de los judíos (a estos últimos podían asimilarse otras etnias consideradas inferiores y peligrosas, como los etnianos). Categorías establecidas según consideraciones raciales (no religiosas o culturales) y por tanto, aunque las prohibiciones se referían a matrimonios, estas se extendían del mismo modo a las relaciones extramatrimoniales y a su descendencia natural; así como también, cuando la ley se refería a la condición de judío, esta debe ser entendida con independencia de la religión que profesase tal persona.

Sangre alemana
Las personas con sangre alemana eran consideradas parte de la comunidad racial alemana (deutschen Blutsgemeinschaft) y parte de la comunidad del pueblo alemán (deutschen Volksgemeinschaft) y por tanto eran o podían llegar a ser ciudadanos del Reich.

Se consideraba persona de sangre alemana (deutschblütiger):

Aquel cuyos abuelos fuesen de sangre alemana.
Aquel con un progenitor alemán y otro mixto de segundo grado (aquel con un solo abuelo no alemán)
Se permitía a las personas de sangre alemana:

El matrimonio con una persona mixta de segundo grado, es decir, con quien sólo tenía un abuelo judío. Su descendencia se considería de sangre alemana.
El matrimonio con una persona mixta de primer grado, es decir, con quien tiene dos abuelos judíos. Este tipo de matrimonio solo podía celebrarse con previa autorización. Los descendientes del mismo se considerarían mixtos de segundo grado, y por tanto no judíos; ahora bien, tampoco ciudadanos de sangre alemana. La razón de que se contemplase su posible autorización era el mejoramiento de la descendencia con respecto a la persona de primer grado.
No se permitía a personas de sangre alemana:

El matrimonio con judíos (aquellos con cuatro o tres abuelos judíos).
Mixtos de segundo grado
Las personas consideradas mixtas de segundo grado solo eran parte de la comunidad del pueblo alemán (deutschen Volksgemeinschaft) y eran, o podían llegar a ser, ciudadanos del Reich.

Se consideraba persona mixta de segundo grado (mischling 2.grades):

Aquel con un solo abuelo judío.
Se permitía a las personas mixtas de segundo grado:

El matrimonio con una persona de sangre alemana. Su descendencia se consideraría de sangre alemana.
El matrimonio con una persona mixta de primer grado, es decir, con quien tiene dos abuelos judíos. Este tipo de matrimonio solo podía celebrarse con previa autorización. Su descendencia quedaría comprendida en una situación intermedia entre el segundo y el primer grado, pues sólo tendría un abuelo judío y otro mixto de primer grado. La razón de que se contemplase su posible autorización era el mejoramiento de la descendencia con respecto al cónyuge mixto de primer grado.
No se permitía a personas mixtas de segundo grado:

El matrimonio con mixtos de segundo grado (con un abuelo judío). Aunque el matrimonio fuese nulo, el hijo natural de ambos sería mixto de segundo grado, como sus padres. La razón de la prohibición era la erradicación de esta condición.
El matrimonio con judíos (aquellos con cuatro o tres abuelos judíos).
Mixtos de primer grado[editar]
Las personas consideradas mixtas de primer grado solo eran parte de la comunidad del pueblo alemán (deutschen Volksgemeinschaft) y eran, o podían llegar a ser, ciudadanos del Reich.

Se consideraban persona mixta de primer grado (mischling 1.grades):

Aquel con dos abuelos judíos. Ya fuesen alternos (uno de progenitora y otro de padre) o ambos padres de un progenitor.
Se permitía a las personas mixtas de primer grado:

El matrimonio con una persona de sangre alemana. Este tipo de matrimonio solo podía celebrarse con previa autorización. Los descendientes del mismo se considerarían mixtos de segundo grado, y por tanto no judíos; ahora bien, tampoco ciudadanos de sangre alemana. La razón de que se contemplase su posible autorización era el mejoramiento su descendencia.
El matrimonio con una persona mixta de segundo grado, es decir, con quien tiene un abuelo judío. Este tipo de matrimonio solo podía celebrarse con previa autorización. Su descendencia quedaría comprendida en una situación intermedia entre el segundo y el primer grado, pues sólo tendría un abuelo judío y otro mixto de primer grado. La razón de que se contemplase su posible autorización era el mejoramiento de su descendencia.
El matrimonio con una persona mixta de primer grado. Su descendencia tendrá la misma consideración que de sus padres, mixta de primer grado. En este caso se perpetúa la condición de mixto de primer grado. La razón de su permiso estriba en la consideración práctica de que las personas mixtas de primer grado pudiesen casarse y no tener descendencia judía.
El matrimonio con judíos (aquellos con cuatro o tres abuelos). Su descendencia sería considerada judía, así como también él.
Judíos
Las personas consideradas judías no eran parte la comunidad del pueblo alemán, por tanto se les privó de su nacionalidad alemana y se les prohibió adquirirla. Esta situación derivó en la prohibición de desempeñar cargos públicos o funcionariales, así como el ejercicio de profesiones, oficios menores y del comercio en dentro del territorio alemán.

Mixtos de primer grado considerados judíos
Se consideraban personas mixtas de primer grado y judías:

El mixto de primer grado (dos abuelos judíos) nacido de un matrimonio prohibido y por tanto nulo, con posterioridad al 31 de julio de 1936; así como el mixto de primer grado hijo de un matrimonio legal posterior al 17 de septiembre de 1935.
El mixto de primer grado que pertenezca a la comunidad religiosa judía.
El mixto de primer grado casado con un judío (este último con tres o cuatro abuelos judíos).
Judíos de sangre
Se consideraban judíos:

Aquel con tres o cuatro abuelos judíos.
Los mixtos de primer grado considerados judíos por la ley.
Los hijos de una persona mixta de primer grado y un judío (con tres o cuatro abuelos judíos).
Se permitía a los judíos:

El matrimonio con mixtos de primer grado o judíos. Su descendencia sería considerada judía.
No se permitía a los judíos:

El matrimonio con alemanes de sangre o mixtos de segundo grado.


O pensaba que su princesa se podia casar asi como asi con cualquiera
 
O pensaba que su princesa se podia casar asi como asi con cualquiera

En Cataluña si.

A la Ponsatí, que se quedó solterona, no la casaron porque no fuese que se mezclase la pure sang catalane con la charnegada murciana de la epoca.

Anda vamoh a parah :roto2:

Luego su tiet, el insigne sociata zopazzz de la cupula del PSC Raimon Obiols iba de progre, pero a casa no, eh? tot lligat

eso si, si hay beneficis, casem la pubilla amb el que sigui.... a los niños mas jovenes SIN HERENCIA los entregaban para ser sodomizados y reconvertidos para la causa en los seminarios

TRABUCO, BOINA ROJA, SACRISTIAS E HIPOCRESIA
 
Fracaso estrepitoso de Quim Torra con Moody's: Cataluña seguirá siendo 'bono sarama'

Estos son más difíciles de comprar que La Vanguardia o El Periódico... o en todo caso, más caros.
 
Pues sí, es muy buena idea que el preboste de una región que intenta emitir deuda presione al oligopolio de las agencias de calificación. Al hacerlo, dichas agencias constatarán el hecho de que la región no está sólo quebrada sino que además está a las órdenes de un loco peligroso, y bajarán aún más la calificación de la deuda, aunque en este caso supongo que no podrían rebajarla más en la escala y tendrían que crear un nuevo nivel que podría llamarse "un peldaño por encima del infierno".
 
España debería dejar de financiar con el FLA a los traidores, seria interesante ver como pagan un 40% por su deuda. Pueden emitir bonos pero no los compran ni a precio de papel para reciclar.
Pero bueno, nadie se da cuenta en el mundo indepe que financieramente son sarama. Detroit is comming.

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