Tengo que adelantar los gastos de la rehabilitación de un accidente de tráfico?

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Madmaxista
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Hola,



El día 24 de agosto de 2013 tuve un accidente de tráfico en un cruce regulado por semáforos en el que yo venía por la derecha. Realizamos parte amistoso con las versiones contradictorias del conductor contrario y la mía propia y él aportó un testigo y yo otro que apoyan las dos versiones respectivamente.



El día 26 de agosto notifique el parte a la aseguradora y el 27 les envíe el parte amistoso por fax y por correo electrónico tal y como me lo indicaron. El 29 dieron comienzo a la reclamación.

En principio mi compañía de seguros me ofreció someterme a rehabilitación en una de las clínicas con las que tienen convenio pero finalmente estoy tratándome en un centro privado y externo.

Desde mi compañía me dijeron que si acudía a uno de las clínicas con las que tienen convenio no tendría que adelantar ninguna cantidad de dinero por la rehabilitación y las consultas del traumatólogo pero que si acudía a un centro externo tendría que adelantarlo yo y después se me reembolsaría.

Mi fisioterapeuta me ha dicho que normalmente en estas situaciones el paciente y asegurado suele solicitar a su compañía de seguros que le autoricen a él, el fisioterapeuta, a que trate al paciente sus dolores y así éste directamente le reclama la factura a la compañía y el paciente no adelanta nada.

Al solicitarle esta posibilidad al tramitador de mi expediente por la compañía de seguros me ha dicho que no, que se está llevando a cabo la reclamación de los daños a la compañía contraria y que hasta que no se resuelva la culpabilidad tengo que pagarlo yo y una vez resuelta la culpabilidad, los gastos de la rehabilitación me los abonará o bien la compañía de seguros contraria o bien mi propia compañía.


Entonces las preguntas son las siguientes:

1.- La reclamación a la compañía contraria dio comienzo el 29 de agosto con lo que el 13 de septiembre se cumplen 15 días y aun no se ha recibido respuesta. Es cierto que el límite legal para recibir respuesta asumiendo o rechazando la responsabilidad ante la reclamación por daños es de 15 días? De ser así que acciones puedo tomar si una vez tras*currido esto sigo sin tener una respuesta y mi compañía de seguros me dice que no ha recibido respuesta?


2.- Si el caso termina el un procedimiento judicial ( aunque según mi compañía de seguros al haber un testigo favorable a cada conductor lo normal es que la contraria asuma la culpa por las normas de tráfico) y éste se extiende en tiempo más haya de lo que dura mi rehabilitación, tengo que asumir las facturas del tratamiento con el perjuicio que me supone no disponer de ese dinero durante ese tiempo, o legalmente tengo el derecho a que me reembolse el dinero mí propia compañía en cuanto se extienda la factura ( en base a la cobertura de gastos de asistencia médica de mi póliza de seguros)?


No me parece muy justo ni lógico y no se si es legal que mi compañía de seguros se niegue a hacerse cargo de los gastos derivados de asistencia sanitaria ( tratamiento de rehabilitación y consultas con el trumatólogo) hasta que se resuelva la culpabilidad. En mi caso dispongo de dinero, pero que pasa con alguien que no disponga de dinero y que quiera someterse a rehabilitación en un centro externo a los que tienen en convenio las compañías de seguros? Como lo paga? Además Osakidetza le ha reclamado a mi compañía los gastos derivados de la atención en urgencias, también le darán la misma respuesta?


Muchas gracias.
 
Y no me digas que no tienes contratada libre elección de abogado y procurador en tu póliza de seguro...

Pues si la tienes, úsala. Y elige uno que no dependa de la compañía, para que se preocupe de tus intereses, no de los de la aseguradora que le da de comer.

Y si no la tienes, te toca gastarse los cuartos, en lugar de pedir consejo legal en un foro de internet. ¿Qué les vas a decir, que te lo han dicho en burbuja.info?.

Hay bastante más dinero en juego que cuando se te estropea la caldera de casa. Y en ese caso, llamas siempre a un profesional.




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Y no me digas que no tienes contratada libre elección de abogado y procurador en tu póliza de seguro...

Pues si la tienes, úsala. Y elige uno que no dependa de la compañía, para que se preocupe de tus intereses, no de los de la aseguradora que le da de comer.

Y si no la tienes, te toca gastarse los cuartos, en lugar de pedir consejo legal en un foro de internet. ¿Qué les vas a decir, que te lo han dicho en burbuja.info?.

Hay bastante más dinero en juego que cuando se te estropea la caldera de casa. Y en ese caso, llamas siempre a un profesional.

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¿Que eres una especie de fustigador de los desgraciados? ¿te sientes bien y feliz dando esta clase de respuestas?:pienso:

Entre las compañías de seguros y las clínicas de rehabilitación hay convenios con unos precios y sesiones tasadas, por tanto, nadie se queda sin asistencia. ¿Motivo? pues sencillamente hay clínicas que hacen unos informes algo infladetes en cuanto a consecuencias y secuelas, y luego el forense tampoco pone mucho ahínco en contrastarlo, y como encima en el ordenamiento jurídico español con menor o mayor acierto existe la figura del Auto de Cuantía máxima, se van a un procedimiento verbal a reclamar unas cantidades por lesiones que dan verguenza ajena (y que en cierto modo ha desencadenado casos como el tuyos, gente que por alcance trastero se quiere marcar 200 sesiones de rehabilitación y reclamar dos años de baja).-

Las compañías de seguros roban, pero hay asegurados cuyo aka es Curro Jimenez.-

La factura de Urgencias ya la habrá abonado tu propia compañía por un convenio llamada CAS.-

Sobre el abono de las facturas de tu fisio ya te puedo ayudar menos y no se si dependen de que se resuelve la culpabilidad, pero al menos, hace unos años se reclaman las sesiones como los gastos médicos, fármacos o en su lugar material sanitario (muletas, collarines etc).

Lo del abogado particular te lo aconsejo a medias, hay compañías que tramitan muy bien las lesiones y abogados que son muy patanes a la hora de simplemente redactar una denuncia. Si optas por uno primero mira hasta donde te cubre la libre designa de tu póliza, y quien va a pagar sus honorarios y como.-
 
una vez resuelta la culpabilidad, los gastos de la rehabilitación me los abonará o bien la compañía de seguros contraria o bien mi propia compañía

Esto es lo que me descuadra. ¿Por qué no te los pagan ya, si al final van a tener que pagar si o si? A mi no me cuadra.
 
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