EL INTERVENTOR
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El detenido le causó graves lesiones craneales tras golpearla estando la agente ya inerte en el suelo de los calabozos
Ignacio Cabanes
València | 30·03·23 | 07:00
El acusado de intentar apiolar a una policía de una paliza en los calabozos alega defensa propia IGNACIO CABANES
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València ha condenado a siete años de prisión al detenido que en abril de 2021 estuvo a punto de apiolar de una brutal paliza a una agente de la Policía Nacional en los calabozos de la Inspección Central de Guardia (ICG) del complejo policial de Zapadores. Finalmente la Sala no aprecia el delito de tentativa de asesinato ya que cuando el compañero de la agente herida entró en la celda el ahora condenado «ya no seguía propinándole golpes y estaba de pie junto al cuerpo inerte y sangrante de la funcionaria policial».
El fallo establece así que no hubo ánimo de apiolar por parte del acusado, si bien sí que lo condena por un delito de lesiones graves con la agravante de alevosía (por el carácter sorpresivo de la agresión) en concurso ideal con un delito de atentado cualificado, por el que le impone cinco años y siete meses de guandoca. Asimismo, por la agresión a otro policía que acudió a socorrer a su compañera, le condena a otro año y ocho meses por atentado a agente de la autoridad y un delito leve de lesiones.
Abu S., de origen guineano, había sido arrestado el 13 de abril de 2021, un día anterior a los hechos por los que ahora es condenado, por otro hecho violento. Le fracturó la mandíbula a un «gorrilla» en València por estar haciendo labores de aparcacoches en una zona de la vía pública que él reclamaba como propia.
No se aprecia dolo de apiolar porque ya había dejado de golpearla cuando entró el compañero en la celda
Estando en los calabozos de Zapadores a la espera de ser puesto a disposición judicial el condenado no cesaba de gritar, insultar amenazar y escupir a otros detenidos y a los propios policías, «haciéndolo con especial saña a las funcionarias mujeres», según remarca la sentencia, aunque no aprecie la agravante de discriminación por razón de género.
Ante esta situación la policía víctima de la paliza y otro compañero, seguidos por el jefe de equipo, se disponían a cambiar de celda al detenido. «Confiada por la momentánea tranquilidad del detenido», que estaba tumbado y tapado con una manta, la agente entró sola en la celda mientras su compañero iba a ponerse los guantes.
Los magistrados descartan por completo la versión exculpatoria del acusado, que alegó que actuó en defensa propia al temer por su vida y sin saber que se trataba de una policía. "Nadie más puede despertarte para llevarte a otra celda estando detenido en una comisaría de policía, salvo un policía", matiza el ponente sobre su absurda argumentación. Además todos los agentes iban debidamente uniformados.
Lo único que le dijo la víctima es: «ale, vamos, coge la colchoneta y la manta que te vamos a cambiar de celda» y se agachó sobre él para retirarle la manta. De forma súbita e inesperada Abu S. se levantó de golpe y le propinó un fuerte abrazo en la cara que la dejó totalmente inconsciente. Estando inerte en el suelo le siguió propinando varios abrazos en la cabeza, que le causaron un traumatismo craneal, lesiones oculares y por las que requirió asistencia quirúrgica.
Debido a la extrema violencia del acusado, entre los dos policías que acudieron a socorrer a la agente herida no podían neutralizarlo, según refleja la sentencia. A uno de ellos también le propinó un fuerte golpe en la cabeza, delito por el que también ha sido condenado.
Todos los testimonios recabados confirmaron que la actuación policial de la agente herida se ciñó en la decisión de cambiar de celda a este problemático detenido. Además la Sala recoge como indicio corroborador de las manifestaciones de los policías la declaración del otro detenido que se encontraba en la celda en el momento de los hechos, quien pese a no poder ratificarse en el juicio por encontrarse en ignorado paradero, sí que confirmó en su día el relato de la agente herida, como testigo directo de los hechos.
Respecto a la agravante de discriminación por razón de género, por los improperios que dirigió hacia la agente herida antes de la paliza, como "si te cojo en la calle te ***o bien, policía de cosa, a mí en la calle me pagan por amarme mujeres como tú". La Sala no la aprecia al argumentar que estas vejaciones e insultos se dirigían contra todos los policías que veía, "aunque fuesen más obscenos los dirigidos contra las mujeres policías".
Ignacio Cabanes
València | 30·03·23 | 07:00
El acusado de intentar apiolar a una policía de una paliza en los calabozos alega defensa propia IGNACIO CABANES
La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de València ha condenado a siete años de prisión al detenido que en abril de 2021 estuvo a punto de apiolar de una brutal paliza a una agente de la Policía Nacional en los calabozos de la Inspección Central de Guardia (ICG) del complejo policial de Zapadores. Finalmente la Sala no aprecia el delito de tentativa de asesinato ya que cuando el compañero de la agente herida entró en la celda el ahora condenado «ya no seguía propinándole golpes y estaba de pie junto al cuerpo inerte y sangrante de la funcionaria policial».
El fallo establece así que no hubo ánimo de apiolar por parte del acusado, si bien sí que lo condena por un delito de lesiones graves con la agravante de alevosía (por el carácter sorpresivo de la agresión) en concurso ideal con un delito de atentado cualificado, por el que le impone cinco años y siete meses de guandoca. Asimismo, por la agresión a otro policía que acudió a socorrer a su compañera, le condena a otro año y ocho meses por atentado a agente de la autoridad y un delito leve de lesiones.
Abu S., de origen guineano, había sido arrestado el 13 de abril de 2021, un día anterior a los hechos por los que ahora es condenado, por otro hecho violento. Le fracturó la mandíbula a un «gorrilla» en València por estar haciendo labores de aparcacoches en una zona de la vía pública que él reclamaba como propia.
No se aprecia dolo de apiolar porque ya había dejado de golpearla cuando entró el compañero en la celda
Estando en los calabozos de Zapadores a la espera de ser puesto a disposición judicial el condenado no cesaba de gritar, insultar amenazar y escupir a otros detenidos y a los propios policías, «haciéndolo con especial saña a las funcionarias mujeres», según remarca la sentencia, aunque no aprecie la agravante de discriminación por razón de género.
Ante esta situación la policía víctima de la paliza y otro compañero, seguidos por el jefe de equipo, se disponían a cambiar de celda al detenido. «Confiada por la momentánea tranquilidad del detenido», que estaba tumbado y tapado con una manta, la agente entró sola en la celda mientras su compañero iba a ponerse los guantes.
Los magistrados descartan por completo la versión exculpatoria del acusado, que alegó que actuó en defensa propia al temer por su vida y sin saber que se trataba de una policía. "Nadie más puede despertarte para llevarte a otra celda estando detenido en una comisaría de policía, salvo un policía", matiza el ponente sobre su absurda argumentación. Además todos los agentes iban debidamente uniformados.
Lo único que le dijo la víctima es: «ale, vamos, coge la colchoneta y la manta que te vamos a cambiar de celda» y se agachó sobre él para retirarle la manta. De forma súbita e inesperada Abu S. se levantó de golpe y le propinó un fuerte abrazo en la cara que la dejó totalmente inconsciente. Estando inerte en el suelo le siguió propinando varios abrazos en la cabeza, que le causaron un traumatismo craneal, lesiones oculares y por las que requirió asistencia quirúrgica.
Debido a la extrema violencia del acusado, entre los dos policías que acudieron a socorrer a la agente herida no podían neutralizarlo, según refleja la sentencia. A uno de ellos también le propinó un fuerte golpe en la cabeza, delito por el que también ha sido condenado.
Todos los testimonios recabados confirmaron que la actuación policial de la agente herida se ciñó en la decisión de cambiar de celda a este problemático detenido. Además la Sala recoge como indicio corroborador de las manifestaciones de los policías la declaración del otro detenido que se encontraba en la celda en el momento de los hechos, quien pese a no poder ratificarse en el juicio por encontrarse en ignorado paradero, sí que confirmó en su día el relato de la agente herida, como testigo directo de los hechos.
Respecto a la agravante de discriminación por razón de género, por los improperios que dirigió hacia la agente herida antes de la paliza, como "si te cojo en la calle te ***o bien, policía de cosa, a mí en la calle me pagan por amarme mujeres como tú". La Sala no la aprecia al argumentar que estas vejaciones e insultos se dirigían contra todos los policías que veía, "aunque fuesen más obscenos los dirigidos contra las mujeres policías".
Siete años de prisión por dar una paliza a una policía en Zapadores
El detenido le causó graves lesiones craneales tras golpearla estando la agente ya inerte en el suelo de los calabozos
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