Servidumbre de luces y vistas

HUEVOS PACO E HIJOS S.L

Honrado amaplantas
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Hola, os traigo una consulta sobre este tema y la interpretación que hago de mi caso, por si me podéis decir si estoy en lo cierto y orientarme un poco.

Veréis, tengo una propiedad (corral de unos 350m2 adyacente a una casa vieja que uso como trastero) que linda en uno de los lados con una especie de terraza elevada de un vecino. Es decir, ellos tienen el primer piso y encima este un 2º piso y una especie de pequeño patio elevado que da directamente a mi propiedad en línea recta, y por el otro lado a una calle. La pared que nos separa es suya, tiene unos 4-5 metros desde el suelo de mi lado hasta donde acaba su pared; en mi parte hay un murete de aprox. 1,5 metros pegado a dicha pared. En su lado debe tener como mucho 1,2 metros de alto (cuando se asoman por la terracita se les ve casi hasta la cintura), si se descuidan pueden caerse a mi lado en un tropiezo.

Dejo croquis:

1695501169320.png


Hasta ahora no ha sido tanto problema, porque en mi lado había unos muros de piedra que me daban cierta intimidad en gran parte del corral. Pero ahora que voy a quitar esos muros (por riesgo de derrumbe), la casa vecina tiene vistas TOTALES a mi patio, en plan que no tengo sitio para echar una meada sin que me vean. Esto de por sí es una frutada, mayor aún si le sumas que en esa casa vive una señora que es lo más cotilla del pueblo y que en cuanto oye ruido se asoma a ver qué pasa, por no hablar de que me sacude manteles, alfombras o me tira hojas secas de sus tiestos cuando cree que no la ven. La señora tiene la cabeza regular y va a ir a peor, y además, por ahí va los findes una hermana medio down que rige todavía menos. Y yo quiero, en no demasiado tiempo, arreglarme la casa e irme ahí a vivir.


Ahora, mis suposiciones:

1. Entiendo que dicha pared colindante a mi propiedad debería haber estado cerrada a una altura que impidiera las vistas desde que hicieron la casa (hará como 40 años), por aquello del derecho a la intimidad. No cabe servidumbre, al no estar en pared medianera, ni tener más de 2m de separación entre propiedades, siendo vista recta y no habiendo calle u otra propiedad entre medias. Tampoco fueron, mi lado y el suyo, parte de una misma propiedad en ningún momento.

2. Entiendo que en este caso no se puede constituir servidumbre alguna por prescripción o usucapación, puesto que al estar en muro no medianero, la servidumbre tendría carácter negativo y solo se podría constituir por prescripción del acto obstativo (oposición a la apertura de dicha terraza hacia mi lado); dicho acto obstativo me consta que no se ha producido (mi propiedad que era de mi abuelo), tampoco aparece nada en las escrituras sobre que tenga derecho a vistas a mi patio.

3. En base a lo anterior, entiendo que si me sale de las pelotas puedo levantarle el murete de mi lado y cerrarle la vista, pero me tocaría plantar un pedazo de muro de 6x6 metros o algo así, que me saldría por un pico. Y sobre todo, me tocaría gastarme un dinero que NO TENGO POR QUÉ GASTARME cuando el defecto en la construcción es del muro del vecino y no mío, me es indiferente que ya estuviera así cuando adquirí mi propiedad.


Teniendo esto en cuenta, voy a plantearle al vecino (el hermano de la chiflada vive ahí también y es albañil) que suba su muro un metrito veinte (1,2m). Se lo he dicho alguna vez de buenas anteriormente pero se hace el orejas, así que esta vez me voy a poner más serio, en plan "si no está hecho antes de x fecha vamos al Juzgado".

Lo más civilizado sería que el tipo aceptase, pues siendo albañil, le cuesta cuatro cortesanas en materiales y dos ratos. Además que podría hacerlo con madera, con valla metálica, valla traslúcida o lo que salga del nabo / tenga por ahí de otra obra. Por él quizás no sería problema (me llevo medianamente bien), pero estoy segurísimo de que la zumbada de la hermana le va a calentar los cascos para que no lo haga. Así que necesito ir con el argumentario bien atado. Sobre todo en cuanto a las consecuencias. He pensado en planteárselo así en caso de que se niegue:

"Si tenemos que ir a juicio vamos a tener quebraderos de cabeza y al final te va a tocar hacerlo igual porque es lo que pone en el 580-585 de Código Civil, pero encima pagando abogados y costas judiciales"

¿Cómo veis este argumentario, dados los elementos de contexto que he aportado? ¿Cuánto tiempo y dineros podría costarme el proceso judicial? ¿Me saldría más a cuenta poner yo el muro y dejarme de líos?

Saludos.
 
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Monta la fiesta del orgullo lgtb unos cuantos fines de semana seguidos y verás como el vecino te hace la valla. La otra opción es que se quiera apuntar a las fiestas pero la condición es que tiene que levantar la valla. Es un win-win de manual
 
¿No se puede poner un seto de cipreses o arizónicas a modo de cortina?

Ojalá, pero hasta que el seto alcance los 5 o 6 metros, si es que los alcanza, me puedo haber muerto roto2

Otra opción que se me ocurre es poner unos postes, valla arriba y una rafia. Pero me da que con tanta altura, la estabilidad puede ser un problema serio.
 
Uf, no entiendo de leyes y no sé si lo que planteas tiene recorrido o no. Pero si su casa estaba ya así cuando adquiriste la propiedad, y el cambio a peor (para ti) es a causa de unos muros tuyos que hay que derruir, veo complicado el asunto.

Además, independientemente de lo caro que resulte el proceso y del veredicto, meterte en juicios con el vecino que vive pegado a tu casa no parece muy buena idea... Ya sabes el dicho: 'juicios tengas y los ganes'.

Yo intentaría agotar la vía diplomática, vendiéndole el tema de tal forma que vea que el hecho de subir su muro representa un beneficio también para él, y no sólo para ti. De otro modo no va a entender que es él quien tiene que hacer el gasto y la obra cuando el único perjudicado actualmente por la situación eres tú.

Dile algo así como: 'Paco, ese murete bajo es un peligro, cualquier día tus hermanas se caen en mi patio y tenemos un disgusto. Sólo con que subieses un metrito más nos quedaríamos todos más tranquilos: yo obtendría algo más de intimidad y ellas estarían más seguras. Si quieres yo te ayudo, lo hacemos entre los 2 en un par de ratos y luego nos tomamos unas cervezas'.

La otra opción, si se niega, es poner tú algo que te proporcione privacidad; un tejadillo, unos toldos... un emparrado sencillo cubierto por una trepadora bonita (yo voto por esta última propuesta ojitos: )

P.D. No mees en el corral! Como te lea el ÑiÑi...
 
Dile algo así como: 'Paco, ese murete bajo es un peligro, cualquier día tus hermanas se caen en mi patio y tenemos un disgusto. Sólo con que subieses un metrito más nos quedaríamos todos más tranquilos: yo obtendría algo más de intimidad y ellas estarían más seguras. Si quieres yo te ayudo, lo hacemos entre los 2 en un par de ratos y luego nos tomamos unas cervezas'.
Pueblo... Lindes... Urraco... Ejem.

Hay veces que es mejor gastar un poco (o mucho) y empezar una nueva vida en terreno alejado con casa en el centro del terreno.

Casas adobadas, chungas en ciudad. En pueblo, mas chungas aun.
 
Veo razonable lo que dices, aunque puede que lo más rápido y sencillo sea hacer tú la pared o poner algo que también quite vistas y sea más barato (un muro de chapa de esas de obra o malla de ocultación).

Por su puesto primero intentaría que lo hagan ellos, y más siendo albañil el hermano. Si dicen que no luego le ofrecería poner yo el material y él la mano de obra. Si dice otra vez que no diría que entonces vas a ir a juicio a ver si así recapacita. Si al final está incluso dispuesto a ir a juicio yo entonces me lo pensaría y tal vez haría yo el muro, depende de cómo lo tengas de bien atado a nivel legal.
Infórmate de si le puedes enviar un burofax pidiendo que haga el muro y después hacerlo tú pero más adelante ir a juicio para pedir que te pague lo que has gastado , así lo tendrías ya hecho y no perderías tiempo.
 
Conozco casos de juicios en los que tuvieron que dejar una ventana con un muro delante para que no tuvieran vistas al vecino, pero claro la denuncia la pusieron poco después de hacer la ventana y no cuarenta años después.

Por ejemplo en mi pueblo unos espabilados hicieron una ventana que daba descaradamente al patio de un vecino y al final acabaron con un pedazo de muro como única vista desde la ventana. Pero entre que hicieron construir ese muro y no la justicia tardó un tiempo y antes de eso plantaron un árbol ya adulto delante de su ventana.
 
Gracias a todos,

A ver, no es que esté buscando cómo empurar al vecino, sino digamos que estoy explorando los diferentes escenarios posibles para reaccionar de modo adecuado a su respuesta. Me gusta anticiparme, y me gusta tener claro el tema legal para no dar pasos en falso si las cosas se ponen chungas.

Evidentemente, mi intención inicial es que se haga por las buenas. Incluso ofreciéndome a pagar el material, que me saldría más barato que levantar el muro o valla desde mi lado.

Si por las "buenas buenas" no se puede, se pasa ya a mostrarle los inconvenientes de la alternativa: si lo levanto por mi lado (la linde del muro es "de hoja", no de altura) yo va a ser más alto y te va a quitar más luz y aire, quizás suponga ruidos por el viento o por pájaros...Y ahí al que se la va a sudar va a ser a mí.

Y si veo que haga lo que haga le va a sentar mal, ahí es donde nos planteamos ponernos leguleyos y al menos salvar la cartera. Que siempre es mejor ser dialogante y resolver las cosas civilizadamente, pero tampoco hay que dejarse ver los bemoles.
 
no voy a leer todo el tocho, he llegado al punto 1 y crees mal. no hay altura mínima ni un muro retranqueado del vecino ha de servirte de privacidad alguna.

Si eres apañao, intenta arreglar el muro, enjaulalo y rellena de piedras, hazle un encofrado por encima, aseguralo y haz un muro vegetal.

tu privacidad es cosa tuya y siempre respetando el codigo civil... pon a metro y medio una linea de cipreses de rapido crecimiento y en unos años tendrás una muralla de privacidad.


ah y siempre, siempre, siempre, en temas de lindes.... si eres una persona como dios manda, tendrás las de perder.
 
Vete al ayuntamiento y entérate de la normativa. Normalmente no hay altura mínima sino máxima.
 
Vete al ayuntamiento y entérate de la normativa. Normalmente no hay altura mínima sino máxima.

Para edificar hay altura máxima que determina el Ayuntamiento, al igual que los retranqueos, voladizos sobre la calle, etc. Pero las servidumbres se regula por el Código Civil.
 
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