botacongatos
Madmaxista
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Hola buenas.
Tengo un bar en alquiler. El contrato de alquiler dice.. "La duración del presente arrendamiento se establece en cinco años desde la fecha tal, prorrogable por períodos de un año a voluntad del arrendatario, condicionadas las prórrogas a que el arrendatario esté al corriente de los pagos"
Mi duda es: a partir del 5º año, ¿el propietario puede subirme el alquiler a voluntad?
Si se supone que es el mismo contrato ¿no?, prorrogado pero el mismo, sólo podría subir el ipc.. ¿estoy en lo cierto?
Gracias por la ayuda. El foro es huevonudo, útil y super entretenido. Salud(os).
Tengo un bar en alquiler. El contrato de alquiler dice.. "La duración del presente arrendamiento se establece en cinco años desde la fecha tal, prorrogable por períodos de un año a voluntad del arrendatario, condicionadas las prórrogas a que el arrendatario esté al corriente de los pagos"
Mi duda es: a partir del 5º año, ¿el propietario puede subirme el alquiler a voluntad?
Si se supone que es el mismo contrato ¿no?, prorrogado pero el mismo, sólo podría subir el ipc.. ¿estoy en lo cierto?
Gracias por la ayuda. El foro es huevonudo, útil y super entretenido. Salud(os).