Prórroga de los PGE de 2023

Gorgojo Rojo

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Lo cierto es que no deben mover el asunto de unos PGE para 2024 porque el Gobierno está vulnerando la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (ampliación en PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2024 – Gorgojo Rojo (wordpress.com))

El art. 11.3 de la LOEPSF que dispone (art. 11.3)

"Excepcionalmente, el Estado y las Comunidades Autónomas podrán incurrir en déficit estructural en caso de catástrofes naturales, recesión económica grave o situaciones de emergencia extraordinaria que escapen al control de las Administraciones Públicas y perjudiquen considerablemente su situación financiera o su sostenibilidad económica o social, apreciadas por la mayoría absoluta de los miembros del Congreso de los Diputados.
En estos casos deberá aprobarse un plan de reequilibrio
que permita la corrección del déficit estructural teniendo en cuenta la circunstancia excepcional que originó el incumplimiento
"

En el caso de la Administración Central, el plan de reequilibrio debe elaborarse por el Gobierno, a propuesta del Ministro de Hacienda y Función Pública.

La apreciación a la que se refiere la LOEPSF se produjo (por última vez, porque el Gobierno viene actuando con esta matraca desde 2020) el 22 de Septiembre de 2022

Por su parte el art. 23.1 de la LOEPSF reza:

"Los planes económico-financieros y los planes de reequilibrio serán presentados, previo informe de la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, en los supuestos en que resulte preceptivo, ante los órganos contemplados en los apartados siguientes en el plazo máximo de un mes desde que se constate el incumplimiento, o se aprecien las circunstancias previstas en el artículo 11.3, respectivamente. Estos planes deberán ser aprobados por dichos órganos en el plazo máximo de dos meses desde su presentación y su puesta en marcha no podrá exceder de tres meses desde la constatación del incumplimiento o de la apreciación de las circunstancias previstas en el artículo 11.3"

Los órganos a los que alude el precepto anterior son las Cortes Generales.

Si nuestro país se viera abocado a una suspensión de pagos, habría que sentar en el banquillo por administración desleal a buena parte del Gobierno, si no todo.
 
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