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Guest
De aquí a unos meses voy a dejar el piso en el que estoy alquilado, y sospecho (es lo que me temo debido a la actitud del propietario y alguna conversación que hemos tenido) que puedo tener problemas para recuperar la fianza (más de mil euros).
Así que me gustaría anticiparme dentro de lo posible, y saber qué opciones tengo si se negara a devolverme la fianza.
Además, la vivienda tiene una serie de desperfectos que ya estaban cuando yo entré (y que convenientemente se encargó de ocultarme), y me jorobaría soberanamente que me saliera por ahí para quedarse con el dinero.
Si en el contrato no pone nada sobre someternos a arbitraje, en caso de problemas ¿tendría que ir a juicio, o existe algún otro mecanismo de arbitraje (similar al que existe en el orden jurisdiccional social) para arrendamientos?
¿Con qué ingresos máximos puedo solicitar un abogado de oficio? Según la web del Colegio de Abogados, el límite estaría en el IPREM anual. El problema es que desconozco cómo calcular mi IPREM, y cómo se contaría la unidad familiar para calcularlo (teniendo en cuenta que vivo solo pero sigo censado en casa de mis padres). ¿Eso incluiría el procurador también?
¿Cómo puedo saber si el casero ha depositado la fianza en el IVIMA? ¿y si está declarando por el alquiler?
A ver si alguien ha pasado por lo mismo y me puede dar ideas.
Saludos.
Así que me gustaría anticiparme dentro de lo posible, y saber qué opciones tengo si se negara a devolverme la fianza.
Además, la vivienda tiene una serie de desperfectos que ya estaban cuando yo entré (y que convenientemente se encargó de ocultarme), y me jorobaría soberanamente que me saliera por ahí para quedarse con el dinero.
Si en el contrato no pone nada sobre someternos a arbitraje, en caso de problemas ¿tendría que ir a juicio, o existe algún otro mecanismo de arbitraje (similar al que existe en el orden jurisdiccional social) para arrendamientos?
¿Con qué ingresos máximos puedo solicitar un abogado de oficio? Según la web del Colegio de Abogados, el límite estaría en el IPREM anual. El problema es que desconozco cómo calcular mi IPREM, y cómo se contaría la unidad familiar para calcularlo (teniendo en cuenta que vivo solo pero sigo censado en casa de mis padres). ¿Eso incluiría el procurador también?
¿Cómo puedo saber si el casero ha depositado la fianza en el IVIMA? ¿y si está declarando por el alquiler?
A ver si alguien ha pasado por lo mismo y me puede dar ideas.
Saludos.