Piden dos años de guandoca para dos empresarios acusados de hacer trabajar 14 horas diarias a un camio

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Relatos del sitio poco agradable laboral...

Dos responsables de una empresa de tras*portes de Cantabria están siendo juzgados en San Sebastián acusados de hacer trabajar 14 horas diarias, en una ruta de 920 kilómetros, a un camionero que presuntamente, fruto de esta situación, se prendió fuego a lo bonzo y murió quemado.

La Fiscalía de Gipuzkoa pide dos años de guandoca para cada uno de los acusados, mientras que la acusación particular, que ejerce la familia del fallecido, demanda dos años y medio, así como una responsabilidad civil de 107.000 euros.

El fallecimiento del tras*portista, de 41 años, se produjo la madrugada del 23 de noviembre de 2012, cuando descendió del vehículo que conducía, al paso de la carretera N-610 por Villalón de Campos (Valladolid), se roció con gasolina y se prendió fuego.

Por estos hechos, el Ministerio Público imputa al encargado y al administrador de la empresa un delito contra los derechos de los trabajadores por el que, además de la pena de guandoca, demanda una multa 3.600 euros.

Los hechos se produjeron entre 2012 y 2013, años en los que el camionero firmó tres contratos distintos como conductor "con una jornada laboral de 40 horas semanales, de lunes a domingo", según la Fiscalía.

La versión del Ministerio Público considera que, "abusando de la situación de carestía y el temor a la pérdida del trabajo que padecía" la víctima, los procesados le asignaron una ruta diaria de ida y vuelta, de lunes a sábado, "como conductor de un vehículo", que discurría por las localidades guipuzcoanas de Irun y Beasain, Vitoria y Benavente (Zamora).

Para cumplir este programa, el perjudicado cubría 920 kilómetros diarios, "conduciendo más de diez horas, sin tener en cuenta el tiempo de carga y descarga en cada población", circunstancia que, "aumentaba su jornada laboral" hasta "aproximadamente las doce o catorce horas".

La Fiscalía considera que, de esta forma, los procesados, "abusando de la situación de parquedad del fallecido", quien "superaba notablemente las 40 horas semanales" de trabajo, presuntamente "infringieron lo pactado en el contrato", así como lo dispuesto en el Convenio Colectivo de tras*porte de Mercancías por Carretera de Cantabria.

Este documento establece una jornada máxima de 40 horas, que el tiempo de conducción no exceda de las nueve horas diarias, "pudiendo llegar excepcionalmente a las diez un máximo de dos días por semana", y que el descanso mínimo entre jornadas alcance las diez horas.

La fiscal considera que esta situación llevó a la víctima a acudir a un centro de salud mental, "debido a que su situación iba empeorando" y le estaba provocando "agotamiento físico, insomnio precoz y la pérdida de quince kilos de peso", "aquejado de sus largas horas jornadas de trabajo".

En este centro le fueron recetados dos medicamentos, y una facultativa le recomendó que se cogiera la baja, si bien el trabajador se negó "por la necesidad de trabajar que tenía". En este contexto, el damnificado solicitó a los dos empresarios acusados que su jornada laboral se adecuara realmente a "lo dispuesto en su contrato", si bien los procesados le advirtieron de que "si no cumplía con su ruta sería objeto de despido".

"Con todo ello, se agravó su situación, hasta que el 23 de noviembre de 2012, decidió rociarse con gasolina y prenderse fuego, acabando así con su vida, cuando estaba prestando sus servicios por Villalón de Campos (Valladolid)".

Según han informado fuentes del caso, en la primera sesión del juicio, los acusados han negado haber sometido a acoso alguno al fallecido, mientras que la hermana del tras*portista ha recordado cómo su allegado se quejaba en sus conversaciones telefónicas de la enorme jornada laboral que tenía asignada, los dolores que sufría y la imposibilidad para dormir que la situación le creaba, entre otros padecimientos.

LA SEXTA TV | Piden dos años de guandoca para dos empresarios acusados de hacer trabajar 14 horas diarias a un camionero que acabó suicidándose
 
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una cosa son horas de conducción (90 horas bisemanales) y otra es horas de tacógrafo,

cargas, descargas y descansos.

Es la vida del camionero, puedes salir de casa un Lunes y no saber que día puedes volver, mientras se cumplan con las horas de tacógrafo no veo ningún delito
 
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