Leroy Jenkins
Madmaxista
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No pagar por encima de determinadas cantidades ES un delito, y está penado con carcel:
Artículo 305 CP:
"1. El que, por acción u omisión, defraude a la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral
o local, eludiendo el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener
o ingresos a cuenta, obteniendo indebidamente devoluciones o disfrutando beneficios
fiscales de la misma forma, siempre que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no
ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta o de las devoluciones o beneficios fiscales
indebidamente obtenidos o disfrutados exceda de ciento veinte mil euros será castigado con
la pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la citada cuantía,..."
Y por importes mayores, entras en el tipo agravado:
Artículo 305 bis.
"1. El delito contra la Hacienda Pública será castigado con la pena de prisión de dos a
seis años y multa del doble al séxtuplo de la cuota defraudada cuando la defraudación se
cometiere concurriendo alguna de las circunstancias siguientes:
a) Que la cuantía de la cuota defraudada exceda de seiscientos mil euros.
b) Que la defraudación se haya cometido en el seno de una organización o ..."