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Un retraso judicial anula la imputación de Plus Ultra y deja la causa en el aire
La Audiencia de Madrid dice que la citación de la aerolínea se produjo fuera del plazo de instrucción y, por tanto, no se le puede interrogar. La juez decidirá ahora si sigue adelante o archiva la causa
www.vozpopuli.com
La causa contra Plus Ultra sufre un importante revés. La Audiencia Provincial de Madrid ha dado la razón a la aerolínea en relación a la citación como imputada en el procedimiento en que se investiga el rescate de 53 millones de euros. Los magistrados entienden que su citación, avanzada por este medio, se produjo fuera del plazo de la instrucción y, por tanto, es inválida y no se puede celebrar.
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Así consta en un auto de la Sección número 2, que avanza Vozpópuli, y en el que explican que tiene razón la mercantil cuando defiende que no se le puede interrogar por estos hechos. La respuesta del ente se produce tras meses de parón en la causa que se sigue en los juzgados de Plaza Castilla y deja en el aire la continuidad del procedimiento en el que también están imputados los miembros del Consejo Gestor de la SEPI que autorizaron el desembolso de dinero público.
De esta forma, la Audiencia resuelve un conflicto que se remonta a comienzos de junio, cuando la magistrada Esperanza Collazos citó para el día 15 de ese mes al representante legal de Plus Ultra para interrogarle en relación al rescate. La compañía respondió que su imputación era nula porque se había acordado fuera del plazo que establece la ley para instruir la causa. En concreto, precisó que cualquier prueba acordada después del 8 de mayo de este año era inválida porque los 12 meses de instrucción vencieron sin que la juez los prorrogara.
La declaración de Plus Ultra
La juez respondió que el cómputo que fija el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal comienza cuando se adquiere la condición de imputado, no cuando arrancan las diligencias. Ello implica que entraría dentro del margen legal puesto que se le imputó en la causa el 25 de mayo. Por ese motivo tumbó la petición de Plus Ultra (que además solicita el archivo de la causa) y dejó la cuestión en manos de la Audiencia Provincial de Madrid.
No entraremos en si procede acordar el archivo de las actuaciones
Ahora la Audiencia de Madrid concluye que, agotado el plazo legal, no se puede practicar la diligencia. "De admitirse la práctica fuera de plazo, se produciría la lesión del derecho constitucional a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva", reza el auto. De esta forma la Justicia deja en el aire la posibilidad de que la titular del Juzgado Central de Instrucción número 15 de Madrid pueda actuar contra la aerolínea en tanto no se le ha interrogado durante la instrucción.
Pese a ello la Audiencia de Madrid deja claro que no va a resolver otras cuestiones planteadas por Plus Ultra tales como el archivo de la causa que lleva solicitando desde el comienzo junto con la Abogacía General del Estado y la Fiscalía. El motivo esgrimido es que, de hacerlo, vulneraría el principio de congruencia en tanto se tiene que pronunciar en primer término la juez instructora de la causa.
La causa sigue
"No entraremos en si procede acordar el sobreseimiento de las actuaciones, si las diligencias practicadas
extemporáneamente son válidas, o si cabe la práctica de la declaración como investigado del representante legal de la recurrente al amparo del artículo 780 LECrim., como diligencia complementaria. Se trata de cuestiones no abordadas en las resoluciones recurridas, por lo que cualquier decisión que se tomara al respecto vulneraría los principios procesales de contradicción y congruencia", recoge el auto.
Los jueces dejan la puerta abierta de esta forma a que la instructora se acoja al artículo 780 de la LECrim según el cual, al término de una investigación, las partes pueden solicitar la apertura de juicio oral y proponer "excepcionalmente" la práctica de diligencias complementarias a las que se han llevado a cabo durante la investigación.
En este caso arrancó en abril de 2021 a tenor de una querella interpuesta por Manos Limpias. En la misma se pedía que se investigase el rescate de 53 millones de euros a Plus Ultra al considerar que no cumplía las condiciones establecidas por el Gobierno para acceder al Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas afectadas por la crisis de la el bichito. Al contrario, sostenía que la información de la aerolínea guardaba vínculos con Venezuela y registraba pérdidas en los meses previos al inicio de la esa época en el 2020 de la que yo le hablo.
El peritaje que cuestiona Plus Ultra
La juez admitió a trámite la querella que se dirigía no solo contra Plus Ultra, sino también contra el que fuera presidente en funciones de la SEPI, Bartolomé Lora, y los miembros del Consejo Gestor, incluida la entonces secretaria de Estado de Economía y actual presidenta de Patrimonio Nacional, Ana de la Cueva. A la causa, abierta por delitos de malversación, contra la Hacienda Pública, fraude, cohecho y tráfico de influencias, se sumaron en calidad de acusaciones populares el Partido Popular y Vox.
Tras abrir diligencias, el juzgado recabó documental financiera de la aerolínea y encargó una pericial independiente para dilucidar si cumplí las condiciones para acceder al rescate. Pese a que la propia Plus Ultra se negó a esta diligencia, finalmente se celebró. Los peritos encargados por el juzgado advirtieron de tres posibles irregularidades: una presunta incorrección en las cuentas de 2019 de 6,3 millones de euros, la gestión de una línea de crédito en un banco de Dominica y las provisiones de 1,8 millones de euros por pleitos judiciales.
Dado que sus conclusiones distaban mucho de las obtenidas por los peritos de la SEPI, la juez ordenó un careo que se celebró en enero. En dicho encuentro los expertos del juzgado advirtieron que los tres puntos candentes detectados en su trabajo les llevaron a concluir que la aerolínea estaba en causa de disolución a fecha de 31 de diciembre de 2019; de manera que no cumpliría con uno de los requisitos establecidos por el Gobierno para ser rescatada.
Con todo, la diligencia quedó en papel mojado porque la declaración se grabó con fallos de audio. Ello llevó a la instructora a acordar una nueva fecha en la que de nuevo los expertos reiteraron sus dudas. En este segundo encuentro, celebrado en marzo, los peritos se extrañaron una de las primeras cosas que se planteó tras la inyección del dinero público fue pagar el petróleo a Venezuela. La compañía dijo al respecto que era su proveedor PDVSA, la petrolera estatal bolivariana.
La Abogacía del Estado y la fiscalía piden el sobreseimiento. Depende de la juez instructora.
53 minoyes.
Remad, macho cabríoes.