Eratostenes
Madmaxista
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Buenas tardes;
Ya sé que estamos fuera de plazo pero tengo una duda grande con el tema.
Matrimonió en gananciales con cuentas en el extranjero.
En la cuenta bancaria con 20.000€ hasta el 20 de Enero del año 2023.
El día 26 de ese mismo mes y año; se rescata un plan de pensiones por un valor de 65.000€ que se integra a esa cuenta. De golpe; no es renta vitalicia ni temporal; es puntual.
Total en la cuenta 85.000€; 20K de ahorros más 65K del rescate.
Esa cuenta sigue todo el año así; más o menos y termina el año:
Media trimestre final del año unos 94.000€ y cantidad a 31 de Diciembre unos 96.000€.
Bien; hasta ahí los datos.
Ahora las dudas:
En el Modelo 720 de la mujer está obligada a declarar en el apartado renta el rescate del dinero del plan de pensiones ( más de 50.000€) del plan; pero no la cuenta bancaria, porque sin el rescate en la cuenta bancaria hay menos de 50.000€. Pero el marido está obligado a declarar la cuenta bancaria porque La suma que hay en ella es más de 50.000€
¿Es así? ¿O la mujer también tiene que declarar la cuenta del banco al ser más de 50.000? Aunque son dos cosas distintas y no se deben sumar; ¿o si?
Es bastante enrevesado el temita.
Esto del 720 es un mundo “maravilloso “
He visto que si 50.001 personas titulares de la misma cuenta tienen en esa cuenta 50.001€ estos titulares deben declarar que tienen 1€ en el extranjero; es grandioso!!!
Espero comentarios al respecto; a ver si aclaro esto.
Gracias!!!
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Ya sé que estamos fuera de plazo pero tengo una duda grande con el tema.
Matrimonió en gananciales con cuentas en el extranjero.
En la cuenta bancaria con 20.000€ hasta el 20 de Enero del año 2023.
El día 26 de ese mismo mes y año; se rescata un plan de pensiones por un valor de 65.000€ que se integra a esa cuenta. De golpe; no es renta vitalicia ni temporal; es puntual.
Total en la cuenta 85.000€; 20K de ahorros más 65K del rescate.
Esa cuenta sigue todo el año así; más o menos y termina el año:
Media trimestre final del año unos 94.000€ y cantidad a 31 de Diciembre unos 96.000€.
Bien; hasta ahí los datos.
Ahora las dudas:
En el Modelo 720 de la mujer está obligada a declarar en el apartado renta el rescate del dinero del plan de pensiones ( más de 50.000€) del plan; pero no la cuenta bancaria, porque sin el rescate en la cuenta bancaria hay menos de 50.000€. Pero el marido está obligado a declarar la cuenta bancaria porque La suma que hay en ella es más de 50.000€
¿Es así? ¿O la mujer también tiene que declarar la cuenta del banco al ser más de 50.000? Aunque son dos cosas distintas y no se deben sumar; ¿o si?
Es bastante enrevesado el temita.
Esto del 720 es un mundo “maravilloso “
He visto que si 50.001 personas titulares de la misma cuenta tienen en esa cuenta 50.001€ estos titulares deben declarar que tienen 1€ en el extranjero; es grandioso!!!
Espero comentarios al respecto; a ver si aclaro esto.
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