gallofino
Madmaxista
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Y esto, es sólo el principio de la dictadura femichochal. Ella se tira 20 años sin pegar palo al agua: al gym, de tiendas y jijiji. Él, currando como un con poca gracia.
El fallo recoge que él, médico de profesión, no ha dejado de trabajar durante los 20 años de relación y ella, administrativa, apenas lo ha podido hacer
La Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado una pensión compensatoria y el uso de vivienda a una mujer, tras veinte años de matrimonio en los que apenas pudo trabajar, confirmando así la sentencia anterior emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ferrol. La sección quinta de la Audiencia acuerda la atribución del uso de esa vivienda y ajuar familiar, sitos en la parroquia de Laraxe, en Cabanas, a la esposa «durante tres años a contar desde la fecha de la presente resolución».
Además, el exmarido abonará, en concepto de pensión compensatoria para la exesposa, la cantidad de «1.000 euros mensuales durante un período de cuatro años, cantidad que se actualizará automática y anualmente el 1 de enero de cada año de acuerdo con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo fijado por el INE u organismo que le sustituya».
Médico y administrativa
El fallo recoge que él, de 62 años, es médico y no ha dejado de trabajar en los 20 años que ha durado la relación; mientras que ella es auxiliar administrativa y durante el matrimonio apenas tuvo empleo. El tribunal considera que le dan un «período suficiente para que alcance la estabilidad, por cuanto el divorcio le produciría un desequilibrio económico relevante en relación con la posición del esposo, principalmente por la notable diferencia de sus respectivas situaciones laborales e ingresos, dando lugar a que el nivel de vida de ella empeore notablemente con la ruptura». El hombre le ofrecía 400 euros para cerrar la relación sin un contencioso.
Sin hijos en común
La sentencia cierra este divorcio asegurando que «ambos tenían hijos de sus previos matrimonios y trabajaban desde antes de casarse hasta la actualidad, aunque la esposa de forma temporal y sin estabilidad». No tuvieron hijos en común, «por lo que ninguno habría visto limitado o impedido su desarrollo profesional y económico por el cuidado de la vivienda o la familia». Sin embargo, el fallo reconoce que la mujer tiene una edad en la que las «perspectivas laborales no se puede decir que vayan a ser mejores. Ha cotizado muchos menos años y evidentemente en mucha menor cuantía que él».
SIN HIJOS EN COMÚN, PENSIÓN COMPENSATORIA DE 1000 EUROS
Y derecho a utilizar la vivienda tres años
El fallo recoge que él, médico de profesión, no ha dejado de trabajar durante los 20 años de relación y ella, administrativa, apenas lo ha podido hacer
La Audiencia Provincial de A Coruña ha acordado una pensión compensatoria y el uso de vivienda a una mujer, tras veinte años de matrimonio en los que apenas pudo trabajar, confirmando así la sentencia anterior emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Ferrol. La sección quinta de la Audiencia acuerda la atribución del uso de esa vivienda y ajuar familiar, sitos en la parroquia de Laraxe, en Cabanas, a la esposa «durante tres años a contar desde la fecha de la presente resolución».
Además, el exmarido abonará, en concepto de pensión compensatoria para la exesposa, la cantidad de «1.000 euros mensuales durante un período de cuatro años, cantidad que se actualizará automática y anualmente el 1 de enero de cada año de acuerdo con las variaciones que experimente el índice de precios al consumo fijado por el INE u organismo que le sustituya».
Médico y administrativa
El fallo recoge que él, de 62 años, es médico y no ha dejado de trabajar en los 20 años que ha durado la relación; mientras que ella es auxiliar administrativa y durante el matrimonio apenas tuvo empleo. El tribunal considera que le dan un «período suficiente para que alcance la estabilidad, por cuanto el divorcio le produciría un desequilibrio económico relevante en relación con la posición del esposo, principalmente por la notable diferencia de sus respectivas situaciones laborales e ingresos, dando lugar a que el nivel de vida de ella empeore notablemente con la ruptura». El hombre le ofrecía 400 euros para cerrar la relación sin un contencioso.
Sin hijos en común
La sentencia cierra este divorcio asegurando que «ambos tenían hijos de sus previos matrimonios y trabajaban desde antes de casarse hasta la actualidad, aunque la esposa de forma temporal y sin estabilidad». No tuvieron hijos en común, «por lo que ninguno habría visto limitado o impedido su desarrollo profesional y económico por el cuidado de la vivienda o la familia». Sin embargo, el fallo reconoce que la mujer tiene una edad en la que las «perspectivas laborales no se puede decir que vayan a ser mejores. Ha cotizado muchos menos años y evidentemente en mucha menor cuantía que él».
SIN HIJOS EN COMÚN, PENSIÓN COMPENSATORIA DE 1000 EUROS
Y derecho a utilizar la vivienda tres años