Más de 15.000 denuncias por okupaciones. es una anécdota.

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La solución para desalojar rápidamente a los okupas que es esencial para la Policía, según los expertos​

La okupación de viviendas genera gran inquietud entre los ciudadanos, especialmente entre los propietarios que tienen casas vacías. Desalojar a los inquilinos no deseados es un proceso lento y complejo que puede extenderse en el tiempo, rozando los dos años de media, según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Para acortar esos plazos, desde la Agencia Negociadora del Alquiler (ANA) proponen hacer cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y crear un registro público de alquileres.

En concreto, piden modificar el artículo 37 de la LAU que permite que los contratos de arrendamiento de vivienda puedan celebrarse de forma verbal. La compañía aboga por que todos los contratos tengan que formalizarse obligatoriamente por escrito, lo que permitiría su inscripción obligatoria en un Registro Público de Arrendamientos. De este modo, cualquier contrato no inscrito sería "presumido como simulado", lo que impediría que los okupas se ampararan en falsos contratos, recibos u otras simulaciones para justificar su presencia en las viviendas.

Según José Ramón Zurdo, abogado experto en alquileres y CEO de la Agencia Negociadora del Alquiler, esta medida proporcionaría a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado un mecanismo ágil para actuar sin demora, ya que, al solicitar los títulos de posesión a los okupas, y al no estar inscritos en el registro, se les podría desalojar sin necesidad de largos procesos judiciales. "Con esta modificación", concluye Zurdo, "estaríamos dotando a las autoridades de una herramienta esencial para combatir de manera más eficaz esta lacra social".


En opinión de la ANA, parte de la responsabilidad de la okupación de viviendas recae en los políticos, que han implementado procedimientos excesivamente lentos para el desalojo de los infractores. Para la compañía, la Ley de Derecho a la Vivienda es un claro ejemplo de esta problemática. En dicha normativa, se exige a los arrendadores, al presentar una demanda, el absurdo de tener que probar que la vivienda okupada es la residencia habitual de los okupas y que los propietarios no son grandes tenedores de inmuebles.

Estos requisitos se complican aún más para los grandes tenedores, quienes deben además demostrar la vulnerabilidad de los ocupantes y haber intentado previamente un proceso de conciliación antes de iniciar cualquier acción judicial. Zurdo también denuncia que estas exigencias dilatan los procesos de desokupación de manera significativa, lo que parece evidenciar una falta de voluntad política para abordar de manera eficiente este problema que afecta a miles de propietarios en España, a los que el Estado les traspasa un problema que no les corresponde.

Más de 15.000 denuncias por okupaciones​

En 2023 se contabilizaron en España 15.298 denuncias por ocupaciones de viviendas -incluyendo tanto el delito de usurpación como el de allanamiento- frente a las 16.765 del año anterior, según datos del Ministerio del Interior. Por comunidades autónomas, Cataluña y Andalucía suman más de la mitad de los casos, con 6.258 denuncias y 2.331, respectivamente. Las infracciones también son elevadas en la Comunidad Valenciana (1.640), Comunidad de Madrid (1.516), Castilla-La Mancha (632) y Canarias (581).


En una horquilla de entre 400 y 200 denuncias se encuentran Baleares (407), País Vasco (293), Castilla y León (269) y Aragón (219). Por el contrario, los datos más reducidos se registran en la Ciudad Autónoma de Melilla (2), la Ciudad Autónoma de Ceuta (3), La Rioja (19), Navarra y Cantabria (ambas con 37 denuncias). De un año a otro, las denuncias aumentaron en ocho territorios, con Asturias (29,4%). La Rioja (15,6%) y Cantabria (14,5%). En cambio, disminuyeron en diez comunidades autónomas encabezadas por Región de Murcia (31,5%), Navarra (26,5%) y Comunidad Valenciana (19,1%).
 
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Este método consiste en pedir una pizza a domicilio a la dirección de la vivienda que van a entrar dos días antes. Con esto, recogen el pedido con el ticket en el portal y allanan el inmueble 48 horas después.

En el caso de acudir la policía por la llamada de algún testigo o de la alarma, el ticket de la pizza actuaría como justificante de su presunta residencia por lo que los agentes no podrían desalojarles de inmediato y el caso sería llevado a los tribunales.

Según la responsable de Asesoría Jurídica del Consejo General de los COPAI de España en una entrevista de Idealista, Montserrat Junyent, la técnica del ticket de la pizza se considera que se empezó a utilizar hace cuatro años en Cataluña con la ley de desahucio exprés.

Demora del sistema judicial​

Según datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), los fallos jurídicos para desalojar a estas personas en 2021 tardaron de media 18,1 meses. Un tiempo desglosado en 9,6 meses de los procedimientos en los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción de lo Civil y 8,5 meses de las apelaciones en las Audiencias Provinciales.

Montserrat Junyent explica en Idealista que en el caso de la técnica de pedir pizza, una vez que se ha producido el delito y el okupa está dentro del inmueble, no se puede hacer nada.

Los agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado también actuarían con cautela porque podrían ser inhabilitados por una denuncia de intervención y hasta perder el puesto.

Otras partes de España​

A pesar de iniciarse en Cataluña, esta tendencia no ha tardado a extrapolarse a otras zonas de España como Madrid, Andalucía o el Levante.

Reformas en la ley​

Ante estos sucesos, se han llegado pensar algunas propuestas de cambio como la lanzada en septiembre por el PSOE por la que se pretende incluir la posibilidad de desalojo en un plazo máximo de 48 horas y que todavía está en trámites. Supondría una modificación del artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.


Además del partido socialista, el PP y el PdeCat ya habrían solicitado antes cambios para agilizar el trámite en los juzgados.

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