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Viene bien, para el que quiera amortizar deuda o para cuando empiecen a subir los tipos de interés.
Los hipotecados podrán amortizar su deuda sin pagar comisiones a partir del sexto año - elEconomista.es
Los hipotecados podrán amortizar su deuda sin pagar comisiones a partir del sexto año - elEconomista.es
Los hipotecados podrán amortizar su deuda sin pagar comisiones
EVA CONTRERAS7:14 - 28/07/20160 Comentarios
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El Gobierno las retira a partir del sexto año y las baja al 0,25% hasta entonces
Una buena noticia para los hipotecados. Los titulares de préstamos inmobiliarios podrán eliminar o reducir su deuda sin coste alguno en comisiones de amortización a partir del sexto año de la contratación o beneficiarse de sustanciales rebajas en dichas tasas si deciden redimir la deuda antes de ese plazo.
Así figura en un Anteproyecto de Ley sobre contratos de crédito inmobiliario sometido por el Ministerio de Economía hasta el próximo día 15 de septiembre a consulta y que traspone una directiva hipotecaria que España debía haber incorporado antes de marzo y que pocos países han recogido aún en sus ordenamientos jurídicos.
Compensar el quebranto
El texto elimina, en términos generales, las comisiones por devolver anticipadamente los fondos, con alguna salvedad. En caso de reembolso o amortización anticipada total o parcial del préstamo en los primeros cinco años de vigencia valida la fijación de una comisión por un importe no superior al quebranto que sufrirá la entidad financiera por facilitar el repago temprano. De forma orientativa y como máximo, el borrador del Anteproyecto limita el cargo al 0,50% "del capital reembolsable anticipadamente" si la devolución temprana tiene lugar en los primeros tres años y el 0,25% si ocurre en los cinco que siguen a la formalización de la operación.
El nuevo régimen será válido para cualquier hipoteca o préstamo inmobiliario, incluso los ya firmados, informó ayer Efe. Y, en todo caso, deja abierta la opción a que las partes establezcan contractualmente los recargos, siempre que su aplicación resulte más favorecedora para el consumidor final.
La rivalidad de las entidades en pleno boom inmobilario, cuando se firmaron la mayoría de hipotecas en cartera, les empujó a eliminar comisiones de amortización parcial, limitando, en muchos casos, los cargos al repago final. El desfavorable entorno actual, con ingresos decrecientes por el euríbor a la baja y una demanda crediticia insuficiente, ha movido, en cambio, a recuperar cargos antes abolidos.
La tasa de amortización figura en la actualidad en una generalidad de contratos nuevos, influído además por el ascendente auge de los préstamos a tipos fijos. Las hipotecas variables han sido, tradicionalmente, menos gravosas en comisiones, pero con el Euríbor a la baja a la entidad le interesa prescribir los de precios fijos e interesa al consumidor, en la medida que garantiza cuotas invariables de por vida cuando las hipotecas en escaparates son las más baratas ofertadas nunca por el escenario de tipos de interés cero.
No en vano, un tercio de los nuevos préstamos se firma con cuotas de amortización estables hasta el final del crédito y el volumen se eleva al 57,3% al incluir créditos que combinan varios años de precios estables con otros ejercicios vinculados al Euríbor.
El Anteproyecto consagra el derecho del hipotecado a cambiar de divisa de referencia en su préstamo y prohíbe las ventas vinculadas. No impedirá, según informó Efe, que puedan seguir existiendo como fórmula de abaratar la financiación siempre que se ofrezcan los préstamos por separado en condiciones de mercado o cuenten con autorización del Banco de España.
Acaba con los incentivos al personal
La ley fulminará la perniciosa vinculación de incentivos a la concesión de hipotecas "estableciendo que la remuneración no dependa de la cantidad o de la proporción de solucitudes aceptadas".
Se busca por un lado romper la tentación se asumir riesgos excesivos, por un lado, y evitar que menoscabe el correcto asesoramiento, algo que la norma persigue garantizar con su inclusión como una condición exigible a las entidades.
Entre las novedades obliga igualmente a extinguir las pólizas de seguros vinculadas al préstamo cuando se cancele.