Los artículos del Código Penal que apuntan a Casado por sus afirmaciones contra Ayuso.

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Casado va a la COPE a echar más gasolina en el incendio de su partido

Tras permanecer en silencio en el día de ayer, hoy el presidente del Partido Popular ha acudido al programa de Carlos Herrera, y allí se ha dedicado a lanzar graves acusaciones e insidias contra Ayuso, sin aportar ninguna prueba contra ella.Con esos ataques, Casado no ha hecho más que confirmar la acusación que hizo ayer Ayuso contra él de estar detrás de la campaña contra ella. Lejos de ayudar a resolver la grave situación en el partido, hoy Casado se ha dedicado a echar gasolina en el incendio, de forma irresponsable y pegándose varios tiros en el pie, en un torpe intento por presentarse como una víctima.

La torpe declaración de Casado sobre una filtración ilegal contra Ayuso

Casado ha utilizado hoy el canal oficial del PP en Twitter para extender sus graves acusaciones e insidias -sin aportar ni una sola prueba, repito- contra Ayuso. Lo más pasmoso es que, a pesar de ser abogado, Casado parece haber olvidado lo que dicen varios artículos del Código Penal. La propia cuenta del PP en Twitter ha publicado este tuiteo con una de las declaraciones más escandalosas de Casado:


La curiosa insistencia de Casado en negar que esa filtración saliese de La Moncloa

Sobre esa información, Pablo Casado ha insistido que no procedía del gobierno, diciendo que contactaron con La Moncloa para confirmar si así era y que el ejecutivo lo negó. Es decir, que Casado se fía completamente de la palabra de un gobierno que ha mentido hasta la saciedad, y lo hace para difamar y calumniar a una de las dirigentes autonómicas de su partido. Hay que advertir que Hacienda dispone tanto de datos fiscales como bancarios de los contribuyentes, así que no cuesta mucho imaginar de dónde pudo haber salido esa información.

Los datos filtrados no prueban ningún delito de Ayuso, pero esa filtración sí que es delictiva

Lo más pasmoso es que en su entrevista, Casado pareció dar por buena esa información y la usó para atacar a Ayuso, afirmando que da pie a “pensar que ha habido tráfico de influencias”, a pesar de que los datos filtrados no prueban delito alguno. De hecho, la presidenta madrileña ha demostrado hoy que esos datos no eran correctos y que atribuían a su hermano un importe de dinero que no cobró, y por un concepto -el de supuestas comisiones- que no era tal. Así pues, las acusaciones contra Ayuso se desinflan todavía más.

El problema para el presidente del PP es que en su intento de incriminar, Casado ha expuesto unos hechos por los que se le podría acabar acusando a él de varios posibles delitos. Como señala el tuiteo del PP que hemos visto más arriba, Casado afirma que el PP recibió “datos fiscales y bancarios, imagino que de entidades públicas”, relativos a Ayuso. Se trataría de una filtración ilegal de datos personales por parte de un organismo público, un delito tipificado por el Artículo 197.2 del Código Penal y castigado con prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

El Artículo 197.2 CP castiga también a los que utilizan esos datos contra terceros

Hay que advertir que dicho Artículo 197.2 del Código Penal castiga al que “sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado” Es decir, que no sólo cometió un delito el que filtró ilegalmente esos datos, sino también quienes los utilizaron contra Ayuso. Hoy mismo en esa entrevista, Casado ha hablado de cantidades supuestamente cobradas por el hermano de Ayuso que formarían parte de esos datos filtrados. ¿Se olvidó Casado de lo que decía ese Artículo 197.2?

Lo que dice el Artículo 418 CP sobre el delito de revelación de secretos

Así mismo, el Artículo 418 del Código Penal, sobre el delito de revelación de secretos, afirma: “El particular que aprovechare para sí o para un tercero el secreto o la información privilegiada que obtuviere de un funcionario público o autoridad, será castigado con multa del tanto al triplo del beneficio obtenido o facilitado y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el período de uno a tres años. Si resultara grave daño para la causa pública o para tercero, la pena será de prisión de uno a seis años y la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y del derecho a gozar de los beneficios o incentivos fiscales o de la Seguridad Social durante el periodo de seis a diez años”.

¿Leyó Casado el Artículo 451 CP sobre el delito de encubrimiento?

Por otra parte, Casado no ha señalado en ningún momento que ni él ni su partido pusieran en conocimiento de la Justicia esa filtración ilegal de datos. Tratándose de un delito de revelación de secretos, el hecho de no haberlo denunciado también puede ser constitutivo de un delito, concretamente de encubrimiento, tipificado en el Artículo 451 del Código Penal, concretamente en su segundo supuesto: “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años el que, con conocimiento de la comisión de un delito y sin haber intervenido en el mismo como autor o cómplice, interviniere con posterioridad a su ejecución, de alguno de los modos siguientes: (…) 2.º Ocultando, alterando o inutilizando el cuerpo, los efectos o los instrumentos de un delito, para impedir su descubrimiento“.

Pide ejemplaridad Ayuso mientras utiliza una filtración ilegal contra ella

Estos hechos son de una enorme gravedad. Es el colmo del cinismo que Casado exija ejemplaridad a Ayuso mientras reconocer haber utilizado contra ella información filtrada de forma ilegal, en la comisión de un delito por parte de algún funcionario público, y pudiendo ser también constitutivo de delito el hecho de haber utilizado contra la presidenta madrileña esa filtración ilegal y no haberla denunciado ante la Justicia. Si Casado quería encender el ventilador de la sarama contra Ayuso, lo ha hecho con tanta torpeza que ha acabado lanzándose la sarama a sí mismo. Es inaudito que el presidente del segundo partido más votado de España y el líder de la oposición parlamentaria haga esas confesiones en una emisora de radio ante multitud de atónitos oyentes.

Si yo fuese Ayuso, hoy mismo me plantaba en un juzgado con la grabación de la citada entrevista en la COPE para denunciar esos presuntos delitos y que la Justicia los investigue. Es algo políticamente vergonzoso que hayan dirigido contra ella una campaña de desprestigio como la que ha salido a la luz en las últimas horas, pero los hechos revelados hoy por Casado rebasan el terreno de las responsabilidades políticas para adentrarse en el ámbito de las responsabilidades penales.

 
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