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noticiasLas claves de la 'ley tras*': cambio de sesso en el Registro sin necesidad de informe ni tratamiento a partir de los 14 años
  • Reconoce la identidad de las personas tras* a través de un procedimiento en el Registro Civil
  • El Consejo de Ministros celebrado este martes 29 de junio ha aprobado el anteproyecto de la ley


30.06.2021RTVE.ES
Tiempo de lectura
6 min.
La 'ley tras*', que el Consejo de Ministros ha aprobado este martes, permitirá la autodeterminación de género, es decir, el cambio de sesso en el Registro Civil sin necesidad de informe ni tratamiento médico a partir de los 14 años, un punto que ha ocasionado desencuentros entre el PSOE y Unidas Podemos y en el seno del colectivo feminista. Esto supone la despatologización del colectivo, es decir, se dejará de considerar enfermas a las personas tras*.

La Ley para la Igualdad Real y Efectiva de las personas tras* y de Garantía de los Derechos LGTBI, negociada entre los ministerios de Igualdad y Justicia, se ha aprobado dentro de un texto consolidado con la LGTBI, según el borrador al que ha tenido acceso RTVE. Sale a la luz tras meses de bloqueo dentro del Gobierno y después de no haber salido adelante en el Congreso una iniciativa similar presentada el pasado mayo tras la abstención del PSOE.

El concepto de la autodeterminación de género no aparece como tal escrito en el anteproyecto de la ley tras*, pero sí se legisla su contenido porque permite la rectificación del sesso en el registro legal. Estas son las principales claves de la ley, que previsiblemente tendrá también por delante una tramitación compleja:

Rectificación del sesso y del nombre en el Registro Civil
El anteproyecto de la ley tras* reconoce la identidad de las personas tras* a través de un procedimiento administrativo en el Registro Civil, donde la persona interesada expresará su voluntad ante el funcionario y volverá a hacerlo tres meses después para que el cambio sea efectivo.

El proceso se iniciará con la comparecencia de la persona interesada ante cualquier oficina del Registro Civil. Allí recibirá un formulario para manifestar la disconformidad con el sesso mencionado en su inscripción de nacimiento y la solicitud para que se proceda a la rectificación. En esa primera comparecencia, el funcionario o funcionaria informará de las consecuencias jurídicas y del régimen de reversión a la persona que solicita el reconocimiento en el registro.

Tras recibir toda esta información y si está conforme, la persona tras* deberá suscribir la primera solicitud para rectificar el sesso que figura en su inscripción de nacimiento. En un plazo máximo de tres meses, el Registro Civil deberá citarle de nuevo para que, finalmente, lo ratifique.

Firmada y presentada la solicitud, el funcionario o funcionaria comprobará la documentación del expediente y dictará una resolución en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha de la segunda comparecencia.

En el documento, se incluirá el nombre propio que se desea que figure en adelante, salvo en el caso de que la persona quiera conservar el que ha usado hasta ahora y sea conforme a los principios de libre elección del nombre propio previstos en la normativa reguladora del Registro Civil.

Eliminación del requisito de diagnóstico y tratamiento médico
El nuevo procedimiento acorta y facilita el proceso obligatorio hasta ahora, según el cual una persona que quisiera cambiar de sesso debía recibir un diagnóstico médico o psicológico a que acreditara su disforia de género -antes conocido como Trastorno de la Identidad de Género-. Además, dicha persona debía haber recibido un tratamiento de hormonas de al menos dos años.

https://img2-rtve-es.cdn.ampproject.org/ii/AW/s/img2.rtve.es/n/despatologizar-personas-tras*-clave-futura-ley-levanta-criticas-entre-parte-del-feminismo_2057445.png?w=240
Las claves de la futura 'ley tras*': por qué hay posturas enfrentadas dentro del feminismoROCÍO GIL GRANDE
La norma se adapta así a la decisión de la OMS de 2018, que dejó de considerar la disforia como enfermedad, por lo que dejaba de ser necesario cualquier tratamiento médico. También el Consejo de Europa instó en 2015 a los países miembros a desarrollar procedimientos rápidos y basados en la autodeterminación para cambiar el nombre y sesso en los registros.

Se permite el cambio de sesso desde los 14 años
Si se trata de personas menores de dieciocho años y mayores de dieciséis podrán pedir la rectificación del sesso de forma autónoma, y entre catorce y dieciséis años, lo podrán hacer, pero asistidos por su padre, progenitora o tutor legal. En estos dos casos no va a haber tampoco evaluaciones psicológicas o médicas ni hormonación.

En cambio, entre los 12 y los 14 años la situación cambia porque se necesita una aprobación judicial y el juez puede pedir las pruebas que considere necesarias. En ambos casos, la rectificación se podrá ratificar dos veces en tres meses y será un proceso reversible en los seis meses siguientes.

"Todos los intervinientes en el procedimiento tendrán en consideración en todo momento el interés superior de la persona menor", indica el borrador, que especifica también que la persona encargada del Registro Civil le deberá facilitar igualmente la información sobre las consecuencias jurídicas de la rectificación y toda la información complementaria en un lenguaje claro, accesible y adaptado a sus necesidades.

Organizaciones como la Plataforma tras* o la Federación Española de Gais, Lesbianas, Bisexual y tras* (FELGTB) lamentan que no estén incluidos en la ley los menores de 12 años, además de los migrantes y las personas no binarias.

Se mantendrán los derechos y obligaciones jurídicas anteriores
Las personas que soliciten la rectificación del sesso van a mantener los derechos y obligaciones jurídicas anteriores y no se va a evitar de esta forma una condena con agravante por razón de género. Algunas asociaciones feministas habían expresado su temor a que maltratadores pidan ser reconocidos como mujeres para burlar la ley.

El anteproyecto de ley recoge que a aquellos que lo soliciten, ya sean mayores o menores de edad, se les ofrecerán las medidas voluntarias de apoyo a lo largo del procedimiento de rectificación del registro que afecta a los ámbitos sanitario, social, laboral, educativo y administrativo; también las medidas de protección contra la discriminación, promoción del respeto y fomento de la igualdad de trato.

Igualmente, se le informará de la existencia de asociaciones y otras organizaciones de protección de los derechos en este ámbito a las que puede acudir.

Un apartado para las personas intersexuales
La ley incluye un apartado para las personas intersexuales, aquellas que nacen con órganos masculinos y femeninos.

Se prohíbe la modificación genital de los recién nacidos, excepto por razones puramente médicas. Se da la opción a los progenitores de dejar durante un año en blanco la casilla en el registro que menciona el sesso si así lo consideran y de mutuo acuerdo.

Prohíbe los métodos y programas de aversión o conversión
Se trata de un anteproyecto de ley consolidado con la LGTBI, en el que además de la 'ley tras*' está incluido el apartado LGTBI (que inicialmente Unidas Podemos quería por separado), y en este apartado lo más importante es que se prohíben los métodos, programas y terapias de aversión o conversión, incluso si tienen el consentimiento de la persona.

También se aborda la violencia y la LGTBfobia, con medidas de protección y reparación de las víctimas y nuevas sanciones para administraciones y particulares de hasta 10.000 euros.

El anteproyecto deberá recorrer todo un proceso legislativo de varios meses y tendrá que pasar por el Congreso y el Senado, por lo que se puede eliminar o modificar parte de su contenido.
 
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Si es así, es una chapuza. Podrás ser mujer pero jurídicamente serás un hombre. NI pies ni cabeza. Yo creo que lo que pasará es que si no tienes causas pendientes, al tener alguna se te juzgaría como mujer, pero si alguna causa empezó cuando eras hombre, la acabarás como hombre aunque por en medio tras*iciones.
 
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