AYN RANDiano2
Será en Octubre
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Artículo 9. Actividad.
1. Los partidos políticos ejercerán libremente sus actividades. Deberán respetar en las mismas los valores constitucionales, expresados en los principios democráticos y en los derechos humanos. Desarrollarán las funciones que constitucionalmente se les atribuyen de forma democrática y con pleno respeto al pluralismo.
2. Un partido político será declarado ilegal cuando su actividad vulnere los principios democráticos, particularmente cuando con la misma persiga deteriorar o destruir el régimen de libertades o imposibilitar o eliminar el sistema democrático, mediante alguna de las siguientes conductas, realizadas de forma reiterada y grave:
....Incluir regularmente en sus órganos directivos o en sus listas electorales personas condenadas por delitos de terrorismo
Según PIT el "golpe de estado" sería...aplicar la ley:
Aviso: no descojonarse... Pabo Iglesias denuncia "un" golpe de estado
https://www.elmundo.es/baleares/2023/05/20/6468a3e421efa076738b45bb.html
www.burbuja.info
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