Silverdaemon6
Madmaxista
- Desde
- 31 Dic 2020
- Mensajes
- 3.595
- Reputación
- 14.246
Todos seguiremos pensando que son grandes compañías que llevan la marca España por todo el mundo.
Pero cosas como estas
Ya hace un tiempo salió un cartel solo en conservación de carreteras
Ahora resulta que sale una organización mas compleja y estable en el tiempo. Parece que había hasta reuniones semanales.
Me imagino que los beneficios obtenidos son muy superiores a la multa, como debe ser para los prohombres empresarios que financian campañas electorales y ponen sillas a los políticos en sus consejos de administración.
Eso si, luego la noticia es que a Florentino le grabaron poniendo a parir a varios futbolistas y le chantajearon.
Lo que de verdad importa es esto
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por un importe total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras.
Las empresas y sanciones impuestas por Competencia son Acciona (29,4 millones), Dragados (57,1 millones), FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), OHL (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones), según ha informado este jueves Competencia en un comunicado.
Se reunían semanalmente desde 1992 y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas
La CNMC ha explicado que desde 1992 estas seis compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos.
-------------------------------------------------
AQUÍ LA NOTA DE PRENSA OFICIAL, MAS EXTENSA
La CNMC ha impuesto multas por un total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas: Acciona Construcción, S.A. (29,4 millones), Dragados, S.A. (57,1 millones), FCC Construcción (40,4 millones), Ferrovial Construcción (38,5 millones), Obrascón Huarte Lain, S.A. (21,5 millones) y Sacyr Construcción, S.A. (16,7 millones) por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras. (S/0021/20)
Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En este caso, se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc.
Entre las AAPP afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de tras*portes, Movilidad y Agenda Urbana) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.
Conductas y modus operandi del Grupo
Desde 1992, el Grupo se reunía semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública que se habían publicado en diferentes plataformas de contratación del Estado.
En las reuniones, las empresas decidían los concursos en que iban a compartir -entre todas o en un subgrupo- una parte o la totalidad de los trabajos que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones. Los trabajos se encargaban conjuntamente por los miembros del Grupo a empresas externas.
Las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo. La única personalización admitida era la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas. Las empresas desarrollaron unas complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta.
Además, en los encuentros semanales, las empresas intercambiaban información comercial sensible (diferente de la necesaria para compartir los trabajos), por ejemplo, su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían.
Acuerdos en las ofertas técnicas
En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general (hospitales, carreteras, aeropuertos, etc.) durante el periodo investigado la oferta técnica era en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia. Esta llegaba a alcanzar el 70% de la puntuación del concurso, frente al 30% correspondiente a la puntuación económica.
Los trabajos que compartían las constructoras eran siempre objeto de puntuación por la administración como parte de la oferta técnica[1]. En algunos supuestos, en torno al 5%, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración.
El hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública.
Las empresas disolvieron el G7 en el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia.
Efectos de las conductas
Los acuerdos colusorios sancionados han derivado en una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas por las empresas a la Administración contratante.
Las conductas también produjeron efectos sobre las empresas competidoras, que concurrieron a los contratos públicos en desventaja competitiva frente a las empresas del Grupo, ya que tuvieron que acometer un mayor coste para la preparación de las proposiciones técnicas. Además, al no disponer de la misma información estratégica que las empresas del Grupo, se alteraron los términos de competencia leal entre todos los oferentes.
Ha de tenerse en cuenta el efecto agregado que tuvieron sobre la competencia las prácticas colusorias, debido al gran número de obras en las que hubo trabajos compartidos entre empresas del Grupo, el elevado importe que entrañaron dichas obras y la prolongada duración en el tiempo de las prácticas.
Sanciones económicas y prohibición de contratación con la administración
Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que conlleva las siguientes sanciones:
La CNMC declara el archivo de las actuaciones contra la empresa Lantania, S.A.
Las conductas anticompetitivas sancionadas se han prolongado más allá de la fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar (22 de octubre de 2015) por lo que se remite la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública para que determine su duración y alcance.
La CNMC recuerda que contra estas resoluciones podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Entre las miles de licitaciones afectadas existen infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos y carreteras, según la CNMC. "Se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc", subraya Competencia.
Entre las administraciones públicas afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de tras*portes, Movilidad y Agenda Urbana), junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.
Pero cosas como estas
Ya hace un tiempo salió un cartel solo en conservación de carreteras
La CNMC desmantela un cártel que alteraba el resultado de licitaciones de los servicios de conservación y explotación de la Red de Carreteras del Estado | CNMC
El cártel, formado por 12 empresas, consiguió 71 de las 101 licitaciones del Ministerio de Fomento entre 2014 y 2018. Las empresas sancionadas
www.cnmc.es
Ahora resulta que sale una organización mas compleja y estable en el tiempo. Parece que había hasta reuniones semanales.
Me imagino que los beneficios obtenidos son muy superiores a la multa, como debe ser para los prohombres empresarios que financian campañas electorales y ponen sillas a los políticos en sus consejos de administración.
Eso si, luego la noticia es que a Florentino le grabaron poniendo a parir a varios futbolistas y le chantajearon.
https://www.ondacero.es/programas/t...rechazo_2021071560ef6083df51de0001da7f8a.html
Lo que de verdad importa es esto
Multa de 200 M a seis constructoras por manipular obras públicas durante 25 años
Las empresas y sanciones impuestas por la CNMC son Acciona (29,4 millones), Dragados (57,1), FCC (40,4), Ferrovial (38,5), OHL (21,5) y Sacyr (16,7)
www.elconfidencial.com
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por un importe total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras.
Las empresas y sanciones impuestas por Competencia son Acciona (29,4 millones), Dragados (57,1 millones), FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), OHL (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones), según ha informado este jueves Competencia en un comunicado.
Se reunían semanalmente desde 1992 y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas
La CNMC ha explicado que desde 1992 estas seis compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos.
-------------------------------------------------
AQUÍ LA NOTA DE PRENSA OFICIAL, MAS EXTENSA
La CNMC multa con 203,6 millones a 6 de las principales constructoras de nuestro país por alterar durante más de 25 años el proceso competitivo en las licitaciones de construcción de infraestructuras | CNMC
Las empresas sancionadas son Acciona Construcción, S.A., Dragados, S.A., FCC Construcción, Ferrovial Construcción, Obrascón Huarte Lain, S.A.
www.cnmc.es
La CNMC ha impuesto multas por un total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas: Acciona Construcción, S.A. (29,4 millones), Dragados, S.A. (57,1 millones), FCC Construcción (40,4 millones), Ferrovial Construcción (38,5 millones), Obrascón Huarte Lain, S.A. (21,5 millones) y Sacyr Construcción, S.A. (16,7 millones) por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras. (S/0021/20)
Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
En este caso, se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc.
Entre las AAPP afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de tras*portes, Movilidad y Agenda Urbana) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.
Conductas y modus operandi del Grupo
Desde 1992, el Grupo se reunía semanalmente para analizar las licitaciones de obra pública que se habían publicado en diferentes plataformas de contratación del Estado.
En las reuniones, las empresas decidían los concursos en que iban a compartir -entre todas o en un subgrupo- una parte o la totalidad de los trabajos que compondrían las ofertas técnicas de las licitaciones. Los trabajos se encargaban conjuntamente por los miembros del Grupo a empresas externas.
Las empresas no podían modificar los trabajos generados en conjunto para presentarlos en sus ofertas sin el conocimiento y la aprobación del resto de miembros del grupo. La única personalización admitida era la inclusión de logos y denominaciones de cada empresa en el documento conjunto para dar a las administraciones una apariencia de independencia en la presentación de las ofertas. Las empresas desarrollaron unas complejas normas de funcionamiento que fueron evolucionando durante el tiempo que duró la conducta.
Además, en los encuentros semanales, las empresas intercambiaban información comercial sensible (diferente de la necesaria para compartir los trabajos), por ejemplo, su intención de concurrir o no a licitaciones, o la intención de formar UTEs (Unión Temporal de Empresas) y los miembros que las integrarían.
Acuerdos en las ofertas técnicas
En el caso de los contratos de edificación y obra civil de infraestructuras de interés general (hospitales, carreteras, aeropuertos, etc.) durante el periodo investigado la oferta técnica era en muchas ocasiones la variable competitiva con mayor importancia. Esta llegaba a alcanzar el 70% de la puntuación del concurso, frente al 30% correspondiente a la puntuación económica.
Los trabajos que compartían las constructoras eran siempre objeto de puntuación por la administración como parte de la oferta técnica[1]. En algunos supuestos, en torno al 5%, las empresas llegaron a compartir el proyecto de licitación que iban a presentar a la Administración.
El hecho de compartir las ofertas técnicas y los intercambios de información entre licitadores incumplen los deberes de proposición única y de secreto de las proposiciones y eliminan la independencia exigida a las empresas en los procedimientos de contratación pública.
Las empresas disolvieron el G7 en el año 2017 y manifestaron expresamente que estos acuerdos podían ser contrarios a las normas de defensa de la competencia.
Efectos de las conductas
Los acuerdos colusorios sancionados han derivado en una menor variedad y calidad de las ofertas técnicas presentadas por las empresas a la Administración contratante.
Las conductas también produjeron efectos sobre las empresas competidoras, que concurrieron a los contratos públicos en desventaja competitiva frente a las empresas del Grupo, ya que tuvieron que acometer un mayor coste para la preparación de las proposiciones técnicas. Además, al no disponer de la misma información estratégica que las empresas del Grupo, se alteraron los términos de competencia leal entre todos los oferentes.
Ha de tenerse en cuenta el efecto agregado que tuvieron sobre la competencia las prácticas colusorias, debido al gran número de obras en las que hubo trabajos compartidos entre empresas del Grupo, el elevado importe que entrañaron dichas obras y la prolongada duración en el tiempo de las prácticas.
Sanciones económicas y prohibición de contratación con la administración
Las conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que conlleva las siguientes sanciones:
- Acciona Construcción, S.A.: 29,4 millones
- Dragados, S.A.: 57,1 millones
- FCC Construcción, S.A.: 40,4 millones
- Ferrovial Construcción, S.A.: 38,5 millones
- Obrascón Huarte Lain, S.A.: 21,5 millones
- Sacyr Construcción, S.A.:16,7 millones
La CNMC declara el archivo de las actuaciones contra la empresa Lantania, S.A.
Las conductas anticompetitivas sancionadas se han prolongado más allá de la fecha de entrada en vigor de la prohibición de contratar (22 de octubre de 2015) por lo que se remite la resolución a la Junta Consultiva de Contratación Pública para que determine su duración y alcance.
La CNMC recuerda que contra estas resoluciones podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
Entre las miles de licitaciones afectadas existen infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos y carreteras, según la CNMC. "Se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc", subraya Competencia.
Entre las administraciones públicas afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de tras*portes, Movilidad y Agenda Urbana), junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes.