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La sensación de abandono lleva a más padres a desheredar a sus hijos.
El confinamiento agravó la fractura: hizo que los progenitores se sintieran maltratados
La legítima, suprimida en la mayoría de los países de nuestro entorno, está en cuestión
Una notaría calcula en un 5 o 6% la cifra de testamentos con cláusula de exclusión del heredero forzoso
Así es el programa que pone en contacto a mayores para disfrutar de mutua compañía
Soledad.Un hombre mayor cruza el puente de un Paseo de la Castellana sin coches en mayo de 2020
Dani Duch
Poco que hacer, mucho tiempo para pensar, la fin al acecho y, en algunos casos, deterioro de unos vínculos familiares que ya estaban maltrechos. El período del confinamiento llevó a muchas personas a pensar en su testamento y disparó el interés en desheredar a los hijos ingratos como consecuencia de la falta de relación o la sensación de abandono.
“La esa época en el 2020 de la que yo le hablo lo que ha hecho sobre todo es que mucha gente se haya olvidado de sus mayores. Se ha acentuado el hecho de que muchos ya no tenían relación con ellos y no les ha importado seguir sin comunicación. Muchos han acabado la paciencia y han decidido informarse sobre cómo desheredar”. Esta exposición de hechos corresponde a Marcelo Cornellà, presidente de la Asociación Cultural de Mayores de Fuenlabrada (Acumafu), una entidad que lleva años asesorando a ancianos sobre la, en España, difícil tarea de desheredar a los hijos que los han desatendido. Ha llegado a registrar picos de entre 200 y 300 consultas semanales.
En primera instancia, la asociación nombra a un mediador para intentar recuperar la relación. “Cuando eso no se consigue se inicia el proceso en el que nosotros solemos denunciar por maltrato psicológico”, apunta Cornellà.
El derecho se sucesiones se recoge en el Código Civil de 1889, una norma anacrónica
El derecho de sucesiones está regulado en el Código Civil Español, una norma de 1889 que establece sistema de tercios: el tercio de la legítima, destinado a los herederos forzosos; el tercio de mejora, con el que el testador puede aumentar la dotación a uno o varios descendientes sin necesidad de que sea a partes iguales; y el tercio de libre disposición. (En Catalunya la legítima es del 25% y en Navarra del 0% si el causante lo especifica en su escrito). Los motivos de desheredación están tasados y solo contemplan gravísimas ofensas, como haber sido condenado por atentar contra la vida del padre o la progenitora, negarle alimentos al testador o haberlo acusado falsamente de un delito. Hablamos de una época con unos valores familiares o sociales que tienen poco que ver con los de la actualidad. Pero dos sentencias del Tribunal Supremo de 2014 y 2015 flexibilizaron las causas de desheredación al equiparar el maltrato físico al maltrato psicológico que pueden sufrir los mayores desatendidos por los hijos.
“Que no tengan contacto con los hijos o que no les dejen ver a los nietos es algo relativamente fácil de demostrar (en un pleito para desheredar)”, asegura Cornellà: “En sede judicial se pide al hijo que aporte fotografías de los últimos cuatro años en fiestas de Navidad o cumpleaños. No puede, prueba fehaciente del maltrato psicológico”.
José Alberto Marín, decano de Colegio Notarial de Catalunya, indica que en los últimos años no ha parado de crecer el número de personas que acuden a hacer testamento con la intención de desheredar a los hijos, de privarlos de la legítima. “No sabemos el motivo, pero cada vez son más los casos de mala relación entre padres e hijos y, con la esa época en el 2020 de la que yo le hablo, se han intensificado porque muchas personas mayores han visto aumentar la sensación de abandono”, apunta.
En los países que han suprimido la figura del heredero forzoso los familiares próximos no reciben menos
Si bien no existen estadísticas oficiales sobre los testamentos con cláusula de exclusión de la legítima, la experiencia de Marín indica que pueden suponer el 5% o el 6% de los casi 400 testamentos que tramitan en su notaría al cabo del año. Aunque, precisa, estos datos no tienen por qué ser representativos de todos los testamentos, porque Catalunya es la comunidad donde más herencias con testamento se tramitan y, por otra parte, la legítima tiene menos peso con respecto a territorios que se rigen por el Código Civil Español.
La cláusula mencionada consiste en especificar que se excluye de la herencia a los herederos forzosos si en el momento de abrirse el testamento se haya suprimido de la ley de sucesiones la obligación legal a algo que debe nacer del afecto.
Un muestreo de Acumafu concluye que las desherencias se originan muy especialmente en un conflicto entre hijos y progenitores separados. “Los hijos guardan rencor a uno de los dos cónyuges desde la separación, y el enquistamiento de ese repruebo, porque al final es repruebo, es muy difícil resolverlo con la mediación”, explica Cornellà. Uno de los últimos casos que ha llegado a su asociación es el de una mujer que se ocupa de sus padres mientras sus hermanos no quieren hacerse cargo. “Se trata de sancionar a los que no quieren saber nada”, exclama Cornellà.
Las causas de desheredación son muy graves, como haber atentado contra la vida de los padres
“Del confinamiento estricto muchas personas mayores han sufrido algo de abandono de sus familias y tuvimos la percepción de que aumentaban las consultas sobre desheredaciones”, confirma Ramon Quintano, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia. “Son situaciones que te ponen frente al espejo y la gente, en muchos casos personas mayores que pasaron mucho tiempo sin poder salir de las residencias, se puso a pensar en su futuro”, abunda, mientras el debate sobre el anacronismo de la legislación sucesoria permanece vivo. La legítima está en crisis.
“Pensamos que lo que uno tiene debería ser de libre disposición, sin la obligación de tener que dárselo a nadie que no se lo merezca”, afirma Cornellà. Según Quintano, la legítima “es una discusión, más que legal o jurídica ética o filosófica, y en el debate teórico sobre su supresión aparecen pros y contras. Se entiende que la legislación debe favorecer algo de continuación familiar”.
Un notario escribió en una revista corporativa: “Son legión quienes proponen su supresión (de las legítimas) en favor de la ansiada libertad de testar. Parece que cualquier día nos desayunamos con la noticia en el BOE de su eliminación del Código Civil”. Era el año 2005, pero la vieja norma persiste, modernizada por la reciente creación jurisprudencial del Tribunal Supremo, aunque se ha demostrado que en los países sin legítimas los familiares próximos no reciben en conjunto menos de lo que reciben en los países que tienen legisladas reservas forzosas.
Artículo de pago de "La Vanguardia", dadme las gracias.
Por cierto, no estoy abonado, hay trucos.
El confinamiento agravó la fractura: hizo que los progenitores se sintieran maltratados
La legítima, suprimida en la mayoría de los países de nuestro entorno, está en cuestión
Una notaría calcula en un 5 o 6% la cifra de testamentos con cláusula de exclusión del heredero forzoso
Así es el programa que pone en contacto a mayores para disfrutar de mutua compañía
Soledad.Un hombre mayor cruza el puente de un Paseo de la Castellana sin coches en mayo de 2020
Dani Duch
Poco que hacer, mucho tiempo para pensar, la fin al acecho y, en algunos casos, deterioro de unos vínculos familiares que ya estaban maltrechos. El período del confinamiento llevó a muchas personas a pensar en su testamento y disparó el interés en desheredar a los hijos ingratos como consecuencia de la falta de relación o la sensación de abandono.
“La esa época en el 2020 de la que yo le hablo lo que ha hecho sobre todo es que mucha gente se haya olvidado de sus mayores. Se ha acentuado el hecho de que muchos ya no tenían relación con ellos y no les ha importado seguir sin comunicación. Muchos han acabado la paciencia y han decidido informarse sobre cómo desheredar”. Esta exposición de hechos corresponde a Marcelo Cornellà, presidente de la Asociación Cultural de Mayores de Fuenlabrada (Acumafu), una entidad que lleva años asesorando a ancianos sobre la, en España, difícil tarea de desheredar a los hijos que los han desatendido. Ha llegado a registrar picos de entre 200 y 300 consultas semanales.
En primera instancia, la asociación nombra a un mediador para intentar recuperar la relación. “Cuando eso no se consigue se inicia el proceso en el que nosotros solemos denunciar por maltrato psicológico”, apunta Cornellà.
El derecho se sucesiones se recoge en el Código Civil de 1889, una norma anacrónica
El derecho de sucesiones está regulado en el Código Civil Español, una norma de 1889 que establece sistema de tercios: el tercio de la legítima, destinado a los herederos forzosos; el tercio de mejora, con el que el testador puede aumentar la dotación a uno o varios descendientes sin necesidad de que sea a partes iguales; y el tercio de libre disposición. (En Catalunya la legítima es del 25% y en Navarra del 0% si el causante lo especifica en su escrito). Los motivos de desheredación están tasados y solo contemplan gravísimas ofensas, como haber sido condenado por atentar contra la vida del padre o la progenitora, negarle alimentos al testador o haberlo acusado falsamente de un delito. Hablamos de una época con unos valores familiares o sociales que tienen poco que ver con los de la actualidad. Pero dos sentencias del Tribunal Supremo de 2014 y 2015 flexibilizaron las causas de desheredación al equiparar el maltrato físico al maltrato psicológico que pueden sufrir los mayores desatendidos por los hijos.
“Que no tengan contacto con los hijos o que no les dejen ver a los nietos es algo relativamente fácil de demostrar (en un pleito para desheredar)”, asegura Cornellà: “En sede judicial se pide al hijo que aporte fotografías de los últimos cuatro años en fiestas de Navidad o cumpleaños. No puede, prueba fehaciente del maltrato psicológico”.
José Alberto Marín, decano de Colegio Notarial de Catalunya, indica que en los últimos años no ha parado de crecer el número de personas que acuden a hacer testamento con la intención de desheredar a los hijos, de privarlos de la legítima. “No sabemos el motivo, pero cada vez son más los casos de mala relación entre padres e hijos y, con la esa época en el 2020 de la que yo le hablo, se han intensificado porque muchas personas mayores han visto aumentar la sensación de abandono”, apunta.
En los países que han suprimido la figura del heredero forzoso los familiares próximos no reciben menos
Si bien no existen estadísticas oficiales sobre los testamentos con cláusula de exclusión de la legítima, la experiencia de Marín indica que pueden suponer el 5% o el 6% de los casi 400 testamentos que tramitan en su notaría al cabo del año. Aunque, precisa, estos datos no tienen por qué ser representativos de todos los testamentos, porque Catalunya es la comunidad donde más herencias con testamento se tramitan y, por otra parte, la legítima tiene menos peso con respecto a territorios que se rigen por el Código Civil Español.
La cláusula mencionada consiste en especificar que se excluye de la herencia a los herederos forzosos si en el momento de abrirse el testamento se haya suprimido de la ley de sucesiones la obligación legal a algo que debe nacer del afecto.
Un muestreo de Acumafu concluye que las desherencias se originan muy especialmente en un conflicto entre hijos y progenitores separados. “Los hijos guardan rencor a uno de los dos cónyuges desde la separación, y el enquistamiento de ese repruebo, porque al final es repruebo, es muy difícil resolverlo con la mediación”, explica Cornellà. Uno de los últimos casos que ha llegado a su asociación es el de una mujer que se ocupa de sus padres mientras sus hermanos no quieren hacerse cargo. “Se trata de sancionar a los que no quieren saber nada”, exclama Cornellà.
Las causas de desheredación son muy graves, como haber atentado contra la vida de los padres
“Del confinamiento estricto muchas personas mayores han sufrido algo de abandono de sus familias y tuvimos la percepción de que aumentaban las consultas sobre desheredaciones”, confirma Ramon Quintano, vocal de la Asociación Española de Abogados de Familia. “Son situaciones que te ponen frente al espejo y la gente, en muchos casos personas mayores que pasaron mucho tiempo sin poder salir de las residencias, se puso a pensar en su futuro”, abunda, mientras el debate sobre el anacronismo de la legislación sucesoria permanece vivo. La legítima está en crisis.
“Pensamos que lo que uno tiene debería ser de libre disposición, sin la obligación de tener que dárselo a nadie que no se lo merezca”, afirma Cornellà. Según Quintano, la legítima “es una discusión, más que legal o jurídica ética o filosófica, y en el debate teórico sobre su supresión aparecen pros y contras. Se entiende que la legislación debe favorecer algo de continuación familiar”.
Un notario escribió en una revista corporativa: “Son legión quienes proponen su supresión (de las legítimas) en favor de la ansiada libertad de testar. Parece que cualquier día nos desayunamos con la noticia en el BOE de su eliminación del Código Civil”. Era el año 2005, pero la vieja norma persiste, modernizada por la reciente creación jurisprudencial del Tribunal Supremo, aunque se ha demostrado que en los países sin legítimas los familiares próximos no reciben en conjunto menos de lo que reciben en los países que tienen legisladas reservas forzosas.
La sensación de abandono lleva a más padres a desheredar a sus hijos
Poco que hacer, mucho tiempo para pensar, la fin al acecho y, en algunos casos, deterioro de unos vínculos familiares que ya estaban maltrechos. El período del
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