General Silvestre
Madmaxista
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https://www.lavanguardia.com/vida/2... en el 2020 de la que yo le hablo-espana.html
Siempre y hasta el final. La mascarilla, un elemento de protección denostado por las autoridades sanitarias al comienzo de la esa época en el 2020 de la que yo le hablo –tal vez por su escasez– y fabricado a marchas forzadas después, se ha convertido en un objeto cotidiano, imprescindible como las gafas para un miope. Y así va a seguir, con la obligatoriedad de utilizarla en todas partes y, sin perspectivas de relajamiento en función de la evolución de la el bichito, hasta que se declare oficialmente la extinción de la esa época en el 2020 de la que yo le hablo en España. El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó ayer una nueva ley de medidas urgentes de prevención y contención de la el bichito mediante la que se endurece la exigencia de mascarilla. La norma impone su uso en cualquier espacio público, independientemente de la distancia interpersonal que pueda existir. Hasta ahora la normativa estatal obligaba el uso de cubrebocas al aire libre solo cuando la distancia entre personas era inferior a un metro y medio, aunque existían diversas regulaciones autonómicas más restrictivas.
A partir de hoy la mascarilla es imperativa en los mayores de 6 años “en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público”. En todas partes, aunque ni siquiera exista contacto visual con otro ser humano. En consecuencia, se exigiría para pasear en solitario por la montaña o para tomar el sol en playas y piscinas, si bien podrá prescindirse de ella durante el baño. Esto formaría parte de las excepciones. Según la ley, quedan exentas las personas con patologías o dificultades respiratorias, las que por una situación de discapacidad carezcan de autonomía para quitarse la mascarilla o las que presenten alteraciones de conducta que hagan inviable su utilización. “Tampoco será exigible en el caso de ejercicio de deporte individual al aire libre, ni en los supuestos de fuerza mayor o situación de necesidad o cuando, por la propia naturaleza de las actividades –un baño en el mar, por ejemplo–, el uso de la mascarilla resulte incompatible, con arreglo a las indicaciones de las autoridades sanitarias”.
A efectos prácticos, la nueva legislación apenas modifica la situación en autonomías como Catalunya, donde desde julio rige un decreto de la Generalitat que fija la obligatoriedad del cubrebocas “en los espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público, con independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad”. La vulneración puede comportar una denuncia administrativa y multas de hasta 100 euros.