La ley del solo sí es sí cambia las reglas de las cenas de Navidad: más responsabilidad penal para las empresas

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La ley del solo sí es sí cambia las reglas de las cenas de Navidad: más responsabilidad penal para las empresas
La nueva norma introduce la posibilidad de que las compañías afronten responsabilidad penal por las situaciones de acoso sensual que puedan darse en la plantilla
Foto: Cena de empresa en Navidad.
Cena de empresa en Navidad.
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Irene Cortés
10/12/2022 - 05:00
Llega el mes diciembre y, con él, la temporada oficial de las cenas de empresa. Más allá del entusiasmo con el que algunos esperan este evento tras dos años de esa época en el 2020 de la que yo le hablo, estos encuentros tienen una cara negativa: el consumo de alcohol, junto con un ambiente más distendido y desinhibido del que suele haber en la oficina, puede favorecer conductas de acoso sensual. De hecho, ya hay compañías en España que limitan o prohíben el alcohol en sus cenas navideñas con el objetivo de evitar un clima que propicie este tipo de comportamientos. Un riesgo que siempre ha estado presente, pero que este año cobra más importancia para las organizaciones.
La razón es la Ley de Garantía Integral de la Libertad sensual, también conocida como ley del solo sí es sí. Esta norma, que entró en vigor el pasado mes de octubre, trae varios cambios relevantes para las empresas, ya que introduce nuevos delitos en el catálogo de infracciones por el que pueden ser condenadas las compañías. Se trata del acoso sensual y del delito contra la integridad jovenlandesal en el ámbito laboral. De acuerdo con la nueva redacción, la compañía podría enfrentar responsabilidad penal por las infracciones que comentan sus empleados, sea cual sea su categoría, salvo que puedan demostrar que contaban con un sistema eficaz de prevención.

"Con la entrada en vigor de esta nueva norma, las empresas podrán ser responsables penales frente al acoso sensual en sus entornos laborales", resume Begoña Fernández, socia de Compliance de Deloitte Legal. En este sentido, las cenas navideñas suponen un evento sensible para las entidades, que deberán desplegar medidas de sensibilización para evitar que se produzcan este tipo de casos. "La persona afectada podría demandar a la compañía en caso de que no tenga los protocolos de prevención de violencia sensual adaptados a la nueva normativa", añade por su parte Silvia Palacios, socia directora del área de Laboral en Selier Abogados.
Foto: Foto: iStock.

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La abogada recuerda que, a pesar de celebrarse fuera del horario laboral y la oficina, las obligaciones empresariales siguen vigentes, ya que "se extienden a otros contextos vinculados con el trabajo, como son estas cenas". De hecho, los tribunales ya se han pronunciado sobre casos muy similares, confirmando la responsabilidad de los empleados por actos cometidos fuera de su jornada. Sin ir más lejos, en mayo del año pasado, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid avaló el cese de un directivo por acosar sexualmente a una subordinada durante el cóctel navideño de la compañía.



Asimismo, y más allá de la responsabilidad penal que introduce la ley del solo sí es sí, Palacios indica que las entidades también pueden enfrentar multas de hasta 225.000 euros. Al fin y al cabo, recuerda, la ausencia de medidas de prevención supone una vulneración de la ley de igualdad y no discriminación, lo que se considera una infracción muy grave.
Foto: La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, durante una rueda de prensa en agosto. (Luca Piergiovanni/EFE)

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Campañas de concienciación y cursos
La obligación empresarial de contar con protocolos de prevención del acoso sensual dentro de la plantilla no es algo nuevo. Antes de la entrada en vigor de la ley del solo sí es sí, las compañías también tenían ciertas exigencias, aunque estaban enfocadas desde un punto de vista reactivo más que preventivo. Con la nueva norma, sin embargo, las organizaciones deben asumir un papel mucho más comprometido en la lucha contra el acoso. "Tendrán que probar que han creado un clima de trabajo en el que no se toleran este tipo de conductas", señala Alberto Fernández, socio del departamento de Laboral en Broseta.

En la práctica, esto implica un esfuerzo añadido por parte de los empresarios, que deberán contar no solo con protocolos que definan cómo actuar en estos casos, sino también tendrán que llevar a cabo medidas concretas en materia de prevención, control y sensibilización. Por ejemplo, campañas de concienciación que expliquen qué conductas pueden suponer acoso o cursos de formación a la plantilla. "Debe acreditarse el compromiso de la compañía en la prevención, detección y reacción frente a estas conductas delictivas", insiste Fernández. Pero no solo eso. Fernando Ruiz Linaza, socio de Laboral en Deloitte Legal, agrega que las empresas deben hacer una valoración del riesgo de violencia sensual al que pueden estar sometidas las empleadas según su puesto de trabajo, "debiendo formar e informar de ello a sus trabajadoras", concreta el socio de Laboral.
 
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