MAESE PELMA
me gusta depilarme los huevones y tocármelos
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Nueva rebaja por la ley del sólo sí es sí impulsada por el Ministerio de Igualada de Irene Montero. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reducido de dos años a uno y medio las penas de guandoca impuestas a dos jóvenes paraguayos condenados por la Audiencia de Sevilla por abusar sexualmente de menor de edad. Ambos mantuvieron relaciones sensuales con una chica de 13 años que acabó afectada por un bichito de tras*misión sensual, si bien el fallo señala que la menor consintió las relaciones e incluso las alentó.
La sentencia del TSJA, emitida el 5 de marzo, resuelve los recursos de apelación de los acusados contra la sentencia inicial condenatoria. En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declaró probado que a principios de 2016, una menor de 13 años conoció en los aparcamientos de la Cooperativa de San Juan de Aznalfarache (Sevilla) a los acusados Jesús Manuel G. F., de 20 años, y Federico Nicolás B. A., de 19, ambos de nacionalidad paraguaya.
Los procesados «se reunían en dicho lugar con otros amigos de la misma nacionalidad a jugar al béisbol y realizar botellones, entablándose una relación de amistad con ellos, con los que consumía bebidas alcohólicas». Posteriormente, a relación adquirió «contenido sensual» y desencadenó en distintos contactos sensuales entre ellos, «consentidas e incluso incitadas por la menor, que incluso llegaba a escaparse de su casa de noche para satisfacer sus apetitos carnales».
Tras mantener relaciones con Jesús Manuel G. F. en el domicilio de éste, días después hizo lo propio con otros de sus amigos, «llegando a citarse en ocasiones con varios para llevar a cabo dichas relaciones, en las que por indicación de ella, estaba con uno y después con otro y así sucesivamente, incluso ella llegó a sugerir la realización de tríos».
Unas lechonas en toda regla.
Lo dije y lo vuelvo a repetir: las manadas son una invención de la propaganda estatal.
La sentencia del TSJA, emitida el 5 de marzo, resuelve los recursos de apelación de los acusados contra la sentencia inicial condenatoria. En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declaró probado que a principios de 2016, una menor de 13 años conoció en los aparcamientos de la Cooperativa de San Juan de Aznalfarache (Sevilla) a los acusados Jesús Manuel G. F., de 20 años, y Federico Nicolás B. A., de 19, ambos de nacionalidad paraguaya.
Los procesados «se reunían en dicho lugar con otros amigos de la misma nacionalidad a jugar al béisbol y realizar botellones, entablándose una relación de amistad con ellos, con los que consumía bebidas alcohólicas». Posteriormente, a relación adquirió «contenido sensual» y desencadenó en distintos contactos sensuales entre ellos, «consentidas e incluso incitadas por la menor, que incluso llegaba a escaparse de su casa de noche para satisfacer sus apetitos carnales».
Tras mantener relaciones con Jesús Manuel G. F. en el domicilio de éste, días después hizo lo propio con otros de sus amigos, «llegando a citarse en ocasiones con varios para llevar a cabo dichas relaciones, en las que por indicación de ella, estaba con uno y después con otro y así sucesivamente, incluso ella llegó a sugerir la realización de tríos».
El TSJA aplica el 'sólo sí es sí' y rebaja la pena a dos paraguayos que abusaron de una niña de 13 años
El TSJA aplica la Ley Montero y rebaja la pena a dos paraguayos que abusaron de una niña de 13 años en Sevilla.
okdiario.com
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Lo dije y lo vuelvo a repetir: las manadas son una invención de la propaganda estatal.