La justicia da la razón a Ruiz-Mateos 40 años después

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El Estado tendrá que volver a tasar las acciones de Rumasa 40 años después de su expropiación y se enfrenta al pago de una indemnización multimillonaria a los herederos de José María Ruiz-Matero. En una sentencia a la que ha tenido acceso El Confidencial, la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) da la razón a la familia del empresario, que recurrió de la mano de su viuda María Teresa Rivero Sánchez-Romate, y obliga al Ministerio de Hacienda a hacer un nuevo cálculo teniendo en cuenta "la totalidad de las acciones o participaciones sociales" del hólding intervenido.

Según defiende la familia, el valor del Grupo Rumasa superaba los 13.712 millones de euros en el momento de la expropiación. Los Ruiz-Mateos llevan décadas litigando en los tribunales para tratar de obtener una indemnización. Después de su expropiación en 1983, la Administración del Estado valoró en negativo la empresa y fijó el precio por acción en cero euros.


los magistrados dan la razón a Rivero y los hijos del empresario y ordenan al Estado realizar un nuevo cálculo teniendo en cuenta "la consolidación total" del grupo empresarial desde aquella primera valoración.

Para ello, el Ministerio de Hacienda tendrá que revisar todos los procedimientos que se han llevado a cabo en torno a las empresas de Rumasa en estas cuatro décadas. Según destaca la familia, en algunos de esos procedimientos se produjo una nueva valoración que arrojó un resultado positivo respecto a las acciones de diversas empresas, como son los casos del Banco de Albacete y Galerías Preciados.



El TSJM ordena ahora al Estado volver a evaluar el precio de las acciones de Rumasa teniendo en cuenta esas nuevas cifras. A juicio de los Ruiz-Mateos, el verdadero de valor de las acciones del conglomerado no sería de cero euros, sino superior a los 13.000 millones de euros. Si se acaba confirmando esta tasación, tendrán derecho a una indemnización millonaria.

"No cabía declarar como probado un neto patrimonial negativo", argumento la familia respecto al acuerdo por el que se fijó el precio de la acción en cero euros. "La determinación definitiva del justiprecio de las acciones de Rumasa S.A. matriz del grupo exigía tener presentes las revisiones de los justiprecios de las sociedades participadas por la misma, establecidas por sentencias pronunciadas en fecha posterior".

La resolución menciona la sentencia dictada en su día por el TS y en la que se determinaba de forma aparente que la fijación del precio en cero euros del justiprecio a abonar por el Estado por la expropiación era correcto. No obstante destaca que ya entonces, en 2001, el alto tribunal recordaba que habría que esperar a la consolidación total de los resultados del grupo expropiado, una vez depurados los recursos judiciales y proceder a incluir en la valoración una serie de partidas o conceptos económicos y contables. Se refería, en concreto, a la actualización y consolidación de balances.

La expropiación de Rumasa tuvo lugar en 1983 durante la presidencia del Gobierno de Felipe González. La decisión contra el holding se publicó en el BPE del 24 de febrero en un momento en el que el conglomerado estaba compuesto por más de 200 empresas, entre ellas una veintena de bancos y superaba los 60.000 empleados. Entre las compañías del grupo se encontraban Galerías Preciados y el Banco Atlántico.
 
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