La Justicia anula una multa a Losantos por hablar de “estallar cervecerías” tras la liberación de Puigdemont en Alemania

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La Justicia anula una multa a Losantos por hablar de “estallar cervecerías” tras la liberación de Puigdemont en Alemania
Federico Jiménez Losantos durante un programa en esRadioFederico Jiménez Losantos durante un programa en esRadio esRadio
Alberto Pozas
19 de febrero de 2024 16:52h
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La Audiencia Nacional ha decidido anular la multa de 17.000 euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso al grupo Libertad Digital por varios comentarios de Federico Jiménez Losantos en su matinal de esRadio contra los alemanes poco después de que un tribunal de ese país liberase a Carles Puigdemont. Los jueces consideran que sus expresiones pudieron ser “exageradas” pero que en ningún caso incitó al repruebo contra la población alemana y que debe prevalecer la libertad de expresión: “No constituyen una afrenta o un discurso de repruebo contra lo alemán”.
Losantos marca el paso a la derecha
Losantos marca el paso a la derecha
Las palabras del locutor que han terminado en la Audiencia Nacional fueron pronunciadas en uno de sus múltiples editoriales en 'Es la mañana de Federico' el seis de abril de 2018. Un día después de que el tribunal alemán de Schleswig-Holstein decidiera dejar en libertad al expresident Carles Puigdemont, detenido una semana antes cuando cruzaba el país en coche. El periodista de esRadio dedicó varios minutos a comentar la decisión de los jueces del norte de Alemania: “La bofetada que le dio ayer la Unión Europea a España no se la ha dado a nadie”.
Fue a continuación cuando Jiménez Losantos pronunció las palabras que le costaron una multa a la empresa Libertad Digital que preside. Especuló con los “remedios necesarios” para que “Alemania sepa que en España no se le va a perdonar”. “El ratón al gato le puede hacer toda clase de fechorías. En Baleares hay como 200.000 alemanes de rehenes. En Baviera pueden empezar a estallar cervecerías”, afirmó. “Naturalmente”, dijo después de preguntarse a sí mismo si estaba proponiendo una “acción”.
Esas afirmaciones llegaron a la CNMC desde el Consell de l'Audiovisual de Catalunya (CAC), regulador catalán del sector de la comunicación, y el resultado fue una sanción de 17.000 euros a la empresa propietaria de esRadio por infringir el artículo 4.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual. “La intervención se revela como una expresión desafortunada que tiene calado potencial para generar por sí sola un clima de hostilidad hacia la ciudadanía alemana”, dijo entonces la CNMC para firmar su sanción.
La empresa que preside el propio Losantos recurrió ante la Audiencia Nacional y ha sido la sala de lo contencioso-administrativo la que ha dado la razón al locutor y ha anulado la sanción al entender que sus expresiones, fantaseando con cervecerías que estallan en Baviera como represalia por liberar a Puigdemont, no incitaban al repruebo contra el pueblo alemán y estaban amparadas por la libertad de opinión. “Por muy exageradas que se consideren o muy desafortunadas, están dentro de la libertad de opinión de un periodista y constituyen una crítica a una situación muy concreta y determinada que se ha expuesto a través de frases que no se pueden catalogar de injuriosas o ultrajantes”, dice la sentencia.

La Audiencia Nacional rechaza que las declaraciones del periodista se puedan “descontextualizar” para después imponerle una sanción. “Deben valorarse dentro del contexto que las emitió, no pueden sacarse del mismo puesto que entonces carecen de sentido si se van a considerar aisladamente”. Sus palabaras, añaden los jueces, “no constituyen una afrenta o un discurso de repruebo contra lo alemán” y son una “mera opinión” de Federico Jiménez Losantos “dentro del marco de la libertad de expresión que le asiste”.
A lo largo del proceso, Libertad Digital alegó que el tono crítico del matinal de esRadio ya es conocido y que todas esas expresiones fueron vertidas sin ningún guion de por medio. La Audiencia Nacional, en una sentencia aún recurrible ante el Supremo, reconoce que son “meras opiniones vertidas de manera espontánea, improvisadas, sin sujeción a guion alguno y que se pueden catalogar de desafortunadas” pero “incursas en una crítica política”.
 
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Me pregunto si el resultado hubiese sido el mismo de haber hablado de “estallar mezquitas” (por poner un ejemplo al azar).
Buena ésa. Pero tal vez la comparación no sea justa por aludir a la religión, quizás lo justo sería compararlo con su hubiera dicho "carnicerías halal".
 
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