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Será en Octubre
El jurado declara culpable a la mujer que confesó haber descuartizado a su amante en Cortegada
Marta Vázquez / M. R. OURENSE
OURENSE CIUDAD
La acusada del crimen de su amante en Cortegada, Cristina Rodríguez Veloso, tras escuchar en la Audiencia de Ourense el veredicto del jurado que la declaró culpable. ALEJANDRO CAMBA
La fiscala: «Sus circunstancias y su salud obligan a modular la pena». La acusación pública, que pedía inicialmente 18 años de reclusión, los reduce en el juicio, celebrado en Ourense, a ocho
22 oct 2024. Actualizado a las 18:13 h.Comentar · 17
El Tribunal del Jurado ha encontrado, por unanimidad, culpable de asesinato a la acusada de haber apiolado y descuartizado al hombre al que había invitado a pasar unos días en su casa de Cortegada, después de haberlo conocido en una red social de contactos. La portavoz del jurado ha leído este martes por la tarde el pronunciamiento sobre los diez puntos del veredicto sometidos a consideración.
La confesión de Cristina Rodríguez Veloso, la acusada; la declaración de un testigo que los vio en una cafetería; las conversaciones por WhatsApp entre ambos; y la denuncia de desaparición de José María Roldán Zapata interpuesta en Cataluña fueron las pruebas que los jurados tuvieron en cuenta para dar por probado el primer hecho desfavorable. También consideraron probado por unanimidad el segundo hecho: que tras convivir tres días en la casa de Cristina, durante los cuales mantuvieron varias discusiones, entre el 23 y el 24 de agosto del 2021 ella le suministró de forma premeditada medicamentos hipnóticos y antidepresivos, con los que adormeció a la víctima hasta dejarlo inconsciente. «Movida por el ánimo de terminar con la vida de este», utilizó un almohadón y lo asfixió. De nuevo la confesión de la acusada fue la prueba principal que los jurados tuvieron en cuenta para dar este extremo por acreditado.
El tercer punto se refería a lo que hizo con el cuerpo. El tribunal popular estimó probado que ella trasladó el cadáver al jardín de su casa y allí realizó varias hogueras. En una de ellas introdujo el cuerpo de José María y aceleró el fuego con gasolina. Consiguió fragmentar el cadáver y reducirlo prácticamente a cenizas, salvo los restos óseos y el pie izquierdo, que enterró en un lateral de la vivienda. La declaración de los guardias civiles a los que la sospechosa indicó donde estaban los restos fue la evidencia en la que el jurado sustentó su declaración de este hecho como probado.
El cuarto aspecto tenía que ver con el estado psicológico y la personalidad de la acusada, que la fiscalía aceptó como eximente incompleta para reducir la pena inicialmente pedida. El Tribunal del Jurado tenía que pronunciarse sobre si la acusada sufría un trastorno de ansiedad generalizado, un trastorno obsesivo compulsivo y un trastorno de la personalidad -entre esquizofrénico y límite- y sobre si carecía en parte de la voluntad para no apiolar a su víctima. Los trastornos psíquicos y de personalidad afectaban solo a ese delito no al posterior de manipulación y desaparición del cadáver. El tribunal también debía posicionarse en este punto sobre si la acusada entendía lo que había hecho y que se trataba de un delito. Los jurados dieron por probado todo ello en base a las manifestaciones de los forenses en la vista oral.
En cuanto a la responsabilidad civil, el jurado validó que la acusada había consignado judicialmente 10.00 euros en favor de la familia de la víctima. No obstante, se mantienen los 135.000 euros de indemnización que se habían pedido para la hija y la progenitora del fallecido, con los que este residía en Cataluña, según certificaron los Mossos d'Escuadra.
También se considera probado, como hecho que favorece a la acusada, que ella confesó voluntariamente y colaboró con las autoridades en la investigación y en la identificación de los lugares en los que enterró el cuerpo de la víctima.
En base a estos pronunciamientos, el Tribunal del Jurado acordó declarar, por unanimidad, culpable del delito de asesinato a la acusada. Consideran que no se le debe conceder el beneficio de la suspensión de la ejecución de la pena ni que tampoco el Gobierno debería concederle el indulto.
Tras la lectura del veredicto, el magistrado presidente pidió a la fiscalía y defensa que manifestasen si querían hacer alguna modificación en sus conclusiones sobre la pena solicitada, pero ambas partes se mantuvieron en las posiciones que habían comunicado. Tras ello, el juez declaró el caso visto para sentencia.
Las conclusiones de la fiscalía
De dieciocho a ocho. Es la rebaja en la petición de pena de privación de libertad que ha anunciado este martes la fiscala que ejerce la acusación en el caso del crimen de Cortegada que se juzga en la Audiencia Provincial de Ourense con un jurado popular. A pesar de que la mujer reconoció que mató, quemó y descuartizó a un amante al que había conocido semanas antes en un chat de citas, la representante del ministerio público cree que en este crimen concurren circunstancias que, a la postre, beneficiarán a la acusada.
Una de ellas es, precisamente, la confesión. A pesar de que Cristina Rodríguez Veloso mantuvo oculto el crimen durante cuatro meses, que colaborara con los agentes de la Guardia Civil tras su arresto, explicando dónde había sepultado los restos de la víctima y admitiendo los hechos ante la magistrada del Juzgado de Instrucción de Ribadavia, serán suficientes para que se le aplique ahora la circunstancia atenuante de confesión. Eso por un lado. A mayores, se tendrá también en cuenta que, antes del juicio, ingresó 10.000 euros en concepto de responsabilidad civil. Ese dinero será el resarcimiento al que podrán aspirar tanto la progenitora como la hija de José María Roldán Zapata, ya que en la vista ya quedó claro que la asesina no puede trabajar porque tiene reconocida una discapacidad y no dispone de medios económicos para sufragar los 135.000 euros que se pedían inicialmente como indemnización. «No es mucho, pero supone un esfuerzo dadas sus circunstancias», apuntó la fiscala, que ve encaje, por lo tanto, para aplicar la atenuante de reparación del daño.
Y la tercera circunstancia que supondrá que la asesina no esté privada de libertad más allá del 2029, ya que se descontarán los casi tres años que lleva en prisión preventiva, tiene que ver con su estado mental, que obliga a tener en cuenta la eximente incompleta de alteración psíquica. Dos forenses declararon que padece varios trastornos que condicionan su forma de ser. «Es una persona que tiene su voluntad afectada, ante un conflicto no se puede esperar que actúe de forma normal», sostuvo la representante del ministerio público en su alegato final, abriendo la puerta a que parte de la pena de prisión pueda cumplirse en un centro psiquiátrico penitenciario en el que «pueda recibir un tratamiento ajustado».
Actuó con alevosía
Antes de concluir, recordó al jurado que la acusada actuó con alevosía, ya que suministró a la víctima una bebida con dos fármacos, uno de ellos hipnótico. «Anuló cualquier posibilidad de defensa por su parte y luego lo asfixió con una almohada», recordó. «apiolar a una persona de forma deliberada debe castigarse, pero sus circunstancias y su salud obligan a modular la pena», afirmó ante el jurado.
El abogado de Cristina, que puso sobre la mesa lo poco habitual que resulta en una sala de vistas que fiscal y defensa coincidan en sus posiciones, trató de encajar el macabro crimen cometido por su clienta en algo casi predecible en una mujer con problemas mentales que, en su infancia, fue víctima de abusos sensuales. «Eso está ahí», advirtió, mencionando también que su clienta tuvo una hija a los 20 años con un hombre que tenía 60. «Es una bomba de relojería; pasó lo que tenía que pasar», aseguró recordando que el asesinato se produjo después de que Cristina le pidiera al hombre que había ido a conocerla a su casa que se marchara. «Le hizo un bizum porque él no tenía dinero para el billete, pero él lo rechazó, se negó a marcharse», argumentó, asegurando que esa situación llevó a la acusada a obcecarse y responder de la peor forma, ya que «no tenía otras herramientas ni tampoco una familia a la que recurrir».
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«Vamos a hacer justicia», concluyó el letrado, insistiendo en la necesidad de que, en este caso, se opte por ofrecer a la acusada tratamiento médico. «Parece razonable que en el ámbito penal merezca protección», aseguró.