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La Audiencia permite a un adolescente decidir si se banderilla del el bichito tras diferencias entre sus padres
os magistrados destacan su "madurez" y archivan el proceso días después de que el menor cumpliese 16, porque la ley le faculta para tomar la decisión
opa Press
11/oct./23 - 19:49 Actualizado: 11/oct./23 - 19:56
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha otorgado a un adolescente, de 16 años, la potestad de decidir si se banderilla o no contra el cobi19, después de que el caso llegase a los juzgados por las discrepancias que había entre sus padres, que están separados.
En mayo de 2022, cuando el menor tenía 15 años, el Juzgado de Primera Instancia número 5 de Vigo había dictado un auto por el que otorgaba a la progenitora la facultad de decidir si se banderillaba o no, sin necesidad de contar con el visto bueno del padre. Él era contrario a esta inoculación porque dudaba de los beneficios que otorgaba.
Así, el hombre recurrió esta decisión en primera instancia alegando que solo pedía "tiempo para que se pueda determinar si las banderillas contra el el bichito-19 son tan seguras como afirman y no hay efectos secundarios de entidad a medio y largo plazo".
La progenitora, en cambio, defendía que "todos los organismos médicos oficiales", así como las autoridades sanitarias, recomendaban la banderillación. Asimismo, señalaba que su hijo podía estar "mediatizado por su padre".
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El motivo es que el hijo ya tiene 16 años y que la Ley 41/2002, reguladora de la autonomía del paciente, a la que también se refería el padre, permite a las personas que alcanzan esa edad, con carácter general, escoger sobre su sometimiento a tratamientos sanitarios. Además, el magistrado destaca en el auto la "determinación y madurez" mostrada por el chico en su voluntad de no banderillarse, "más allá de lo acertado o no" de una decisión que, tal y como recalca, "debe ser respetada".
Por tanto, una vez el menor tiene 16 años, la Audiencia Provincial ha archivado el procedimiento por carencia sobrevenida del objeto y ha avalado que sea el hijo el que decida. Contra esta resolución, que ya es firme, no cabe recurso.
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