santander3
Cuñado nija
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La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a El Salvador al ex miembro de una mara reclamado por pertenencia a organización criminal ante la falta de garantías de que se respeten sus derechos fundamentales como consecuencia del estado de excepción en que se encuentra el país desde hace más de dos años, ordenado por su presidente, Nayib Bukele.
"Proceder de otro modo implicaría amparar posibles situaciones de grave riesgo para su vida e integridad física, a la vista de la situación actual", concluye el auto de la Sección Cuarta, en línea con la postura de la Fiscalía, también contraria a la entrega.
Según la Audiencia, "se ha constado la existencia de una situación excepcional o extraordinaria, consecuencia del proclamado y reiterado estado de excepción en la República de El Salvador, del que hay que dejar constancia fehaciente en la presente resolución, como dato objetivo contrastado".
Máxime, añade, cuando "una de las causas por las que se adoptó tal situación fue la de luchar contra las pandillas que ponían en riesgo la paz y la seguridad nacional". Y el objeto de la reclamación es, precisamente, la pertenencia a esas organizaciones criminales (terroristas), la mara Dieciocho Revolucionarios, aunque en el caso del reclamado fuera como colaborador externo.
PARA SABER MÁS
La extradición se solicitó para que el reclamado cumpliera una condena de tres años y cuatro meses de guandoca por el delito de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública, que en España correspondería con pertenencia a organización criminal. Según recoge el auto, el reclamado ha manifestado que vino a España huyendo de la acción de los miembros de la mara al ser objeto de reiteradas extorsiones.
LLAMAMIENTO
La Sala tiene en cuenta los distintos pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que insta a El Salvador a respetar los derechos humanos en la lucha contra las maras. Igualmente, recoge un comunicado de Amnistía Internacional relativo a la situación en El Salvador y en el que se denunciaba la comisión de "graves violaciones de derechos humanos de forma sistemática" desde que se aprobara el régimen de excepción.
El tribunal indica que el riesgo de violación de derechos debe evitarse en la fase judicial de la extradición, sin dejarlo a esa posibilidad al Gobierno, que tiene la capacidad de bloquear las entregas autorizadas por los tribunales.
"Por tanto, ante la hipótesis verosímil, a la vista de la situación político-social existente en la República de El Salvador, y las circunstancias personales del reclamado, de que no sean respetados los derechos fundamentales del mismo, consideramos, que debe rechazarse la entrega [...] ya que proceder de otro modo implicaría amparar posibles situaciones de grave riesgo para su vida e integridad física, a la vista de la situación actual descrita en el Estado requirente", concluye
"Proceder de otro modo implicaría amparar posibles situaciones de grave riesgo para su vida e integridad física, a la vista de la situación actual", concluye el auto de la Sección Cuarta, en línea con la postura de la Fiscalía, también contraria a la entrega.
Según la Audiencia, "se ha constado la existencia de una situación excepcional o extraordinaria, consecuencia del proclamado y reiterado estado de excepción en la República de El Salvador, del que hay que dejar constancia fehaciente en la presente resolución, como dato objetivo contrastado".
Máxime, añade, cuando "una de las causas por las que se adoptó tal situación fue la de luchar contra las pandillas que ponían en riesgo la paz y la seguridad nacional". Y el objeto de la reclamación es, precisamente, la pertenencia a esas organizaciones criminales (terroristas), la mara Dieciocho Revolucionarios, aunque en el caso del reclamado fuera como colaborador externo.
PARA SABER MÁS
La extradición se solicitó para que el reclamado cumpliera una condena de tres años y cuatro meses de guandoca por el delito de agrupaciones ilícitas en perjuicio de la paz pública, que en España correspondería con pertenencia a organización criminal. Según recoge el auto, el reclamado ha manifestado que vino a España huyendo de la acción de los miembros de la mara al ser objeto de reiteradas extorsiones.
LLAMAMIENTO
La Sala tiene en cuenta los distintos pronunciamientos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que insta a El Salvador a respetar los derechos humanos en la lucha contra las maras. Igualmente, recoge un comunicado de Amnistía Internacional relativo a la situación en El Salvador y en el que se denunciaba la comisión de "graves violaciones de derechos humanos de forma sistemática" desde que se aprobara el régimen de excepción.
El tribunal indica que el riesgo de violación de derechos debe evitarse en la fase judicial de la extradición, sin dejarlo a esa posibilidad al Gobierno, que tiene la capacidad de bloquear las entregas autorizadas por los tribunales.
"Por tanto, ante la hipótesis verosímil, a la vista de la situación político-social existente en la República de El Salvador, y las circunstancias personales del reclamado, de que no sean respetados los derechos fundamentales del mismo, consideramos, que debe rechazarse la entrega [...] ya que proceder de otro modo implicaría amparar posibles situaciones de grave riesgo para su vida e integridad física, a la vista de la situación actual descrita en el Estado requirente", concluye