La Audiencia Nacional perdona a la SGAE una multa de 60.000 €

castguer

Madmaxista
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La Audiencia Nacional ha anulado la multa de 60.101 euros impuesta por la Agencia Española de Protección de Datos a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) por grabar una boda sin permiso en Sevilla, pues los datos no fueron incorporados a ningún fichero, que es el aspecto protegido por ley.
La Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, anula la sanción impuesta a la SGAE, que con objeto de cobrar derechos de autor contrató a un detective que se coló en una boda celebrada en julio de 2005 en el salón "La Doma" de San Juan de Aznalfarache (Sevilla) y grabó a los asistentes bailando al ritmo de canciones protegidas. Dice la Audiencia Nacional que los datos así recogidos se aportaron a la causa judicial pero no a un fichero que estuviese "organizado o estructurado con arreglo a determinados criterios que permitan el tratamiento de los datos".


Demos
 
Son guano,los unos y los otros. Deberiamos pagarles con la misma moneda,tanta desfachatez no debe quedar inmune. ¿significa esta sentencia que podriamos gravar a al teddy,farré,pollo frito, y demas energumenos en su vida cotidiana ,en restaurantes,en el cine (si es que van,claro), y demas eventos familiares realizados en lugares publicos,y no seria ilegal si no incorporamos sus datos a ninguna base de datos? ¿estoy en lo cierto?Si asi fuera,lastima no tener ninguna sede de estos cerca .....
 
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