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ABCEspaña
El Gobierno vende la modificación del reglamento de procesos selectivos como una medida para la igualdad de género, sin explicar que afecta a ambos sexos
Policía Nacional en la Academia de Ávila ARCHIVO ABC
CRUZ MORCILLO
Madrid
11/10/2022
Actualizado a las 21:24h.
57
Si hablamos de centímetros hasta ahora las mujeres que querían ser policías salían perjudicadas. Las aspirantes no podían medir menos de 160 cm, un límite solo dos centímetros por debajo de la estatura media de las españolas, frente al margen de nueve centímetros de los hombres. El requisito de estatura mínima ha quedado hoy eliminado en el Consejo de Ministros tras aprobar la modificación del Real Decreto que regula los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía. Esta y otras medidas están enfocadas en eliminar obstáculos de acceso y promoción interna que se encuentran las mujeres en el Cuerpo, tal y como avanzó hace ya ocho meses el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
El objetivo último es promover una igualdad real en el seno de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y romper, en palabras del ministro el tan traído «techo de cristal». En la actualidad, tras 43 años de acceso de la mujer a la Policía Nacional, este Cuerpo cuenta con un 16,78 por ciento de mujeres, un porcentaje con todo muy por encima del que representan en la Guardia Civil.
La eliminación del requisito de estatura mínima de acceso a la Policía Nacional, fijado como se ha dicho en 160 centímetros, es la medida más destacada de las aprobadas. Esta condición ya había sido declarada discriminatoria por el Tribunal Supremo al ser desproporcionada para la mujer respecto a su estatura media.
Este es parte del contenido de la referencia que consta respecto al Consejo de Ministros del 11 de octubre, en la que en ningún momento se explica que la eliminación del requisito de estatura mínima afecta por igual a los hombres, hasta ahora fijado en 165 cm. Horas después, la Dirección General de la Policía sí recogía de forma clara en qué consiste el cambio en una nota de prensa.
«Para el acceso a la Policía Nacional, en convocatorias pasadas era imprescindible contar con una altura mínima de 1,65 centímentros en el caso de los hombres y 1,60 para las aspirantes mujeres, medidas que no serán necesarias para quienes se presente a los procesos selectivos a partir de 2023», señala la nota.
Pero mientras el titular de este comunicado es «la Policía Nacional elimina el requisito de altura mínima en sus pruebas de acceso a partir de 2023», la referencia del Consejo de Ministros bajo el epígrafe Interior es la siguiente: «Modificado el reglamento de selección y formación de la Policía para promover la igualdad de género». Toda una declaración de intenciones que, sin embargo, en el epígrafe concreto de la altura no se ciñe a la realidad.
Sí son coincidentes, en que se mantendrá esa estatura mínima para quienes aspiren a entrar en determinadas unidades especiales -UIP (antidisturbios) , UPR (Unidad de Prevención y Reacción) y GEO, donde la talla afecta a la operatividad de la labor policial específica que desarrollan.
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Con esta sentencia, el Tribunal estima el recurso de una mujer que fue excluida en 2017 del proceso de ingreso en la Escala Básica
Según Interior, con este cambio la Policía Nacionalse equipara a otros cuerpos civiles de policía de países europeos, como Francia, Italia -Carabinieri y Polizia di Stato-, Países Bajos, Finlandia, Eslovaquia, Suecia, Noruega, Austria, Irlanda, Reino Unido, Rumanía, Dinamarca y la Policía Federal de Alemania. En ninguno de ellos existe el requisito de altura para acceder a sus pruebas selectivas.
En busca de esa igualdad promovida, las aspirantes podrán aplazar sus pruebas de selección si están en periodo gestante, de parto o de postparto, aplazamiento que también será efectivo para la realización o finalización del curso de acceso a las prácticas policiales, si cualquiera de esas situaciones se produce una vez superadas las pruebas de ingreso.
Hay también otro cambio que afecta a ambos sexos dirigido a la conciliación. Tanto las mujeres como los hombres que deban aplazar su incorporación al curso de ingreso por embarazo, nacimiento, adopción o acogimiento de un menor serán dados de alta como funcionarios/as en prácticas y su antigüedad no se verá afectada.
El Gobierno vende la modificación del reglamento de procesos selectivos como una medida para la igualdad de género, sin explicar que afecta a ambos sexos
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CRUZ MORCILLO
Madrid
11/10/2022
Actualizado a las 21:24h.
57
Si hablamos de centímetros hasta ahora las mujeres que querían ser policías salían perjudicadas. Las aspirantes no podían medir menos de 160 cm, un límite solo dos centímetros por debajo de la estatura media de las españolas, frente al margen de nueve centímetros de los hombres. El requisito de estatura mínima ha quedado hoy eliminado en el Consejo de Ministros tras aprobar la modificación del Real Decreto que regula los procesos selectivos y de formación del Cuerpo Nacional de Policía. Esta y otras medidas están enfocadas en eliminar obstáculos de acceso y promoción interna que se encuentran las mujeres en el Cuerpo, tal y como avanzó hace ya ocho meses el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
El objetivo último es promover una igualdad real en el seno de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y romper, en palabras del ministro el tan traído «techo de cristal». En la actualidad, tras 43 años de acceso de la mujer a la Policía Nacional, este Cuerpo cuenta con un 16,78 por ciento de mujeres, un porcentaje con todo muy por encima del que representan en la Guardia Civil.
La eliminación del requisito de estatura mínima de acceso a la Policía Nacional, fijado como se ha dicho en 160 centímetros, es la medida más destacada de las aprobadas. Esta condición ya había sido declarada discriminatoria por el Tribunal Supremo al ser desproporcionada para la mujer respecto a su estatura media.
Este es parte del contenido de la referencia que consta respecto al Consejo de Ministros del 11 de octubre, en la que en ningún momento se explica que la eliminación del requisito de estatura mínima afecta por igual a los hombres, hasta ahora fijado en 165 cm. Horas después, la Dirección General de la Policía sí recogía de forma clara en qué consiste el cambio en una nota de prensa.
«Para el acceso a la Policía Nacional, en convocatorias pasadas era imprescindible contar con una altura mínima de 1,65 centímentros en el caso de los hombres y 1,60 para las aspirantes mujeres, medidas que no serán necesarias para quienes se presente a los procesos selectivos a partir de 2023», señala la nota.
Pero mientras el titular de este comunicado es «la Policía Nacional elimina el requisito de altura mínima en sus pruebas de acceso a partir de 2023», la referencia del Consejo de Ministros bajo el epígrafe Interior es la siguiente: «Modificado el reglamento de selección y formación de la Policía para promover la igualdad de género». Toda una declaración de intenciones que, sin embargo, en el epígrafe concreto de la altura no se ciñe a la realidad.
Sí son coincidentes, en que se mantendrá esa estatura mínima para quienes aspiren a entrar en determinadas unidades especiales -UIP (antidisturbios) , UPR (Unidad de Prevención y Reacción) y GEO, donde la talla afecta a la operatividad de la labor policial específica que desarrollan.
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Hay también otro cambio que afecta a ambos sexos dirigido a la conciliación. Tanto las mujeres como los hombres que deban aplazar su incorporación al curso de ingreso por embarazo, nacimiento, adopción o acogimiento de un menor serán dados de alta como funcionarios/as en prácticas y su antigüedad no se verá afectada.
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