La AEPD no debió actuar porque Calópez retiró amistosamente la información (disponía de 1 mes de pla

Chapa de la Buena

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Calópez tenía un mes de plazo para eliminar el hilo amistosamente antes de que la AEPD pudiese intervenir !!
Puesto que lo eliminó en cuestión de pocas horas, LA AEPD no debería haber intervenido.
La AEPD no debería haber pedido las IPs a Calópez ni mucho menos pedir a las Telecos los datos de abonado!!

EnriquePC, klopec y querido líder, ¿alguien se dirigió a vosotros para pediros la retirada del material publicado en el foro...?


AEPD: Eliminar fotos y vídeos de internet

Eliminar fotos y vídeos de internet

¿Sabes cómo solicitar la eliminación de fotos o de vídeos publicados en internet? Tu imagen es un dato personal, tanto si apareces en una foto como en un vídeo.

Tu imagen, tanto una foto como un vídeo en el que apareces, es un dato personal. La difusión de imágenes o vídeos publicados en diferentes servicios de internet sin exista legitimación para tratar este dato tuyo, sobre todo en redes sociales, es un tema que se plantea con frecuencia ante la Agencia. El Reglamento General de Protección de Datos reconoce a las personas el ejercicio del derecho de supresión.

La Agencia Española de Protección de Datos tutelará tu derecho de supresión si, después de haberte dirigido al responsable por un medio que permita acreditarlo, dicho responsable del tratamiento de datos no te ha respondido en el plazo establecido o si consideras que la respuesta no ha sido adecuada, de forma que podrás presentar una reclamación al respecto.

¿Qué debes hacer?

El ejercicio del derecho de supresión sólo puede solicitarlo el afectado o, en caso de tratarse de menores de 14 años, sus padres o tutores legales.

Siempre que las circunstancias lo permitan, es recomendable contactar con quien subió el contenido solicitándole su eliminación.

Si no consiguieras tu objetivo, deberías necesariamente solicitar el borrado a la plataforma que ha proporcionado los medios para la publicación, esto es, la red social o el portal de video en que se han publicado esas imágenes o vídeos, acreditando tu identidad e indicando qué enlaces son los que contienen los datos que quieres cancelar.

La empresa debe resolver sobre la solicitud de supresión en el plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la misma. tras*currido ese plazo sin que de forma expresa te respondan a la petición o si consideras que esa respuesta es insatisfactoria, puedes interponer la correspondiente reclamación ante esta Agencia, acompañando la documentación acreditativa de haber solicitado la supresión ante la entidad de que se trate.

Este punto es muy importante, ya que si no puedes acreditarnos que has ejercido en primer lugar tu derecho de supresión ante dicha empresa no podremos ayudarte.

Las redes sociales más populares, por su parte, disponen de mecanismos establecidos para comunicarles vulneraciones de la privacidad o contenidos inapropiados mediante sus propios formularios.

Asi debe ser. Calópez borró el hilo rápidamente en su día y con eso ya todo debería haberse zanjado!! Al menos de cara a la AEPD !!

otro hilo muy importante:
El diario "El Español" fue denunciado por publicar fotos y otros datos de La Manada y la AEPD contestó esto...
 
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Suposiciones avaladas por el comportamiento de la administracion en este caso, que es distinto al que dicen en su enlace, por supuesto que no tratan igual a todos los casos, seria la primera vez que hiciesen tal cosa


El tiempo dira quien tenia razon, pero voy ganando por 1 a 0 en su dia dije que se meterian en un lio y en un lio estan

Pues mientras no concretes, esto que dices son puras conjeturas y vaguedades tuyas.
Ya está la vía penal para acciones más expeditivas. Y parece que la vía penal no se usó o no prosperó.
 
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