Interior estudia cómo aplicar la ‘Ley tras*’ a la norma sobre cacheos policiales

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Ha creado un grupo de trabajo para decidir si modifica la instrucción de 2007 que ordena que los registros los haga un agente del mismo sesso

El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en un acto de la Guardia Civil.
El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, en un acto de la Guardia Civil.


Aurelio Ruiz Enebral
Aurelio Ruiz Enebral


18/09/23 | 1:00 | Tiempo de lectura: 5 min.





  1. Temor a ser acusados de tras*fobia
  2. Revisión en la Secretaría de Estado de Seguridad
  3. Una instrucción de 2007
  4. Los cambios de la ‘Ley tras*’
  5. En patrullas, y en puertos, aeropuertos y aduanas
Dos agentes de la Guardia Civil.
Dos agentes de la Guardia Civil.
El Ministerio del Interior está trabajando para determinar si debe introducir cambios en la norma que regula los cacheos o registros personales que realizan los agentes de las Fuerzas de Seguridad, a la luz de la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas tras* y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como ‘Ley tras*’.
Así lo confirmaron representantes de la Dirección General de la Guardia Civil en una reunión reciente de la Comisión de Igualdad y Diversidad, del Consejo de la Guardia Civil, según ha podido saber Confidencial Digital.
Temor a ser acusados de tras*fobia
La Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC) planteó el pasado mes de abril esta problemática. Pidió información, y alguna orden oficial, sobre cómo afectaba la ‘Ley tras*’ al trabajo policial diario, cuando los agentes tienen que cachear a una persona.
Esta asociación trasladó esta cuestión, por temor a que los guardias civiles, en su caso, o los policías nacionales, pudieran llegar a ser denunciados por alguna persona que se pudiera sentir discriminada, víctima de tras*fobia.
Revisión en la Secretaría de Estado de Seguridad
Como no recibió respuesta en su momento, la Asociación Unificada de Guardias Civiles volvió a plantear el tema ante la Comisión de Igualdad y Diversidad. Le preocupaba especialmente cómo abordar los casos de personas que sí han realizado su cambio de sesso en el registro, pero que no han cambiado físicamente.
Desde la Dirección General les trasladaron que se ha creado un grupo de trabajo en la Secretaría de Estado de Seguridad, del Ministerio del Interior, que está revisando la norma en vigor para ver si es necesario introducir cambios.
También les contestaron que de momento no se ha dado la casuística de algún incidente en este sentido, o esa es la información que manejan. En todo caso, apelaron a la “sensibilidad”.

Una instrucción de 2007
Los cacheos están regulados en la Instrucción 12/2007, de la Secretaría de Estado de Seguridad, sobre los comportamientos exigidos a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado para garantizar los derechos de las personas detenidas o bajo custodia policial.
Esta instrucción establece cómo deben actuar los policías nacionales y los guardias civiles cuando detienen a una persona, cuando la custodian hasta el calabozo, y también cuando la cachean o registran.


















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Entre otros puntos, determina que “los cacheos se llevarán a cabo, salvo urgencia, por personal del mismo sesso que la persona cacheada, y preferiblemente provistos del material de protección adecuado, especialmente cuando haya riesgos de contagio de enfermedades infecto-contagiosas. El criterio a seguir siempre en esta operación es el del máximo respeto a la identidad sensual de la persona cacheada, lo que deberá tenerse en cuenta muy especialmente en el caso de personas tras*exuales”.

Los cambios de la ‘Ley tras*’

Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles indican que la situación ha cambiado de forma importante con la nueva ley.


Hasta su entrada en vigor, una persona que en su documento de identidad constara como mujer, aunque hubiera nacido hombre, había pasado por un proceso de hasta dos años, en el que se habría hormonado u operado, en muchos casos.


Ahora, sin embargo, la ley facilita que se den casos en los que, por ejemplo, un hombre se haya registrado como mujer, pero que físicamente mantenga aspecto físico de hombre.


En teoría, cabe suponer que según la instrucción de 2007 del Ministerio del Interior, le tendría que cachear una mujer guardia civil. Pero es ese “vacío normativo”, y la novedad de la situación, el que inquieta a la Asociación Unificada de Guardias Civiles.

En patrullas, y en puertos, aeropuertos y aduanas

Esta asociación señala que, aunque la Dirección General asegura que no ha habido por ahora incidentes, los cacheos son muy habituales en el trabajo diario de los agentes.


Se dan en muchas actuaciones en las patrullas de seguridad ciudadana, e inevitablemente cuando se produce una detención.


Además, se registran a las personas que pasan por puertos, aeropuertos y aduanas, en algunos casos, con flujos tan importantes de viajeros como pueden ser el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, y el Puerto de Algeciras (Cádiz), por poner dos ejemplos.


Por eso, y conforme vaya aumentando el número de personas que realicen cambios registrales de sesso, temen que se pueda dar algún conflicto ante el que los agentes no sepan cómo actuar, por no haberse actualizado la instrucción de 2007 a la luz de la nueva Ley para la igualdad real y efectiva de las personas tras* y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Agente de la Policía Nacional.
Agente de la Policía Nacional.
 
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