[Hasta el infi...erno fiscal y más allá] Hacienda abre la puerta a alzas de hasta el 50% en la plusvalía municipal

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Hacienda abre la puerta a alzas de hasta el 50% en la plusvalía municipal
Las subidas no son automáticas ya que los Consistorios deben autorizarlas


El proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2023 incluye la actualización de los coeficientes máximos que se aplican al cálculo del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal. En algunos casos, el incremento para el contribuyente podría llegar al 50% a partir del próximo mes de enero para inmuebles adquiridos entre 2012 y 2015.

Ahora bien, no se puede decir que el encarecimiento sea automático e inevitable. Las fuentes consultadas en la Asociación Nacional de Inspectores de Hacienda Pública Local aseguran que la última palabra sobre ese posible incremento la tendrán los ayuntamientos y no se puede asegurar que tomen esa decisión.

Desde la Asociación aseguran que los Consistorios pueden decantarse por dejar congelados los coeficientes o "incluso rebajarlos". Ese margen está a su disposición desde el momento en que los Presupuestos establecen un nivel máximo para los coeficientes "pero no marcan un mínimo".

Es más, otras fuentes jurídicas consultadas creen que un descenso de ese tipo es "muy posible" en un año como 2023 en el que se celebrarán elecciones a las entidades locales en toda España.

Debe recordarse, además que, en 2021, el Gobierno aprobó un Real Decreto-ley para adaptar el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, conocido como plusvalía municipal, a la sentencia del Tribunal Constitucional, que tumbó el diseño hasta entonces vigente del impuesto.

Esta previsión de actualización de dichos importes está habilitada por la normativa propia del gravamen, que establece que "estos coeficientes máximos serán actualizados anualmente mediante norma con rango legal, pudiendo llevarse a cabo dicha actualización mediante las leyes de presupuestos generales del Estado".

Cabe recordar que el decreto reconoce la posibilidad de que los ayuntamientos, a los solos efectos de este impuesto, corrijan hasta un 15% a la baja los valores catastrales del suelo en función de su grado de actualización. Ello garantiza que el tributo se adapte a la realidad inmobiliaria de cada municipio.

Para 2023 estos coeficientes máximos oscilan entre el 0,09 -para inmuebles adquiridos hace entre 11 y 15 años, cuando los precios de la vivienda estaban inflados- y el 0,45 -para inmuebles adquiridos hace veinte años o más-.

En general, las variaciones con respecto a los coeficientes vigentes son pequeñas, pero destaca que sube para las ventas a menos de un año (pasa de 0,14 a 0,15) y a un año (pasa de 0,13 a 0,15), pero baja para ventas a dos años (pasa de 0,15 a 0,14) y a tres (pasa de 0,16 a 0,15).

Más intensas son las subidas para las ventas a ocho años (pasa de 0,1 a 0,15), a siete (del 0,12 al 0,18) o a nueve (del 0,09 al 0,12), una etapa en que los precios de la vivienda bajaron de forma significativa por el efecto de la crisis financiera. Asimismo, aunque el coeficiente máximo para ventas a veinte años o más se mantiene en 0,45, se rebaja para ventas a 19 años (pasa del 0,36 al 0,29), a 18 (pasa del 0,26 al 0,23) o a 17 (pasa del 0,2 al 0,17).



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