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Golpe mortal a la causa sobre las ayudas a Plus Ultra por un fallo en la instrucción
La instrucción superó los 12 meses de duración sin que ninguna de las partes solicitara prórroga ni lo acordara la jueza de oficio y sin que, en ese plazo, se citara a ningún imputado
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La instrucción superó los 12 meses de duración sin que ninguna de las partes solicitara prórroga ni lo acordara la jueza de oficio y sin que, en ese plazo, se citara a ningún imputado
Por
Beatriz Parera
28/11/2022 - 05:00
El archivo del procedimiento judicial sobre las presuntas irregularidades en la concesión de la ayuda pública de 53 millones de euros a la aerolínea Plus Ultra es cuestión de días. Un auto dictado por la Audiencia Provincial de Madrid condena las diligencias previas al sobreseimiento tras comprobarse que la instrucción superó hace tiempo los 12 meses de duración, sin que ninguna de las partes solicitara prórroga ni lo acordara la jueza de oficio y sin que, en ese plazo, se citara a ningún imputado.
La Sección Segunda ha determinado que la instructora no puede citar ya al único investigado, el representante legal de Plus Ultra. En respuesta a un recurso de la aerolínea —al que se adhirió la Abogacía del Estado— la Audiencia establece que no cabe acordar la práctica de diligencias de investigación una vez expirado el plazo máximo fijado legalmente para la instrucción. "De admitirse la práctica de diligencias fuera de plazo, se produciría la lesión del derecho constitucional a un proceso con todas las garantías y a la tutela judicial efectiva", indica la resolución a la que ha tenido acceso El Confidencial.
La causa sobre Plus Ultra pende de un hilo tras agotarse el plazo máximo de instrucción
Beatriz Parera
En el escrito de Plus Ultra, la empresa defendía el agotamiento del plazo y precisaba que todas las diligencias acordadas con posterioridad al 8 de abril de 2022 "son nulas e inválidas". En esa fecha se cumplieron los 12 meses sin que se acordaran prórrogas. En cuanto a las acusaciones populares, en el procedimiento están personados Manos Limpias, Vox y el PP. La jueza Collazos dejó en suspenso la declaración a la espera del recurso de la aerolínea.
La citación del investigado se produjo en mayo, una vez celebrado un careo entre los peritos que redactaron el informe encargado por el juzgado y los que firmaron el solicitado por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) sobre la situación patrimonial de la empresa y los requisitos necesarios para optar a la subvención. Los peritos independientes cuestionaron que la compañía pudiera recibir la subvención de 53 millones de euros, mientras que los de Deloitte y DC Advisor defendieron la decisión de la SEPI de conceder la ayuda. Así, los dos equipos se ratificaron en los informes que aportaron al juzgado y que ya defendieron el pasado 18 de enero en un primer careo que tuvo que repetirse ayer a raíz de un fallo técnico.
La investigación de Collazos se remonta a lo ocurrido el 2 de marzo, cuando el Consejo Gestor del Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (Fasee), de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), aprobó un rescate de la aerolínea que consistía en la entrega de 53 millones en dos pasos: por un lado, 19 que se desembolsaron como préstamo ordinario con un vencimiento a cinco años y, por otro, 34 como préstamo participativo con vencimiento a siete años.
Duda sobre las irregularidades
Tras un año de investigación, tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado descartan irregularidad alguna en la operación, conclusión que apoyan también en el último informe pericial encargado por el juzgado. "El análisis efectuado por el perito contempla cuatro escenarios posibles, dos de los cuales no permiten colegir que la sociedad estuviera en crisis en la fecha referida, evidenciando así que, al menos en esos casos, se cumplirían la totalidad de las condiciones establecidas", sostenía, por ejemplo, el Ministerio Público sobre el mismo.
Según la regulación de los plazos de instrucción introducida en el año 2020, ya no hay una prórroga ordinaria y otra excepcional, ni hay un número limitado de prórrogas, sino la posibilidad de que el juez acuerde sucesivas prórrogas por periodos iguales o inferiores a seis meses, en los casos en que, antes de la finalización del plazo inicial de 12 meses, o de las posteriores prórrogas, se constate que no ha sido posible finalizar la investigación. Es el instructor, y no el fiscal, el que ostenta la iniciativa de proponer esas prórrogas y las puede acordar de oficio o a instancia de parte, con audiencia de las demás partes personadas.