Expertos en Derecho avalan la petición de Vox sobre los LGTBI y no ven delito de repruebo

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La decisión del presidente de Les Corts, Enric Morera, de no tramitar una iniciativa parlamentaria presentada por Vox en la que solicitaba información respecto a las subvenciones de la administración autonómica recibidas por colectivos LGTBI, así como datos de las personas de estas entidades que hubieran participado en cursos o charlas en colegios, ha abierto un debate en el ámbito del Derecho Constitucional y Parlamentario sobre la decisión del dirigente de Compromís. Morera, además de impedir la tramitación, decidió remitirla a la fiscalía, como él mismo informó, por si su contenido pudiera ser susceptible de un delito de repruebo.
Las expertos en Derecho consultados por este diario vienen a coincidir en que el presidente de la Cámara ha adoptado decisiones que encuentran difícil soporte en el Reglamento de Les Corts, además de no considerar la obligada protección de la inviolabilidad parlamentaria, esa 'prerrogativa de los diputados para expresarse en su actividad parlamentaria con plena libertad a fin de que sus intervenciones, escritos y votos, como legisladores, no estén sujetos a censura o posible persecución penal'.
Los expertos consultados por este diario cuestionan primero la decisión del presidente de la Cámara de decidir que la iniciativa no se tramitara. «La Mesa es el único órgano que puede tomar esa decisión, y el presidente no puede arrogársela», indica una fuente, que insiste en que ese órgano es el competente para calificar los escritos parlamentarios, declarar su admisibilidad o inadmisibilidad y decidir sobre su tramitación. La decisión adoptada por presidencia de Les Corts -se señaló- no sólo podría vulnerar el artículo 23 de la Constitución, sino que además, la consiguiente metedura de pata termina «legitimando el discurso de Vox».
«No se ofende a ningún colectivo, sino que se solicita información al Gobierno», recuerda Flores
Respecto al contenido en sí de la iniciativa, Andrés Boix, profesor titular de Derecho administrativo de la Universitat de València, considera que «en ningún caso puede considerarse que exista un delito de repruebo, porque lo único que se hace es pedir una información que debe de ser pública».
El Catedrático de Derecho Constitucional, y expresidente del Consell Jurídic, Vicente Garrido, también remarca el derecho de los diputados a solicitar información. Y subraya además que «no se está ofendiendo a ningún colectivo, sino que se está solicitando al Gobierno una documentación». «Entra dentro de la función de control al Consell», añade. «No tiene sentido que se pueda boicotear esto en la era de la tras*parencia», señala Garrido.
El también Catedrático de Derecho Constitucional, y colaborador de LAS PROVINCIAS, Carlos Flores Juberías, resmarca que Vox «no pregunta por la orientación sensual de las personas afectadas, sino por sus antecedentes penales y por su capacitación profesional. «Ninguno de esos datos, ni tampoco el de que colaboren con colectivos LGTBI, permite hacer afirmaciones alguna sobre la condición sensual», señala.
Para el profesor Flores, «no se puede argumentar persecución a un grupo social cuando la solicitud de información se refiere a acciones de la propia administración». De hecho, alude a la petición de 2014 de Compromís sobre las nóminas de los profesores de religión -y de la que informó ayer este diario-. «Nadie puede inquirir sobre creencias religiosas y jovenlandesales... pero si por los contenidos de enseñanzas si estas se han producido en un centro publico o por los ingresos si proceden del presupuesto publico».
Boix considera, por su parte, que incluso en el caso de que se considertara que el contenido de la iniciativa es susceptible de incurrir en un posible delito de repruebo «no podría perseguirse, porque la inviolabilidad parlamentaria salvaguarda la expresión de cualquier opinión en el ámbito de esa actividad». «La inviolabilidad -añade- se encuentra en el ADN básico de las democracias liberales». Boix admite no obstante que, en el ámbito político, el concepto de inviolabilidad se ha puesto en debate a raiz de la causa abierta a Carmen Forcadell, expresidenta del Parlament catalán.
Garrido diferencia entre preguntas cuyo contenido pueda no ser adecuado «y que la Mesa puede no admitir», y solicitudes de información al Gobierno. «Negarse a tramitarla podría ser susceptible de recurso ante el Constitucional», afirma.



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