cuñado de bar
Hablando sin tener ni idea
- Desde
- 14 May 2022
- Mensajes
- 7.449
- Reputación
- 29.190
La exclusión fue rechazada en primera instancia Por la Junta Electoral de la Zona al "no cumplirse los requisitos" establecidos en la instrucción de la Junta Electoral Central
Las elecciones del próximo 23 de julio ya están empezando a dejar anécdotas para el recuerdo. Un juzgado de Bilbao ha excluido a una progenitora de tres hijos menores de 5 años, citada como presidenta de mesa, cuyo marido también ha sido citado como vocal suplemente.
La exclusión se ha producido después de que la mujer presentara un recurso en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Bilbao después de que la Junta Electoral de la Zona de Bilbao lo rechazara. El argumento utilizado para el rechazo del recurso fue que "no cumple los requisitos" establecidos en la instrucción de la Junta Electoral Central.
En la sentencia, el juzgado considera que la Junta Electoral de Zona "no presenta motivación alguna, siquiera sucinta", para denegar la solicitud de la mujer. Además señala que sí hay en la instrucción de la Junta Electoral Central dos causas de impedimento para estar en la mesa electoral que la mujer cumple: la del "cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce años" y la de condición de progenitora de menores de 14 años cuando el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.
Por ello, el juzgado bilbaino ha admitido el recurso de la mujer y ha anulado por no ajustada a derecho la decisión de la Junta Electoral de Zona de denegar la petición de la mujer de ser excluida de la mesa.
Encima se ha librado por poco. Lo siguiente es denegarte la exención teniendo que cuidar a la abuela con alzheimer. Es más importante las elecciones de Antonio que lo demás.
Las elecciones del próximo 23 de julio ya están empezando a dejar anécdotas para el recuerdo. Un juzgado de Bilbao ha excluido a una progenitora de tres hijos menores de 5 años, citada como presidenta de mesa, cuyo marido también ha sido citado como vocal suplemente.
La exclusión se ha producido después de que la mujer presentara un recurso en el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Bilbao después de que la Junta Electoral de la Zona de Bilbao lo rechazara. El argumento utilizado para el rechazo del recurso fue que "no cumple los requisitos" establecidos en la instrucción de la Junta Electoral Central.
En la sentencia, el juzgado considera que la Junta Electoral de Zona "no presenta motivación alguna, siquiera sucinta", para denegar la solicitud de la mujer. Además señala que sí hay en la instrucción de la Junta Electoral Central dos causas de impedimento para estar en la mesa electoral que la mujer cumple: la del "cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de doce años" y la de condición de progenitora de menores de 14 años cuando el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral.
Por ello, el juzgado bilbaino ha admitido el recurso de la mujer y ha anulado por no ajustada a derecho la decisión de la Junta Electoral de Zona de denegar la petición de la mujer de ser excluida de la mesa.
https://www.deia.eus/bilbao/2023/07/13/excluyen-mesa-electoral-bilbao-progenitora-7046886.html
Encima se ha librado por poco. Lo siguiente es denegarte la exención teniendo que cuidar a la abuela con alzheimer. Es más importante las elecciones de Antonio que lo demás.