Estos son los casos en los que Hacienda detecta tu dinero en efectivo 'bajo el colchón'

djun

Será en Octubre
Desde
21 Abr 2012
Mensajes
39.366
Reputación
94.898
Estos son los casos en los que Hacienda detecta tu dinero en efectivo 'bajo el colchón'
  • Es una práctica habitual que afecta a determinados movimientos
  • La solución es declarar ese dinero de forma correcta en la Renta
  • El ciudadano se enfrenta a riesgos guardando el dinero en casa

Mantener el dinero en efectivo ahorrado en casa, lo que se conoce como depositar el dinero 'bajo el colchón', parece una costumbre ya obsoleta, pero lo cierto es que sigue practicándose por numerosos ciudadanos, que si bien pueden hacerlo sin problemas han de guardar ciertas precauciones en esta materia.

Ante todo, el ciudadano debe estar tranquilo porque guardar el dinero en efectivo en el propio domicilio es algo completamente legal. Solo debe estar al tanto de las obligaciones que conlleva la acumulación de dinero en su hogar, que al final y al cabo son las mismas que las del contribuyente que lo guarda en su cuenta bancaria o el que lo usa en, por ejemplo, productos financieros.

Así, lo único que debe saber el ciudadano es que tendrá que declarar de forma correcta el dinero que guarde en casa 'bajo el colchón'. La forma de hacer esto es sencilla: en la declaración de la Renta, donde deberá indicar el origen de ese dinero. Por ejemplo, un trabajador que una vez ha percibido la nómina y pagado los gastos domiciliados retira el resto del salario y lo guarda en casa tendrá que declararlo como renta del trabajo.

En este punto hay que dejar claro que dentro de la tarea recaudatoria de Hacienda se encuentra otra función que se relaciona con ella: la de indagar cuáles son los movimientos de efectivo potencialmente más sospechosos para, en el caso de que existan indicios de algún delito fiscal. Por esta razón, el organismo tiene la capacidad de detectar ciertos movimientos que implican retiradas de dinero (el supuesto en el que encuadra guardar el dinero 'bajo el colchón') para poder monitorizarlos.

Las entidades bancarias son las grandes colaboradoras de Hacienda, ya que la ley les obliga a comunicar ciertos movimientos. Así lo explica la Ley General Tributaria en su artículo 93, aludiendo a la obligación por parte de los bancos de "proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias".

En base a esto, Hacienda (a través de las entidades bancarias) detecta y recibe información de todos los movimientos que impliquen:

-Todas las operaciones por encima de 3.000 euros, incluyéndose las retiradas de efectivo.

-Todas las operaciones que afecten a billetes de 500 euros, incluyéndose también aquí las retiradas de efectivo.

Si un movimiento se encuadra dentro de alguno de estos dos parámetros, la información llegará a la Agencia Tributaria a través de los bancos. En ese momento Hacienda tendrá libertad para, si lo cree conveniente, iniciar las pesquisas pertinentes para conocer el origen del dinero y si su declaración es correcta.

Eso sí: que Hacienda reciba toda la información no significa que siempre proceda a investigar. De hecho, solo se creará una investigación cuando el organismo perciba elementos sospechosos y nunca en el resto de casos.

Estos son los peligros de guardar el dinero 'bajo el colchón'
Hacienda en sí no es un peligro, pero sí un factor a tener en cuenta que puede amedrentar a ciertos ciudadanos que se planteen en algún momento guardar el dinero en efectivo en su casa 'bajo el colchón'. No es en todo caso el único factor que debe considerarse como problemático. De acuerdo con el portal especializado HelpMyCash, estos son los otros peligros de guardar el efectivo en casa:

-La inflación: es el tema de moda y no es para menos (el IPC del mes de junio ha sido de un 10,2%), ya que durante todo el tiempo en que se guarde en casa el dinero, el ciudadano perderá poder adquisitivo, puesto que con ese mismo dinero podrá comprar menos bienes al bajar su valor.

-Robos: este peligro es uno de los 'típicos'. Evidentemente, y al igual que con el resto de pertenencias de un hogar, si se sufre un robo ese dinero en efectivo es tan susceptible de desaparecer como el resto de bienes. En HelpMyCash recomiendan esconderlo en cajas fuertes y/o contratar seguros.

-Incendios o inundaciones: es casi tan aleatorio como un robo, pero no por ello menos dañino para los ahorros del ciudadano. En este caso también sería muy recomendable la contratación de un seguro.


 
En qué casos detecta Hacienda tu dinero 'bajo el colchón': así tienes que declarar tu efectivo
  • No es ilegal ni conlleva obligaciones extra para su propietario
  • Solo hay que declararlo correctamente e indicar su procedencia

Aunque no es tan frecuente debido a la proliferación de productos de ahorro e inversión y por el uso generalizado de cuentas bancarias, existen personas que se decantan por guardar dinero en efectivo en su domicilio, lo que siempre se ha conocido como guardar el dinero 'bajo el colchón'.

Esta práctica es completamente legal: el ciudadano no tiene ninguna restricción a la hora de guardar dinero en efectivo en casa ni ha de cumplir con requisitos adicionales o diferentes. Tan solo, como sucede con el resto de sus ingresos, simplemente tendrá que declararlo correctamente ante Hacienda como parte del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La forma de declararlo es presentando la declaración de la Renta, justo ahora cuando la Agencia Tributaria ha abierto el plazo para dichas presentacioens en plena Campaña 2021-2022. Así, si el contribuyente está obligado a entregar la declaración tendrá que indicar el origen de ese dinero que guarda en efectivo en su domicilio: rendimientos del trabajo, rendimientos de actividades económicas, rendimientos de capital inmobiliario o mobiliario, ganancias patrimoniales...

Aunque el contribuyente que esté obligado a declarar está obligado también, por lo tanto, a declarar de forma correcta ese dinero que tiene en efectivo, la Agencia Tributaria se asegura de vigilar ciertas operaciones que pueden entrar dentro de la categoría de 'sospechosas'.

Así, todas las operaciones por encima de 3.000 euros o que impliquen el uso de billetes de 500 euros son estrechamente monitorizadas por Hacienda. Aquí entran tanto los depósitos como las retiradas de efectivo. En este último supuesto entrarían esas cantidades que se llevan a casa, tras*feridas desde la cuenta corriente.

En esta labor de detección Hacienda se ayuda de las entidades bancarias. Y es que los bancos están obligados a comunicar esas operaciones que tengan lugar bajo sus recursos. En concreto, lo explica el artículo 93 de la Ley General Tributaria, que hace referencia a su obligación de "proporcionar a la Administración tributaria toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".

Cuándo inicia Hacienda una investigación
Todas las operaciones dentro de los parámetros anteriormente enunciados pasarán a conocimiento de la Agencia Tributaria. Sin embargo, el organismo no investiga todos los movimientos: solo lo hará cuando perciba elementos sospechosos.

El Banco de España explica en su página web Hacienda solo actuará "cuando tenga sospechas de alguna operación delictiva, poniéndose en contacto con la entidad para pedirle más información, y con el usuario si lo considera procedente".



 
Pero que chorrada es esa. Si RETIRAS mas de 3.000€ de la cuenta. ¿Donde esta la duda del origen de ese dinero? El origen es la fruta cuenta. Donde seguramente llego por nomina.

¿Como vas a declarar el dinero que tienes como rentas del trabajo, si probablemente ya lo has hecho con el 10T? ¿Lo declaras 2 veces?

Entre los demorados del gobierno y los inutiles de hacienda... estamos dolidos.
 
Pero que chorrada es esa. Si RETIRAS mas de 3.000€ de la cuenta. ¿Donde esta la duda del origen de ese dinero? El origen es la fruta cuenta. Donde seguramente llego por nomina.

¿Como vas a declarar el dinero que tienes como rentas del trabajo, si probablemente ya lo has hecho con el 10T? ¿Lo declaras 2 veces?

Entre los demorados del gobierno y los inutiles de hacienda... estamos dolidos.
Tu calla y paga
 
Pero que chorrada es esa. Si RETIRAS mas de 3.000€ de la cuenta. ¿Donde esta la duda del origen de ese dinero? El origen es la fruta cuenta. Donde seguramente llego por nomina.

¿Como vas a declarar el dinero que tienes como rentas del trabajo, si probablemente ya lo has hecho con el 10T? ¿Lo declaras 2 veces?

Entre los demorados del gobierno y los inutiles de hacienda... estamos dolidos.
Si....lo estamos
 
No hay que declarar ningún dinero en efectivo

La prensa económica española solo sirve para envolver bocadillos con ella
En todo caso habría que declarar Patrimonio, pero ¿IRPF? En ningún sitio de la Renta hay que poner la pasta que tienes en los bancos, ni en efectivo, ni similares.

Vaya artículo, y eso que se supone que es prensa especializada en economía. roto2
 
Así, lo único que debe saber el ciudadano es que tendrá que declarar de forma correcta el dinero que guarde en casa 'bajo el colchón'.

La forma de hacer esto es sencilla: en la declaración de la Renta, donde deberá indicar el origen de ese dinero.

Por ejemplo, un trabajador que una vez ha percibido la nómina y pagado los gastos domiciliados retira el resto del salario y lo guarda en casa tendrá que declararlo como renta del trabajo.

Jajajaja.
El que ha escrito eso no ha hecho una declaracion en su vida.
 
Volver