MAESE PELMA
me gusta depilarme los huevones y tocármelos
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La ley del ‘sólo sí es sí’ rebaja 2 años de pena a un senegalés que violó y embarazó a una discapacitada
Las rebajas de pena a forzadores provocadas por la Ley Montero superan ya las 1.000 según el CGPJ
Ley del ‘sólo sí es sí’: qué es y por qué se reducen las penas a los forzadores
Ione Belarra e Irene Montero en el Congreso durante la votación de la reforma de la ley del 'sólo sí es sí (EUROPA PRESS).
El portero senegalés de un edificio de La Coruña que violó y dejó embarazada a una discapacitada intelectual, con un 68 % de discapacidad intelectual diagnosticada, se acaba de beneficiar de una rebaja de dos años de prisión, de 8 a 6 años, gracias a la ley del sólo sí es sí de Irene Montero.
Los hechos ocurrieron en 2019 cuando María (nombre ficticio) acudía diariamente entre las cuatro y las ocho de la tarde a una asociación especializada en trabajar con personas con su patología. «Durante el año 2019, en el período de tiempo comprendido entre finales de abril y principios de mayo, en una de las ocasiones que María regresaba a su domicilio (…) fue abordada en el portal por Manuel (nombre ficticio), quien a sabiendas de su minusvalía psíquica se aprovechó (…) De esta manera para satisfacer su apetito sensual, se la llevó al cuarto de la limpieza. Allí le realizó diversos tocamientos de naturaleza sensual y la penetró por vía vaginal, llegando a eyacular», según recoge la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Coruña el 26 de noviembre de 2020, ratificada el 8 de febrero de 2021.
El día de la violación María, nacida en 1962, no le contó nada a su progenitora, hasta que ocho semanas después, en julio de 2019 comenzó a encontrarse mal y por esa razón su progenitora la llevó a Urgencias donde un médico diagnosticó el 11 de julio de 2019 que presentaba un embarazo acorde con siete semanas de gestación.
María está diagnosticada con un déficit cognitivo con discapacidad intelectual del 68%, debido las secuelas derivadas de una meningitis que padeció en la primera infancia, en concreto a los 4 meses, y que la mantuvo en coma durante año y medio. La enfermedad le provoca «falta de capacidades y habilidades para la toma de decisiones y falta de madurez suficiente para el consentimiento de una relación sensual, dificultad para adelantarse a peligros y la no existencia de reacciones adecuadas ante los mismos», según la misma sentencia ahora rebajada gracias a la ley del sólo sí es sí.
Un juzgado acordó la recogida de muestras de ADN del feto que se encontraba en el cuerpo de María. La posterior investigación demostró que ese bebé presentaba un índice de similitud con el ADN de Manuel del 99,99% que prestó sus muestras tras ser detenido.
El equipo de psicólogos del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) incluso trató en dos ocasiones de realizar una exploración a María, para intentar determinar el alcance de las secuelas psicológicas derivadas de la agresión sufrida pero «no fue posible, dadas las dificultades derivadas de su discapacidad intelectual», según la sentencia inicial.
Ahora, un auto de la Audiencia Provincial de La Coruña dictado el 2 de mayo de 2023 rebaja la pena a Manuel de ocho a seis años en virtud de la aplicación de la ley del sólo sí es sí, aunque deja intacta la prohibición de acercarse a la víctima durante 16 años.
Las rebajas de pena a forzadores provocadas por la Ley Montero superan ya las 1.000 según el CGPJ
Ley del ‘sólo sí es sí’: qué es y por qué se reducen las penas a los forzadores
El portero senegalés de un edificio de La Coruña que violó y dejó embarazada a una discapacitada intelectual, con un 68 % de discapacidad intelectual diagnosticada, se acaba de beneficiar de una rebaja de dos años de prisión, de 8 a 6 años, gracias a la ley del sólo sí es sí de Irene Montero.
Los hechos ocurrieron en 2019 cuando María (nombre ficticio) acudía diariamente entre las cuatro y las ocho de la tarde a una asociación especializada en trabajar con personas con su patología. «Durante el año 2019, en el período de tiempo comprendido entre finales de abril y principios de mayo, en una de las ocasiones que María regresaba a su domicilio (…) fue abordada en el portal por Manuel (nombre ficticio), quien a sabiendas de su minusvalía psíquica se aprovechó (…) De esta manera para satisfacer su apetito sensual, se la llevó al cuarto de la limpieza. Allí le realizó diversos tocamientos de naturaleza sensual y la penetró por vía vaginal, llegando a eyacular», según recoge la sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Coruña el 26 de noviembre de 2020, ratificada el 8 de febrero de 2021.
El día de la violación María, nacida en 1962, no le contó nada a su progenitora, hasta que ocho semanas después, en julio de 2019 comenzó a encontrarse mal y por esa razón su progenitora la llevó a Urgencias donde un médico diagnosticó el 11 de julio de 2019 que presentaba un embarazo acorde con siete semanas de gestación.
María está diagnosticada con un déficit cognitivo con discapacidad intelectual del 68%, debido las secuelas derivadas de una meningitis que padeció en la primera infancia, en concreto a los 4 meses, y que la mantuvo en coma durante año y medio. La enfermedad le provoca «falta de capacidades y habilidades para la toma de decisiones y falta de madurez suficiente para el consentimiento de una relación sensual, dificultad para adelantarse a peligros y la no existencia de reacciones adecuadas ante los mismos», según la misma sentencia ahora rebajada gracias a la ley del sólo sí es sí.
Un juzgado acordó la recogida de muestras de ADN del feto que se encontraba en el cuerpo de María. La posterior investigación demostró que ese bebé presentaba un índice de similitud con el ADN de Manuel del 99,99% que prestó sus muestras tras ser detenido.
El equipo de psicólogos del Instituto de Medicina Legal de Galicia (Imelga) incluso trató en dos ocasiones de realizar una exploración a María, para intentar determinar el alcance de las secuelas psicológicas derivadas de la agresión sufrida pero «no fue posible, dadas las dificultades derivadas de su discapacidad intelectual», según la sentencia inicial.
Ahora, un auto de la Audiencia Provincial de La Coruña dictado el 2 de mayo de 2023 rebaja la pena a Manuel de ocho a seis años en virtud de la aplicación de la ley del sólo sí es sí, aunque deja intacta la prohibición de acercarse a la víctima durante 16 años.