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El Tribunal Supremo ha imputado al exministro de tras*portes y actual diputado del Congreso José Luis Ábalos en la trama Koldo al apreciar indicios de varios delitos contra él. El tribunal designa instructor, conforme al turno establecido, al magistrado de la Sala Leopoldo Puente.
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional Ismael Moreno pidió la imputación de Ábalos ante los "indicios fundados y serios" de su "papel principal" en la citada trama de corrupción. En su exposición razonada, magistrado atribuía al exministro de Pedro Sánchez presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
En un auto de 8 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el Alto Tribunal afirma que respecto a las personas no aforadas incluidas en las diligencias que instruye el juez Moreno, "el procedimiento deberá continuar en la Audiencia Nacional, y que la extensión de la competencia al Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados respecto a la persona aforada".
Asimismo, el auto de la Sala dispone que la Audiencia remita al Supremo "cuantos datos resulten de las diligencias que se practiquen y que tengan relación con los hechos atribuidos provisionalmente a la persona aforada ante esta Sala".
El auto de la Sala, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, destaca que, en este momento procesal, les corresponde verificar si en la exposición que le ha sido remitida se consignan hechos que, según una valoración muy provisional, pudieran ser delictivos, y si existen indicios consistentes o, dicho de otra forma, principios de prueba de la participación en ellos de la persona aforada.
"Resulta, pues, imprescindible –destaca el auto-- continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada D. José Luis Ábalos Meco, siendo competente para ello esta Sala".
El auto explica que el nombramiento de Instructor en el Supremo para la instrucción de la causa se realiza, en principio, sólo para la "investigación de los hechos de los que, indiciariamente, pudiera ser responsable el aforado y respecto de aquellas personas que por necesidades de la instrucción, particularmente la continencia de la causa, resulte inescindible la investigación para lo que deberá acordar lo procedente con el magistrado instructor que continúa con la instrucción de las Diligencias previas 65/2023 del Juzgado Central de instrucción núm. 2 de la Audiencia Nacional".
"En consecuencia, la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el Tribunal Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los investigados a las personas aforadas", recalca la resolución.
La asunción de la investigación se realiza por medio de la reapertura de una causa del año 2021, en la que se analizó la denuncia de un abogado contra Ábalos, y en la cual el Supremo declaró su competencia pero declaró su archivo. En marzo de este año, dicho abogado pidió la reapertura de la causa, y se le contestó por providencia en el mes de septiembre que se estaría a la espera del resultado de la investigación que por los mismos hechos se seguía en la Audiencia Nacional.
El titular del Juzgado Central de Instrucción nº 2 de la Audiencia Nacional Ismael Moreno pidió la imputación de Ábalos ante los "indicios fundados y serios" de su "papel principal" en la citada trama de corrupción. En su exposición razonada, magistrado atribuía al exministro de Pedro Sánchez presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho.
En un auto de 8 páginas, al que ha tenido acceso Libertad Digital, el Alto Tribunal afirma que respecto a las personas no aforadas incluidas en las diligencias que instruye el juez Moreno, "el procedimiento deberá continuar en la Audiencia Nacional, y que la extensión de la competencia al Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los hechos investigados respecto a la persona aforada".
Asimismo, el auto de la Sala dispone que la Audiencia remita al Supremo "cuantos datos resulten de las diligencias que se practiquen y que tengan relación con los hechos atribuidos provisionalmente a la persona aforada ante esta Sala".
El auto de la Sala, del que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, destaca que, en este momento procesal, les corresponde verificar si en la exposición que le ha sido remitida se consignan hechos que, según una valoración muy provisional, pudieran ser delictivos, y si existen indicios consistentes o, dicho de otra forma, principios de prueba de la participación en ellos de la persona aforada.
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"Resulta, pues, imprescindible –destaca el auto-- continuar la investigación sobre los mismos y sobre la participación en ellos de la persona aforada D. José Luis Ábalos Meco, siendo competente para ello esta Sala".
El auto explica que el nombramiento de Instructor en el Supremo para la instrucción de la causa se realiza, en principio, sólo para la "investigación de los hechos de los que, indiciariamente, pudiera ser responsable el aforado y respecto de aquellas personas que por necesidades de la instrucción, particularmente la continencia de la causa, resulte inescindible la investigación para lo que deberá acordar lo procedente con el magistrado instructor que continúa con la instrucción de las Diligencias previas 65/2023 del Juzgado Central de instrucción núm. 2 de la Audiencia Nacional".
"En consecuencia, la extensión de la competencia a hechos cometidos por personas no aforadas ante el Tribunal Supremo solamente será procedente cuando se aprecie una conexión material inescindible con los investigados a las personas aforadas", recalca la resolución.
La asunción de la investigación se realiza por medio de la reapertura de una causa del año 2021, en la que se analizó la denuncia de un abogado contra Ábalos, y en la cual el Supremo declaró su competencia pero declaró su archivo. En marzo de este año, dicho abogado pidió la reapertura de la causa, y se le contestó por providencia en el mes de septiembre que se estaría a la espera del resultado de la investigación que por los mismos hechos se seguía en la Audiencia Nacional.
El Supremo imputa a Ábalos por organización criminal
El tribunal designa instructor, conforme al turno establecido, al magistrado de la Sala Leopoldo Puente.
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