La posición del gobierno español, expresada nuevamente ayer negándose incluso a hablar del referéndum, situando el debate en el ámbito jurídico y suficiente, es un despropósito, pero un despropósito muy significativo. Todo el mundo sabe que el entramado jurídico, cualquier entramado jurídico, cuando hablamos de grandes cambios, de cambios históricos, queda subsumido en la decisión política. Lo explicaré con dos ejemplos muy claros: el primero, la reunificación alemana y el segundo, y es muy grande, el nacimiento de la autonomía andaluza.
Tras la caída del muro de Berlín, Francia y sobre todo Gran Bretaña trataron de impedir o ralentizar la reunificación alemana, temerosos de su poder. Pero Kohl fue audaz y el 14 de julio de 1990 se plantó en Moscú, con la voluntad de convencer al primer ministro soviético, Gorbachov, que permitiera la unificación alemana. Poca broma: la RDA era el estado más próspero del bloque soviético y uno de los miembros del Pacto de Varsovia. Se trataba de pasar dieciséis millones de europeos de una parte a otra. Un hecho para el que, evidentemente, no había reglas.
Kohl convenció Gorbachov asegurándole que Alemania pagaría la retirada de las tropas soviéticas y aportaría una ayuda financiera cuantiosa. Alemania no ha reconocido cuánto costó, pero se sabe que unos cuarenta millones de euros.
Con el sí soviético en las manos, el canciller se fue a la Unión Europea y anunció el acuerdo. Lo hizo remarcando que este proceso jurídico tan enormemente difícil lo llevaría adelante sin el voto de ninguno de los dos parlamentos y sin hacer ningún referéndum, sólo con un acuerdo del gobierno de la RFA. Mitterrand y Thatcher se opusieron con vehemencia, pero acabaron claudicando. Obligaron Kohl a reconocer la frontera con Polonia como una frontera definitiva, lo que el líder alemán no quería hacer, y decir amén. Los juristas hicieron el resto del trabajo, validando un proceso que violaba todas las normas existentes.
El segundo ejemplo es más hiriente aún y me la ha recordado esta mañana un lector: Andalucía. El 28 de febrero de 1980 Andalucía votaba el estatuto de autonomía, con la voluntad de convertirse en comunidad autónoma por la vía del artículo 151, es decir, de ser comunidad histórica. La constitución española indica - indica todavía hoy! - Que el referéndum sobre el estatuto debía ser aprobado en todas y cada una de las provincias. Y no se consiguió. En Almería el sí al estatuto sólo llegó al 42,07% de los votos. Y sin embargo Andalucía pasó a ser una autonomía del 151. ¿Cómo?
Muy sencillo. Con el acuerdo de los partidos se decidió reformar una ley orgánica, la que regula las modalidades de referéndum, para dejar sin efecto las disposiciones de la constitución española. Una auténtica barbaridad desde el punto de vista jurídico, dado que la constitución es de grado superior a una ley orgánica. Pero así se hizo. Se cambió el artículo octavo de la ley de referendos para que dijera que si la mitad más uno de los electores en toda la comunidad autónoma ratificaba el estatuto, oficialmente se consideraba ratificado en todas las provincias.
Como no se podía cambiar la constitución, por la complejidad del proceso, y la constitución decía que había que aprobarlo en todas las provincias, simplemente se optó por hacer una trampa política y cambiar la definición de aprobado y la de provincias. Matemáticamente, Almería no la aprobaba pero políticamente sí, en vista de que la media total de Andalucía superaba el 50%. Ni siquiera se preocupó de repetir la votación.
Existirían, hoy, la Alemania unificada o la autonomía andaluza si la Comunidad Europea y España hubieran obligado a cumplir la legalidad por encima de todo y de todos? Es evidente que no. Y sin embargo existen. Prueba fehaciente, por tanto, que España ya puede repetir tanto como quiera que hay que respetar el marco legal actual: si las cosas tienen que pasar pasarán.
PD: Por cierto, en el caso andaluz hablamos también de referéndum. No por nada ...
El marc legal, el passen per alt quan volen - Editorial - VilaWeb
Tras la caída del muro de Berlín, Francia y sobre todo Gran Bretaña trataron de impedir o ralentizar la reunificación alemana, temerosos de su poder. Pero Kohl fue audaz y el 14 de julio de 1990 se plantó en Moscú, con la voluntad de convencer al primer ministro soviético, Gorbachov, que permitiera la unificación alemana. Poca broma: la RDA era el estado más próspero del bloque soviético y uno de los miembros del Pacto de Varsovia. Se trataba de pasar dieciséis millones de europeos de una parte a otra. Un hecho para el que, evidentemente, no había reglas.
Kohl convenció Gorbachov asegurándole que Alemania pagaría la retirada de las tropas soviéticas y aportaría una ayuda financiera cuantiosa. Alemania no ha reconocido cuánto costó, pero se sabe que unos cuarenta millones de euros.
Con el sí soviético en las manos, el canciller se fue a la Unión Europea y anunció el acuerdo. Lo hizo remarcando que este proceso jurídico tan enormemente difícil lo llevaría adelante sin el voto de ninguno de los dos parlamentos y sin hacer ningún referéndum, sólo con un acuerdo del gobierno de la RFA. Mitterrand y Thatcher se opusieron con vehemencia, pero acabaron claudicando. Obligaron Kohl a reconocer la frontera con Polonia como una frontera definitiva, lo que el líder alemán no quería hacer, y decir amén. Los juristas hicieron el resto del trabajo, validando un proceso que violaba todas las normas existentes.
El segundo ejemplo es más hiriente aún y me la ha recordado esta mañana un lector: Andalucía. El 28 de febrero de 1980 Andalucía votaba el estatuto de autonomía, con la voluntad de convertirse en comunidad autónoma por la vía del artículo 151, es decir, de ser comunidad histórica. La constitución española indica - indica todavía hoy! - Que el referéndum sobre el estatuto debía ser aprobado en todas y cada una de las provincias. Y no se consiguió. En Almería el sí al estatuto sólo llegó al 42,07% de los votos. Y sin embargo Andalucía pasó a ser una autonomía del 151. ¿Cómo?
Muy sencillo. Con el acuerdo de los partidos se decidió reformar una ley orgánica, la que regula las modalidades de referéndum, para dejar sin efecto las disposiciones de la constitución española. Una auténtica barbaridad desde el punto de vista jurídico, dado que la constitución es de grado superior a una ley orgánica. Pero así se hizo. Se cambió el artículo octavo de la ley de referendos para que dijera que si la mitad más uno de los electores en toda la comunidad autónoma ratificaba el estatuto, oficialmente se consideraba ratificado en todas las provincias.
Como no se podía cambiar la constitución, por la complejidad del proceso, y la constitución decía que había que aprobarlo en todas las provincias, simplemente se optó por hacer una trampa política y cambiar la definición de aprobado y la de provincias. Matemáticamente, Almería no la aprobaba pero políticamente sí, en vista de que la media total de Andalucía superaba el 50%. Ni siquiera se preocupó de repetir la votación.
Existirían, hoy, la Alemania unificada o la autonomía andaluza si la Comunidad Europea y España hubieran obligado a cumplir la legalidad por encima de todo y de todos? Es evidente que no. Y sin embargo existen. Prueba fehaciente, por tanto, que España ya puede repetir tanto como quiera que hay que respetar el marco legal actual: si las cosas tienen que pasar pasarán.
PD: Por cierto, en el caso andaluz hablamos también de referéndum. No por nada ...
El marc legal, el passen per alt quan volen - Editorial - VilaWeb