david53
Madmaxista
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El Parlamento de Bulgaria acaba de votar a favor de prohibir el niqab y el burka en espacios públicos, siguiendo los pasos de Francia, Bélgica, Holanda o Letonia.
La abogada general de la UE ha justificado la prohibición del velo en las empresas y ha avalado el despido de una fiel a la religión del amora que se negó a trabajar sin él.
En España, el reciente caso de una niña de Vitoria cuyos padres se negaron a que vaya a clase con la cabeza descubierta ha reabierto también el debate.
El Parlamento de Bulgaria ha respaldado recientemente una propuesta de ley presentada por la coalición nacionalista de derechas Frente Patriótico, que, de ser aprobada finalmente, prohibirá el uso de prendas de vestir que tapen la cara en espacios públicos como oficinas gubernamentales, centros educativos e instituciones culturales. La ley, similar a las aprobadas en Francia, Bélgica u Holanda, y que afecta directamente a algunos tipos de velo islámico, como el niqab o el burka, recibió a mediados de junio el apoyo de 108 diputados. Solo ocho votaron en contra. En Bulgaria viven alrededor de 7,2 millones de fiel a la religión del amores (el 12% de la población), muchos de los cuales pertenecen a comunidades de origen turco que llevan siglos en el país, y que no suelen utilizar el velo. Unos días antes, la abogada general de la Unión Europea, Julianne Kokott, terciaba en el debate al declarar que las empresas europeas pueden prohibir a sus empleadas que lleven velo, ya que esta prenda "vulnera la neutralidad religiosa". Kokott avalaba así el despido de Samira Achbita, una mujer fiel a la religión del amora que perdió su trabajo en Bélgica tras manifestar su intención de llevar velo durante la jornada laboral. Según la abogada, no existió discriminación hacia la empleada porque la empresa en cuestión prohíbe que se exhiban símbolos políticos, filosóficos o religiosos en el puesto de trabajo. Aunque se trata solo de la opinión de la letrada, el Tribunal Europeo de Justicia suele respaldar la gran mayoría de sus posiciones. Era la primera vez que la justicia comunitaria abordaba un conflicto sobre el uso del velo. Mientras, en España, la polémica del velo ha regresado a las aulas, esta vez, en el País Vasco. A principios del mes pasado, los padres de una niña fiel a la religión del amora escolarizada en un centro público de Vitoria, cuyo reglamento interno impide a los alumnos ir a clase con la cabeza cubierta por cualquier tipo de prenda, se negaron a que su hija, de 10 años, se quite el velo para entrar en el aula. Ante la falta de acuerdo (la asociación de padres y madres del centro respalda a la dirección del colegio), tuvo que intervenir el Departamento de Educación del Gobierno vasco. De momento, y teniendo en cuenta que el curso estaba ya en sus últimas semanas, se ha adoptado una medida provisional: la niña no podrá entrar en el aula con velo, pero sí en las dependencias de la dirección, a las que se desplazan los profesores para impartirle las materias. De izquierda a derecha El recurrente debate sobre el uso de las prendas islámicas femeninas tiene la rara característica de juntar en un mismo bando sensibilidades ideológicas muy opuestas, desde la izquierda a la extrema derecha. Para los defensores de una sociedad laica, su utilización en espacios públicos atenta contra la neutralidad religiosa; para muchos colectivos feministas (aunque no todos), el velo, y, en especial, las variantes que más cubren el cuerpo de la mujer (niqab, burka) son un símbolo evidente de discriminación machista; para los cada vez más presentes grupos xenófobos de ultraderecha, se trata de una ofensa a los "valores cristianos" de Europa y una señal más de la "oleada turística fiel a la religión del amora" que, en su retórica anti inmi gración, sufre el Viejo Continente. Otros aluden a motivos puramente pragmáticos, relacionados con la seguridad (en el caso de prendas que tapan la cara), y, en medio de la discusión, las propias afectadas, mujeres fiel a la religión del amoras, muchas de ellas nacidas y criadas en Europa, que en su mayoría defienden la utilización de lo que consideran tanto un símbolo religioso como una seña de identidad, y que niegan estar "obligadas" a llevarlo. La mayoría de las afectadas defienden la utilización de lo que consideran tanto un símbolo religioso como una seña de identidadSe trata, en cualquier caso, de una controversia con muchos matices y difícil de legislar, ya que entra de lleno en la subjetividad de lo que es aceptable y lo que no, así como en las diferentes realidades culturales que definen las cambiantes sociedades europeas contemporáneas. En Europa, con una población total de unos 730 millones de personas, viven actualmente alrededor de 55 millones de fiel a la religión del amores, más de 16 millones dentro de las fronteras de la UE, según datos del Instituto Alemán del Islam (otros cálculos elevan esta última cifra a 20 millones). En España, la población fiel a la religión del amora es de cerca de 1.732.000 personas, el 3,6% de la población. ¿A qué tipos de velo deben afectar estar prohibiciones? ¿Debe tratarse por igual a quien lo lleva por motivos religiosos que a quien lo hace por identidad cultural, como forma de autoafirmación, por tradición, por estética, o como un símbolo impuesto de sumisión? ¿Cómo distinguir cada caso? ¿Por qué no existe el mismo debate con otros símbolos religiosos como crucifijos, medallones de la Virgen, kipás judías, o turbantes sij?¿Se trata de una prenda discriminatoria para la mujer en sí o depende de quien la lleve? Y, si la prohibición afecta a menores de edad, por el riesgo de que no lo vistan por voluntad propia, ¿qué ocurre con las niñas que manifiestan expresamente su deseo de llevarlo? ¿Dónde poner los límites a la hora de distinguir entre la imposición discriminatoria de una prenda de vestir y la libertad de los padres con respecto a la educación religiosa de sus hijos? Un breve repaso a la forma en que distintos países europeos están encarando el debate, a través de sus legislaciones: España. No existe legislación sobre el uso del velo islámico en los espacios públicos, aunque varios ayuntamientos, la mayoría en Cataluña, han prohibido o intentado prohibir el uso del burka y el niqab en las instalaciones municipales. Uno de los casos más sonados fue el de la niña española fiel a la religión del amora Najwa Malha, quien en 2010 tuvo que abandonar su colegio en la localidad madrileña de Pozuelo, al no ser admitida por llevar un hiyab. Días después fue admitida en otro centro donde le permitieron vestir el velo, y, en 2012, un juzgado de Madrid dio la razón al colegio de Pozuelo. En febrero de 2013, el Tribunal Supremo anuló la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida (la primera de este tipo aprobada en España) que prohibía el velo islámico y otras prendas como el burka. En septiembre de 2014, no obstante, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, abrió por primera ver la puerta a regular el uso del burka en espacios públicos, aprovechando la tramitación de la Ley de Seguridad Ciudadana en el Congreso. Francia. Es el país de la UE con mayor porcentaje de población fiel a la religión del amora, y también el primero de la Unión que restringió los símbolos religiosos en los lugares públicos. Desde 2004 el uso del velo está prohibido en las escuelas estatales, después de que la Asamblea Nacional aprobara una ley que prohíbe el uso de signos religiosos "ostensibles" en estos centros (incluyendo crucifijos). La utilización de esta prenda sólo se permite en las escuelas fiel a la religión del amoras y en las universidades donde la ley sobre símbolos religiosos no está vigente. En 2010 el Gobierno presentó el proyecto de ley de prohibición del burka y de toda "prenda denigrante" para la mujer en todos los espacios públicos y no solo en las administraciones del Estado, lo cual suscitó gran polémica. La ley, que contempla multas de 150 euros a las mujeres que paseen cubiertas con un velo integral, y de 15.000 euros y hasta un año de guandoca a los hombres que obliguen a sus esposas a llevarlo, entró en vigor en 2011. La norma fue respaldada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Bélgica. En abril de 2010 el Parlamento belga aprobó por unanimidad un proyecto de ley que preveía la prohibición del uso en público del velo integral islámico, y los atuendos con burka y niqab en todos los lugares públicos. Bélgica fue el primer país de la UE en legislar contra la utilización de prensas que cubran totalmente el rostro, si bien la ley no fue respaldada por el Tribunal Constitucional hasta 2012. En su sentencia, el Constitucional señaló que "aunque el velo integral proceda de una elección deliberada de la mujer, el principio de igualdad de sexos, considerado con razón como un valor fundamental de la sociedad democrática, justifica la prohibición por parte del Estado". La ley prevé para los infractores una multa de 137,50 euros y hasta siete días de guandoca. Holanda. Tras un largo debate iniciado en 2008, el Gobierno holandés decidió finalmente el año pasado prohibir el uso del velo integral en lugares públicos. La medida, que veta el burka y el niqab, solo afecta a los medios de tras*porte, los centros de enseñanza y sanidad, y los edificios oficiales. Las mujeres que persistan en llevarlo en esos lugares pueden ser multadas con 405 euros. En la práctica, apenas un centenar de mujeres llevan burka en el país. Letonia. El Gobierno letón presentó el pasado mes de abril una ley que prohibirá, previsiblemente a partir del año que viene, el uso en lugares públicos de velos que cubran la cara. Según el ministro de Justicia, la medida tiene como objetivo "proteger la cultura letona e impedir que los terroristas puedan ocultar armas bajo la vestimenta". Letonia tiene una población de unos dos millones de personas, de las que alrededor de un millar son fiel a la religión del amores praticantes, según fuentes gubernamentales. Solo media docena de mujeres ("tres", según publicó el diario The New York Times) usan el niqab en público. Dinamarca. Actualmente no existe ninguna ley contra el uso del velo islámico, aunque la cuestión, centrada en las prendas que cubren el rostro, se debate en el Parlamento desde 2006. Desde 2008 las jueces no pueden llevar pañuelo, ya que el Gobierno prohíbe a los magistrados mostrar cualquier símbolo religioso en un tribunal, incluyendo cricifijos, kipás o turbantes. El Partido del Pueblo Danés, conocido por su discurso anti de la religión del amor, presiona para extender la prohibición al personal docente y médico. Alemania. Ocho estados federados prohíben a las profesoras el uso del hijab y de cualquier otro símbolo religioso o político, pero las alumnas pueden cubrirse la cabeza con el velo islámico. Italia. Desde 1975 existe una ley antiterrorista en Italia que prohíbe llevar la cara y cabeza completamente tapadas en espacios públicos, ya sea con velos o con cascos de motos. Actualmente Italia sigue las mismas pautas que Bélgica, Francia o Dinamarca para modificar sus leyes y no reconocer como "motivo justificado" la afiliación religiosa para llevar el velo, algo que ya se aplica en algunas municipios. En diciembre de 2015, el presidente de Lombardía anunció la prohibición de entrar con prendas de vestir que cubran el rostro, como el velo islámico, en edificios públicos y hospitales de esta región del norte de Italia. Reino Unido. No existe ninguna ley que prohíba de forma general el uso del velo ni de ningún símbolo religioso. Los casos de las menores que llevan esta prenda se valoran individualmente. Suiza. En septiembre de 2013, el 63% del electorado en la región italoparlante de Ticino votó a favor de prohibir los velos que cubren la cara en espacios públicos. Era la primera vez que se imponía esta prohibición en uno de los 26 cantones suizos. Los tipos de velo islámico Hiyab. También llamado simplemente pañuelo, hiyab significa velo en árabe. Es la prenda más utilizada en Occidente y deja al descubierto el rostro. Los hay en diferentes colores, varían según los cánones de la moda, y no implican que la mujer no pueda vestir ropa occidental. Chador. Prenda de tonalidad neցro utilizada especialmente por las mujeres iraníes de religión fiel a la religión del amora chií. Se trata de una tela semicircular abierta por delante que cubre desde la cabeza a los pies, pero deja la cara al descubierto. Su utilización se impuso a partir de la Revolución islámico iraní de 1979. Jimar. Prenda en forma de capa que se extiende hasta la cintura y cubre el pelo, el cuello y los hombros completamente, pero deja el rostro al descubierto. Burka. Originario de Afganistán, oculta completamente el cuerpo de la mujer, lo cual impide su identificación. En la cara lleva una rejilla tupida que permite a la mujer respirar y ver, aunque con dificultad. Niqab. Prenda de tonalidad neցro que consta de dos partes: un velo que cubre el rostro y solo deja libre los ojos, y una túnica que puede llegar a la rodilla o a los pies. Utilizada sobre todo en los países del Golfo Pérsico, aunque también en Siria o Jordania. Amitra. Velo formado por dos piezas. Consiste en un gorro cerrado, por lo general hecho del algodón o el poliester, y una bufanda similar a un tubo. Shayla. Bufanda larga rectangular, popular en la región de Golfo Pérsico. Se enrolla alrededor de la cabeza y se sujeta en los hombros. Al igual que la amitra, no cubre el rostro. Ver más en: El velo islámico vuelve a levantar ampollas en Europa - 20minutos.es
La abogada general de la UE ha justificado la prohibición del velo en las empresas y ha avalado el despido de una fiel a la religión del amora que se negó a trabajar sin él.
En España, el reciente caso de una niña de Vitoria cuyos padres se negaron a que vaya a clase con la cabeza descubierta ha reabierto también el debate.
El Parlamento de Bulgaria ha respaldado recientemente una propuesta de ley presentada por la coalición nacionalista de derechas Frente Patriótico, que, de ser aprobada finalmente, prohibirá el uso de prendas de vestir que tapen la cara en espacios públicos como oficinas gubernamentales, centros educativos e instituciones culturales. La ley, similar a las aprobadas en Francia, Bélgica u Holanda, y que afecta directamente a algunos tipos de velo islámico, como el niqab o el burka, recibió a mediados de junio el apoyo de 108 diputados. Solo ocho votaron en contra. En Bulgaria viven alrededor de 7,2 millones de fiel a la religión del amores (el 12% de la población), muchos de los cuales pertenecen a comunidades de origen turco que llevan siglos en el país, y que no suelen utilizar el velo. Unos días antes, la abogada general de la Unión Europea, Julianne Kokott, terciaba en el debate al declarar que las empresas europeas pueden prohibir a sus empleadas que lleven velo, ya que esta prenda "vulnera la neutralidad religiosa". Kokott avalaba así el despido de Samira Achbita, una mujer fiel a la religión del amora que perdió su trabajo en Bélgica tras manifestar su intención de llevar velo durante la jornada laboral. Según la abogada, no existió discriminación hacia la empleada porque la empresa en cuestión prohíbe que se exhiban símbolos políticos, filosóficos o religiosos en el puesto de trabajo. Aunque se trata solo de la opinión de la letrada, el Tribunal Europeo de Justicia suele respaldar la gran mayoría de sus posiciones. Era la primera vez que la justicia comunitaria abordaba un conflicto sobre el uso del velo. Mientras, en España, la polémica del velo ha regresado a las aulas, esta vez, en el País Vasco. A principios del mes pasado, los padres de una niña fiel a la religión del amora escolarizada en un centro público de Vitoria, cuyo reglamento interno impide a los alumnos ir a clase con la cabeza cubierta por cualquier tipo de prenda, se negaron a que su hija, de 10 años, se quite el velo para entrar en el aula. Ante la falta de acuerdo (la asociación de padres y madres del centro respalda a la dirección del colegio), tuvo que intervenir el Departamento de Educación del Gobierno vasco. De momento, y teniendo en cuenta que el curso estaba ya en sus últimas semanas, se ha adoptado una medida provisional: la niña no podrá entrar en el aula con velo, pero sí en las dependencias de la dirección, a las que se desplazan los profesores para impartirle las materias. De izquierda a derecha El recurrente debate sobre el uso de las prendas islámicas femeninas tiene la rara característica de juntar en un mismo bando sensibilidades ideológicas muy opuestas, desde la izquierda a la extrema derecha. Para los defensores de una sociedad laica, su utilización en espacios públicos atenta contra la neutralidad religiosa; para muchos colectivos feministas (aunque no todos), el velo, y, en especial, las variantes que más cubren el cuerpo de la mujer (niqab, burka) son un símbolo evidente de discriminación machista; para los cada vez más presentes grupos xenófobos de ultraderecha, se trata de una ofensa a los "valores cristianos" de Europa y una señal más de la "oleada turística fiel a la religión del amora" que, en su retórica anti inmi gración, sufre el Viejo Continente. Otros aluden a motivos puramente pragmáticos, relacionados con la seguridad (en el caso de prendas que tapan la cara), y, en medio de la discusión, las propias afectadas, mujeres fiel a la religión del amoras, muchas de ellas nacidas y criadas en Europa, que en su mayoría defienden la utilización de lo que consideran tanto un símbolo religioso como una seña de identidad, y que niegan estar "obligadas" a llevarlo. La mayoría de las afectadas defienden la utilización de lo que consideran tanto un símbolo religioso como una seña de identidadSe trata, en cualquier caso, de una controversia con muchos matices y difícil de legislar, ya que entra de lleno en la subjetividad de lo que es aceptable y lo que no, así como en las diferentes realidades culturales que definen las cambiantes sociedades europeas contemporáneas. En Europa, con una población total de unos 730 millones de personas, viven actualmente alrededor de 55 millones de fiel a la religión del amores, más de 16 millones dentro de las fronteras de la UE, según datos del Instituto Alemán del Islam (otros cálculos elevan esta última cifra a 20 millones). En España, la población fiel a la religión del amora es de cerca de 1.732.000 personas, el 3,6% de la población. ¿A qué tipos de velo deben afectar estar prohibiciones? ¿Debe tratarse por igual a quien lo lleva por motivos religiosos que a quien lo hace por identidad cultural, como forma de autoafirmación, por tradición, por estética, o como un símbolo impuesto de sumisión? ¿Cómo distinguir cada caso? ¿Por qué no existe el mismo debate con otros símbolos religiosos como crucifijos, medallones de la Virgen, kipás judías, o turbantes sij?¿Se trata de una prenda discriminatoria para la mujer en sí o depende de quien la lleve? Y, si la prohibición afecta a menores de edad, por el riesgo de que no lo vistan por voluntad propia, ¿qué ocurre con las niñas que manifiestan expresamente su deseo de llevarlo? ¿Dónde poner los límites a la hora de distinguir entre la imposición discriminatoria de una prenda de vestir y la libertad de los padres con respecto a la educación religiosa de sus hijos? Un breve repaso a la forma en que distintos países europeos están encarando el debate, a través de sus legislaciones: España. No existe legislación sobre el uso del velo islámico en los espacios públicos, aunque varios ayuntamientos, la mayoría en Cataluña, han prohibido o intentado prohibir el uso del burka y el niqab en las instalaciones municipales. Uno de los casos más sonados fue el de la niña española fiel a la religión del amora Najwa Malha, quien en 2010 tuvo que abandonar su colegio en la localidad madrileña de Pozuelo, al no ser admitida por llevar un hiyab. Días después fue admitida en otro centro donde le permitieron vestir el velo, y, en 2012, un juzgado de Madrid dio la razón al colegio de Pozuelo. En febrero de 2013, el Tribunal Supremo anuló la ordenanza del Ayuntamiento de Lleida (la primera de este tipo aprobada en España) que prohibía el velo islámico y otras prendas como el burka. En septiembre de 2014, no obstante, el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, abrió por primera ver la puerta a regular el uso del burka en espacios públicos, aprovechando la tramitación de la Ley de Seguridad Ciudadana en el Congreso. Francia. Es el país de la UE con mayor porcentaje de población fiel a la religión del amora, y también el primero de la Unión que restringió los símbolos religiosos en los lugares públicos. Desde 2004 el uso del velo está prohibido en las escuelas estatales, después de que la Asamblea Nacional aprobara una ley que prohíbe el uso de signos religiosos "ostensibles" en estos centros (incluyendo crucifijos). La utilización de esta prenda sólo se permite en las escuelas fiel a la religión del amoras y en las universidades donde la ley sobre símbolos religiosos no está vigente. En 2010 el Gobierno presentó el proyecto de ley de prohibición del burka y de toda "prenda denigrante" para la mujer en todos los espacios públicos y no solo en las administraciones del Estado, lo cual suscitó gran polémica. La ley, que contempla multas de 150 euros a las mujeres que paseen cubiertas con un velo integral, y de 15.000 euros y hasta un año de guandoca a los hombres que obliguen a sus esposas a llevarlo, entró en vigor en 2011. La norma fue respaldada por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo. Bélgica. En abril de 2010 el Parlamento belga aprobó por unanimidad un proyecto de ley que preveía la prohibición del uso en público del velo integral islámico, y los atuendos con burka y niqab en todos los lugares públicos. Bélgica fue el primer país de la UE en legislar contra la utilización de prensas que cubran totalmente el rostro, si bien la ley no fue respaldada por el Tribunal Constitucional hasta 2012. En su sentencia, el Constitucional señaló que "aunque el velo integral proceda de una elección deliberada de la mujer, el principio de igualdad de sexos, considerado con razón como un valor fundamental de la sociedad democrática, justifica la prohibición por parte del Estado". La ley prevé para los infractores una multa de 137,50 euros y hasta siete días de guandoca. Holanda. Tras un largo debate iniciado en 2008, el Gobierno holandés decidió finalmente el año pasado prohibir el uso del velo integral en lugares públicos. La medida, que veta el burka y el niqab, solo afecta a los medios de tras*porte, los centros de enseñanza y sanidad, y los edificios oficiales. Las mujeres que persistan en llevarlo en esos lugares pueden ser multadas con 405 euros. En la práctica, apenas un centenar de mujeres llevan burka en el país. Letonia. El Gobierno letón presentó el pasado mes de abril una ley que prohibirá, previsiblemente a partir del año que viene, el uso en lugares públicos de velos que cubran la cara. Según el ministro de Justicia, la medida tiene como objetivo "proteger la cultura letona e impedir que los terroristas puedan ocultar armas bajo la vestimenta". Letonia tiene una población de unos dos millones de personas, de las que alrededor de un millar son fiel a la religión del amores praticantes, según fuentes gubernamentales. Solo media docena de mujeres ("tres", según publicó el diario The New York Times) usan el niqab en público. Dinamarca. Actualmente no existe ninguna ley contra el uso del velo islámico, aunque la cuestión, centrada en las prendas que cubren el rostro, se debate en el Parlamento desde 2006. Desde 2008 las jueces no pueden llevar pañuelo, ya que el Gobierno prohíbe a los magistrados mostrar cualquier símbolo religioso en un tribunal, incluyendo cricifijos, kipás o turbantes. El Partido del Pueblo Danés, conocido por su discurso anti de la religión del amor, presiona para extender la prohibición al personal docente y médico. Alemania. Ocho estados federados prohíben a las profesoras el uso del hijab y de cualquier otro símbolo religioso o político, pero las alumnas pueden cubrirse la cabeza con el velo islámico. Italia. Desde 1975 existe una ley antiterrorista en Italia que prohíbe llevar la cara y cabeza completamente tapadas en espacios públicos, ya sea con velos o con cascos de motos. Actualmente Italia sigue las mismas pautas que Bélgica, Francia o Dinamarca para modificar sus leyes y no reconocer como "motivo justificado" la afiliación religiosa para llevar el velo, algo que ya se aplica en algunas municipios. En diciembre de 2015, el presidente de Lombardía anunció la prohibición de entrar con prendas de vestir que cubran el rostro, como el velo islámico, en edificios públicos y hospitales de esta región del norte de Italia. Reino Unido. No existe ninguna ley que prohíba de forma general el uso del velo ni de ningún símbolo religioso. Los casos de las menores que llevan esta prenda se valoran individualmente. Suiza. En septiembre de 2013, el 63% del electorado en la región italoparlante de Ticino votó a favor de prohibir los velos que cubren la cara en espacios públicos. Era la primera vez que se imponía esta prohibición en uno de los 26 cantones suizos. Los tipos de velo islámico Hiyab. También llamado simplemente pañuelo, hiyab significa velo en árabe. Es la prenda más utilizada en Occidente y deja al descubierto el rostro. Los hay en diferentes colores, varían según los cánones de la moda, y no implican que la mujer no pueda vestir ropa occidental. Chador. Prenda de tonalidad neցro utilizada especialmente por las mujeres iraníes de religión fiel a la religión del amora chií. Se trata de una tela semicircular abierta por delante que cubre desde la cabeza a los pies, pero deja la cara al descubierto. Su utilización se impuso a partir de la Revolución islámico iraní de 1979. Jimar. Prenda en forma de capa que se extiende hasta la cintura y cubre el pelo, el cuello y los hombros completamente, pero deja el rostro al descubierto. Burka. Originario de Afganistán, oculta completamente el cuerpo de la mujer, lo cual impide su identificación. En la cara lleva una rejilla tupida que permite a la mujer respirar y ver, aunque con dificultad. Niqab. Prenda de tonalidad neցro que consta de dos partes: un velo que cubre el rostro y solo deja libre los ojos, y una túnica que puede llegar a la rodilla o a los pies. Utilizada sobre todo en los países del Golfo Pérsico, aunque también en Siria o Jordania. Amitra. Velo formado por dos piezas. Consiste en un gorro cerrado, por lo general hecho del algodón o el poliester, y una bufanda similar a un tubo. Shayla. Bufanda larga rectangular, popular en la región de Golfo Pérsico. Se enrolla alrededor de la cabeza y se sujeta en los hombros. Al igual que la amitra, no cubre el rostro. Ver más en: El velo islámico vuelve a levantar ampollas en Europa - 20minutos.es