Religión: El TSJC ratifica el 25% de español en tres escuelas catalanas.

Covaleda

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No ganan un pleito estos guarros ni por casualidad.

El TSJC ratifica el 25% de español en tres escuelas catalanas.

Los tres centros ya aplicaban de forma cautelar el porcentaje marcado por el tribunal.

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado el 25% de español en tres centros educativos catalanes y está a la espera de recabar información para decidir sobre la medida en otras dos escuelas. Entre los centros en los que se ratifica el fallo del 25% en un aula estaría el Turó del Drac de Canet de Mar, la escuela donde los independentistas y la consejería de Educación señalaron a la familia que pleiteó para lograr que se incluyera el español en la enseñanza de su hija.

La decisión del TSJC responde a las peticiones de tres familias en unos centros donde ya se aplicaba de forma cautelar la sentencia del 25%. Sin embargo, la sección quinta de la Sala Contencioso Administrativa del TSJC ha rechazado impugnar el proyecto lingüístico del centro tal como pedían las familias recurrentes.

En esta ocasión, el tribunal no se refiere al porcentaje, sino que se limita a señalar que se debe impartir otra asignatura troncal no lingüística en castellano. Así, la resolución del TSJC apunta que los centros en cuestión "deben garantizar como mínimo, además de la materia correspondiente al aprendizaje de esta lengua, otra área, materia o asignatura no lingüística que se considere como troncal".

En la actualidad una treintena de centros en Cataluña aplican la sentencia del 25% si bien no en todas las clases sino en aulas determinadas. Para incumplir la sentencia, el gobierno catalán dictó un decreto que fijaba los usos lingüísticos en la enseñanza y mantenía la discriminación del español. Ese decreto se complementó con una ley de usos lingüísticos aprobada en el parlamento autonómico con los votos de los grupos independentistas y del PSC. Tanto el decreto como la ley, así como la sentencia del 25% están a la espera de lo que dictamine el Tribunal Constitucional. Los partidos separatistas consideran que con la nueva mayoría en el Constitucional no debería haber problemas para validar sus normas y enterrar definitivamente el 25%.

Ahora, el independentismo ha aprovechado la resolución del TSJC para redoblar sus advertencias sobre una supuesta oleada contra el idioma catalán tras los pactos de PP y Vox en la Comunidad Valenciana y en las Islas Baleares. La nueva consejera de Educación, la republicana Anna Simó, ya ha anunciado además que recurrirán la resolución del TSJC ante el Tribunal Supremo y que se iniciarán los trámites para desplegar la ley de usos lingüísticos en la enseñanza.

 
Artículo 1. Cataluña.
Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Artículo 4. Derechos y principios rectores.
1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover el pleno ejercicio de las libertades y los derechos que reconocen el presente Estatuto, la Constitución, la Unión Europea, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y los demás tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales.

2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos sean reales y efectivas; deben facilitar la participación de todas las personas en la vida política, económica, cultural y social, y deben reconocer el derecho de los pueblos a conservar y desarrollar su identidad

Artículo 6. La lengua propia y las lenguas oficiales.
2. El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua


Prevaricando que es gerundio y algunos lo verán como un triunfo.
 
Las naciones vasca y catalana, como todas, se erigen sobre una pila de despropósitos, mentiras y crímenes.

El problema no es el nacionalismo vasco o catalán: el problema es que ambos son cobardes y parásitos, sin huevones para obtener eso por lo que constantemente lloriquean y enfrentarse por sus propios medios a la amplia realidad del ancho mundo.

En esas condiciones, vascos y catalanes han de ser tratados como merece: Código Penal en mano. Que tengamos los gubiernos que tenemos en España es algo que no nos merecemos: los desleales, porque es chollo para ellos; el resto, porque nos están moliendo día sí y día también. Pero no es lo normal, no es normal, no debe ser tolerado, amparado o consentido, y menos aún justificado: porque todas las excusas para la alevosía son, por naturaleza, disolutas y están viciadas de raíz, y sólo contribuyen a exhibir y alentar las carencias jovenlandesales de quienes las utilizan.
 
Artículo 1. Cataluña.
Cataluña, como nacionalidad, ejerce su autogobierno constituida en Comunidad Autónoma de acuerdo con la Constitución y con el presente Estatuto, que es su norma institucional básica.

Artículo 4. Derechos y principios rectores.
1. Los poderes públicos de Cataluña deben promover el pleno ejercicio de las libertades y los derechos que reconocen el presente Estatuto, la Constitución, la Unión Europea, la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y los demás tratados y convenios internacionales suscritos por España que reconocen y garantizan los derechos y las libertades fundamentales.

2. Los poderes públicos de Cataluña deben promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos sean reales y efectivas; deben facilitar la participación de todas las personas en la vida política, económica, cultural y social, y deben reconocer el derecho de los pueblos a conservar y desarrollar su identidad

Artículo 6. La lengua propia y las lenguas oficiales.
2. El catalán es la lengua oficial de Cataluña. También lo es el castellano, que es la lengua oficial del Estado español. Todas las personas tienen derecho a utilizar las dos lenguas oficiales y los ciudadanos de Cataluña el derecho y el deber de conocerlas. Los poderes públicos de Cataluña deben establecer las medidas necesarias para facilitar el ejercicio de estos derechos y el cumplimiento de este deber. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32, no puede haber discriminación por el uso de una u otra lengua


Prevaricando que es gerundio y algunos lo verán como un triunfo.

Es curioso, el Estatuto vasco no establece el deber de conocer el euskera.
 
Es curioso, el Estatuto vasco no establece el deber de conocer el euskera.


Exacto. Por eso yo entiendo que hay motivos para impugnar toda la política de apartheid impulsada por el gobierno vasco. Lo que no hay es voluntad política. O no la habido hasta ahora por parte de PP o PSOE. Recientemente sí que están saliendo sentencias favorables a personas que han decidido denunciar esa discriminación sin base legal, pero los dos principales partidos son cómplices por omisión de la situación actual.
 
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