El TSJ libra de la guandoca a un concejal del PSOE que intentó apiolar por atropello al alcalde del PP de su pueblo

Epic Failer

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Extremadura, ha estimado parcialmente el recurso interpuesto por el exconcejal socialista del Ayuntamiento de Tiétar (Cáceres) Carlos F. R. O., que había sido condenado a seis años, cinco meses y un día de prisión por intentar atropellar mortalmente con su coche al alcalde del PP, Luis Perona Timón, en 2019 cuando iba caminando por una calle del municipio.

El tribunal le absuelve del delito de atentado a la autoridad agravado por la utilización de vehículo a motor y confirma el delito de lesiones. De esta forma la pena queda rebajada a cinco meses de prisión y el pago de una indemnización al alcalde de 6.000 euros. Al ser la pena inferior a dos años y no tener antecedentes penales el procesado no irá a prisión.

El intento de atropello ocurrió el 5 de febrero de 2019, entre las doce y media y la una de la tarde, cuando el alcalde estaba desempeñando sus funciones de regidor. Venía con el electricista de revisar la caja del contador de un ascensor del Centro de Día del municipio, cuando le intentó atropellar el portavoz de la oposición. Éste iba por una calle por el carril derecho, cuando al ver a su oponente dio un volantazo y fue hacia él con el coche, invadiendo el carril izquierdo. No se produjo el atropello, ya que el regidor esquivó el coche y empujó al electricista. El turismo solo rozó al alcalde. No le causó lesión física alguna, aunque como consecuencia de este acto ha tenido padecimientos psíquicos como ansiedad, nerviosismo, temor e insomnio.

En el juicio de la Audiencia de Cáceres Luis Perona señaló que iba con el electricista al Ayuntamiento, cuando escuchó el movimiento de un coche que se acercaba, y al ver que venía hacia ellos le dio tiempo a empujar al electricista a la derecha. Dijo que de entrada no conoció el coche, pero se giró y vio al portavoz socialista. Le dijo: «Qué pasa, estás loco?» y le vio, según dijo: «con una cara de repruebo imposible», siguiendo con el coche. Declaró que si lo hubiera hecho un metro más atrás, en donde la calle es más estrecha, les hubiera atropellado a los dos

El TSJ señala que para calificar de atentado una agresión a una autoridad «es necesario que conste probado que el motivo real del atentado sea con ocasión del ejercicio de las funciones propias del cargo». Lo que sí queda probado, indica la sentencia, es que existía una animadversión mutua, que pudo tener su origen en la confrontación ideológica y política, y había derivado en una enconada enemistad personal.

La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.
 
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Me parece bien.
La alternativa era que lo condenaran y El Fraudillo lo indultara, o hicieran una Ley para que los que atropellen alcaldes de derechas reciban un premio.
El socialcomunismo es el paraíso de los delincuentes.
 
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