El Tribunal Supremo ratifica la condena a 45 años al capataz de una finca agrícola de Cartagena por abusar sexualmente de 6 trabajadoras

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Tribunales
El acusado ya fue condenado en 2022 por la Audiencia Provincial de Murcia
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de derechasda del Tribunal Supremo POLITICA ESPAÑA EUROPA MADRID / Jesús Hellín / Europa Press
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EFE
L. Giménezhttps://twitter.com/LazaroGimenez
Radio Murcia05/03/2024 - 12:01 CET
Murcia
El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por el capataz de una finca de Cartagena contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) que, confirmando otra de la Audiencia Provincial, lo condenó a penas que sumaban 45 años de guandoca por abusos sensuales continuados -hoy, agresión sensual- sobre seis trabajadoras.
Más información
La sentencia de la Audiencia Provincial de Murcia condenó al acusado, en noviembre de 2022, por un delito contra los derechos de los trabajadores y seis delitos continuados del antiguo abuso sensual, con acceso carnal y prevalimiento.
Las penas sumaban 45 años de prisión, 30 de libertad vigilada, multa de 810 euros y la obligación de indemnizar a cada una de las perjudicadas con 30.000 euros por daños jovenlandesales.
El relato de hechos probados señaló que los mismos fueron cometidos en 2019, cuando el acusado se aprovechó de la desventaja que las víctimas tenían con respecto al mismo al llamarlas a trabajar en la finca, al encontrarse las mismas en situación irregular.
A lo largo del juicio, las víctimas relataron cómo este hombre les exigía favores sensuales a cambio de no perder su puesto de trabajo, algo que tanto el condenado como su defensa negaron que ocurriera. El acusado llegó a insinuar que "está casado" y que "su mujer es guapísima. Si la comparas con las chicas, no tiene nada que ver".
Ahora, el Alto Tribunal ha desestimado su recurso, en el que defendió su derecho a la presunción de inocencia y el de tutela judicial efectiva, junto con el de obtener un proceso con todas las garantías.
El TS, al desestimar su recurso de casación, señala que los hechos quedaron debidamente probados en el juicio, además de declarar procedente la cuantía de la indemnización, que el acusado consideró desproporcionada.
 
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Aquí noticia con foto. Iniciales M.Z. Sólo un apellido y que la M es de Mohamed ni cotiza.



El condenado no sé, pero el dueño de la finca que tiene clara culpa in eligendo. Además estaría satisfecho con el capataz porque seguro que era eficaz teniendo acojonadas a las empleadas y haciéndolas trabajar de sol a sol.
A mi hay una cosa que me canta. Segun el mismo dice que si tuvo relaciones sensuales consentidas con una pero que el resto son falsas y que las acusaciones estan montadas por una que echaron.

El testimonio de las presuntas víctimas será a puerta cerrada, ya que, según ha explicado la fiscal, “existe cierto sentimiento de hostilidad entre ambas partes, fruto de un vídeo publicado por familiares del acusado en el que amenazaron con revelar datos personales de las víctimas relacionados con su libertad sensual”. Por lo tanto, la acusación considera que de ser público, el testimonio podría “verse afectado” y, asimismo, buscan “evitar confrontación visual entre ambas partes”.
 
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