El TC tumba por unanimidad el recurso del PSOE sobre el recuento de votos nulos en Madrid

Sauron88

Himbersor
Desde
8 Sep 2023
Mensajes
2.307
Reputación
1.556
Lugar
Mordor
El TC tumba por unanimidad el recurso del PSOE sobre el recuento de votos nulos en Madrid

Dicha ponencia ha sido apoyada por los 6 magistrados, 4 izquierdistas y 2 conservadores, que componen la Sala Segunda del Tribunal Constitucional.

Miguel Ángel Pérez
12/9/2023 - 11:00


La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha tumbado por unanimidad el recurso del PSOE sobre el recuento de los votos nulos de las elecciones generales del pasado 23 de julio en la provincia de Madrid. El recuento tenía como objetivo anular la proclamación del dirigente del PP, Carlos García Adanero, como diputado electo y que Pedro Sánchez sólo necesitase la abstención de Junts, el partido de Carles Puigdemont, para ser investido.


El Tribunal afirma que "quien insta la revisión de los votos nulos viene obligado a fundar su solicitud en la denuncia de irregularidades durante el proceso electoral. Y, si bien no cabe razonablemente exigir en estos casos prueba plena de la irregularidad alegada (…) sí que al menos deben invocarse indicios de éstas". Por tanto, la utilización de los mecanismos de revisión o control de los actos del procedimiento electoral queda condicionada a que el sujeto legitimado que pretende instarlos cumpla con esta mínima carga alegatoria.


La Sala Segunda entiende que deben tomarse en consideración otros elementos de relevancia constitucional que conducen a considerar que la exigencia de aducir irregularidades para solicitar la reclamación de los votos nulos no puede reputarse contraria a la Constitución.


La sentencia sostiene que, además del principio de mayor efectividad de los derechos alegado por los recurrentes, también aplican al caso los principios de conservación de los actos electorales válidamente celebrados y de presunción de validez de los actos de las Juntas electorales. Una interpretación conjunta de ambos principios conduce a que, si se pretende tal reclamación, debe alegarse alguna irregularidad que pudiera haber provocado una discordancia entre el resultado del escrutinio y la voluntad de los electores. Esta irregularidad en el proceso electoral no tiene por qué acreditarse necesariamente por medio de prueba plena, sino que será suficiente aportar indicios sobre su existencia.


A la consideración conjunta de ambos principios, la Sala Segunda afirma que la LOREG no prevé dentro del sistema ordinario de escrutinio un derecho específico a solicitar la revisión los votos nulos y, considerando que un derecho incondicionado podría conducir a una reclamación generalizada de recuento de sufragios, este recuento se convertiría de facto en ordinario pese a no preverse en la Ley Orgánica como parte del sistema electoral en ella diseñado.


Además, las conclusiones precedentes son congruentes con las exigencias que derivan del principio de proporcionalidad, pues la reclamación incondicionada de revisión de los votos nulos provoca una desproporción entre la finalidad perseguida, indagar la verdadera voluntad de los electores, y el medio empleado, reiterar toda la labor escrutadora de los votos nulos. También desde la óptica de la proporcionalidad, la celeridad en el conocimiento de los resultados electorales definitivos constituye un bien jurídico a proteger, de más difícil garantía si se produjeran reclamaciones generalizadas.


El Tribunal concluye en su sentencia que en el presente recurso de amparo la denegación de la solicitud de revisión de la totalidad del voto nulo por parte de la Junta Electoral Provincial de Madrid, confirmada posteriormente por la sentencia del Tribunal Supremo impugnada, no supone una vulneración de los derechos fundamentales reconocidos en el art. 23 CE.

El movimiento determinante de la Fiscalía

La Fiscalía del Tribunal Constitucional hacía rectificar ayer a la magistrada izquierdista, Laura Díez, encargada de la ponencia del recurso, que ha propuesto este martes desestimar el recurso de los socialistas. Finalmente, la ponencia ha sido apoyada por los 6 magistrados, 4 izquierdistas y 2 conservadores, que componen la Sala.


Este lunes el fiscal jefe del TC Pedro Crespo aseguraba que los razonamientos que exponía la sentencia del Supremo se ajustaban a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional y que la decisión del Supremo no vulnera el derecho fundamental de los socialistas.


Crespo insistía en que los pronunciamientos anteriores del Constitucional "no permiten reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados, ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos".

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Última edición:
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Solo los usuarios registrados pueden ver el contenido de este tema, mientras tanto puedes ver el primer y el último mensaje de cada página.

Regístrate gratuitamente aquí para poder ver los mensajes y participar en el foro. No utilizaremos tu email para fines comerciales.

Únete al mayor foro de economía de España

 
Aún les queda a los socialistas el Tribunal de Estrasburgo. Ánimo! meparto: meparto:
 
Volver