Meñakoz
Madmaxista
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se ha pronunciado en contra de la limitación de licencias de vehículos de tras*porte con conductor (VTC) en la ciudad de Barcelona. El alto tribunal con sede en Luxemburgo considera que la ratio de un VTC por 30 taxis «no parece idónea para garantizar el objetivo de buena gestión del tras*porte» y que, por tanto, las restricciones impuestas en la Ciudad Condal son «contrarias al Derecho de la Unión». La sentencia supone un revés para el sector del taxi en la ciudad.
La Justicia europea considera que «la exigencia de una autorización específica adicional y la limitación del número de licencias constituyen, ambas, restricciones al ejercicio de la libertad de establecimiento, ya que la primera limita el acceso al mercado a todo recién llegado; y la segunda, limita el número de prestadores de servicios de VTC establecidos en el área metropolitana de Barcelona». De este modo, establece que si bien los objetivos de una buena gestión del tras*porte y de la protección del medio ambiente pueden constituir «razones imperiosas de interés general», el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi «es un motivo de carácter puramente económico».
El caso se remonta a enero de 2021, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña elevó dos cuestiones prejudiciales a la corte con sede en Luxemburgo. En diciembre, el Abogado General de la UE, Marcej Szpunar, se mostró en contra de la ratio impuesta en Barcelona de una licencia VTC por cada 30 taxis, al considerar que iba en contra de la libertad de establecimiento. Una medida así solo podría estar justificada por «una razón de interés general», destacó
La Justicia europea considera que «la exigencia de una autorización específica adicional y la limitación del número de licencias constituyen, ambas, restricciones al ejercicio de la libertad de establecimiento, ya que la primera limita el acceso al mercado a todo recién llegado; y la segunda, limita el número de prestadores de servicios de VTC establecidos en el área metropolitana de Barcelona». De este modo, establece que si bien los objetivos de una buena gestión del tras*porte y de la protección del medio ambiente pueden constituir «razones imperiosas de interés general», el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi «es un motivo de carácter puramente económico».
El caso se remonta a enero de 2021, cuando el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña elevó dos cuestiones prejudiciales a la corte con sede en Luxemburgo. En diciembre, el Abogado General de la UE, Marcej Szpunar, se mostró en contra de la ratio impuesta en Barcelona de una licencia VTC por cada 30 taxis, al considerar que iba en contra de la libertad de establecimiento. Una medida así solo podría estar justificada por «una razón de interés general», destacó